MODIFICACIONES LEY 80/1993 - LEY 1150/2007
Enviado por geraldinne0104 • 25 de Agosto de 2013 • 967 Palabras (4 Páginas) • 1.167 Visitas
El 16 de julio de 2007 se expidió la ley 1150 por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y transparencia en la Ley 80/1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos.
La ley 80 artículos 2-11 se determino quienes serian entidades estatales y sus representantes legales, se denomino igualmente entidades estatales a la cooperativas y asociaciones conformadas por entidades territoriales, la Ley 1150/2007 derogo el parágrafo segundo del artículo segundo de la ley 80/93 retirando el carácter de entidades estatales a estas cooperativas y asociaciones.
La ley 80 artículo 13, los contratos financiados con fondos de organismos multilaterales de crédito o contratos con personas jurídicas extrajeras de derecho público y organismos de cooperación podrían someterse a los reglamentos de dichas entidades, dicho articulo fue modificado por la ley 1150/2007 los contratos o convenios financiados en su totalidad o en sumas iguales superiores al 50% con fondos de los organismos de cooperación asistencial o ayudas internacionales podían someterse a los reglamentos de tales entidades, en caso contrario se someterán a los procedimientos ley 80/1993.
La ley 80 artículo 22 estableció como obligación que los contratistas para contratos de obra, consultaría, suministro y compraventa deberían estar inscritos en el registro de proponentes, el cual seria administrado por las cámaras de comercio correspondientes pero no para las de menor cuantía, ni contratos suscritos en virtud de urgencia manifiesta, contratos para el desarrollo de actividades científicas o tecnológicas, contratos de prestación de servicios o de concesión, fue modificado por el articulo 6 de la ley 1150/2007 para todas las personas que quisieran celebrar contratos con entidades estatales deberán inscribirse en el registro único de proponentes del registro único empresarial de la cámara de comercio con jurisdicción en su domicilio principal sin distinguir el tipo de contrato, le corresponderá a la camarada de comercio la verificación de dicha información documental presentada por los interesados. Paso de ser el registro de proponentes a registro único empresarial.
El artículo 2 de la ley 1150/2007 derogo el numeral primero del artículo 24 de la ley 80/1993 que establecía: la escogencia del contratista se efectuara siempre a través de licitación publica o concurso publico, salvo en los casos que pueda contratar directamente. La ley 1150/2007 en el numeral 1 del articulo 2 definió licitación publica asi: la escogencia del contratista se efectuara por regla general a través de licitación publica, para garantizar el principio de transparencia se requiere que todos proceso de selección se surta por licitación publica, salvo que la entidad estatal tenga motivos que ameriten acudir a otro proceso de selección distinto a la licitación.
Los principios de contratación deber ser respetados en los otros procesos de selección distintos a la licitación pública parágrafo 2 del artículo 2 ley 1150/2007 deberá observar los principios de transparencia, economía y responsabilidad. Dentro de las reformas de la 80 se encuentra
...