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Mando unico policial. En este presente trabajo de investigación se tiene como objetivo dar a conocer sobre el mando único policial


Enviado por   •  10 de Julio de 2017  •  Trabajo  •  1.706 Palabras (7 Páginas)  •  480 Visitas

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Mando único policial

Introducción

En este presente  trabajo de investigación se tiene como objetivo dar a conocer sobre el mando único policial        .

Hablar extensamente sobre esta reforma, a que se debe que fue propuesta y que fin tiene.

Mencionaremos los pros y los contras de esta reforma, para a si tener un conocimiento  amplio.

Se buscaron varias fuentes de información para no tener una intuición ambigua y  lograr perder la ignorancia sobre esta reforma; como individuos y gobernados, saber abiertamente sobre temas de relevancia que nos pueden afectar y no dejarnos llevar por negligencias del gobierno.

A continuación se dará el desarrollo del tema selecto.

Desarrollo

La desaparición de las policías municipales para que sus labores sean asumidas por corporaciones estatales, establecer la posibilidad de que el gobierno federal asuma el control de un municipio infiltrado por el crimen, así como facultar al Congreso mexicano para expedir leyes generales en materia penal, son algunos de los puntos clave del nuevo plan del presidente Enrique Peña Nieto en materia de seguridad y justicia. 

Con este documento, Peña Nieto plantea reformar siete artículos de la Constitución —21, 73, 104, 105, 115, 116 y 123—, y argumenta que estos cambios permitirán una mejor coordinación entre autoridades para combatir a la delincuencia y evitar crímenes por policía coludidos a la delincuencia.

Punto por punto, a continuación se presentan las claves de esta iniciativa presidencial:

1. Quitar tareas policiales a los municipios 

El primer punto de la propuesta presidencial es quitar a los municipios la responsabilidad de encargarse de la seguridad pública. Para ello, Peña Nieto plantea reformar el artículo 21 constitucional para establecer que esa labor sea exclusiva del gobierno federal y de las 32 entidades federativas. 

De concretarse este cambio, los ayuntamientos únicamente podrían participar en el diseño y la ejecución de políticas públicas de corte "no policial" para la prevención del delito. 

2. Los gobernadores a cargo 

Para complementar el punto anterior, la iniciativa propone que sean los gobiernos de cada entidad los que se encarguen de la seguridad pública en los municipios, en un esquema comúnmente conocido como "mando único policial". Según el documento, esto implicaría que cada ayuntamiento aporte recursos para cubrir el costo de esas tareas. 

"La seguridad de los municipios estará a cargo de los gobernadores de los estados por conducto de su corporación policial estatal. Los municipios deberán realizar las aportaciones a los estados, en los términos que determinen sus leyes, para la realización de esta función", señala la propuesta de reforma al artículo 115 constitucional. 

3. ¿Y el futuro laboral de los agentes municipales?

Las dos transformaciones anteriores significarían la desaparición de las policías municipales. Sin embargo, esto no conllevaría el despido en automático de los agentes al servicio de los ayuntamientos, sino su paso a las corporaciones estatales condicionado a que aprueben exámenes, como los controles de confianza. 

"Los miembros de los cuerpos municipales de policía formarán parte de las corporaciones de seguridad pública estatal, de conformidad con las evaluaciones, controles y certificaciones correspondientes que apliquen los estados", indica la propuesta de artículo octavo transitorio. 

4. El inicio de la transición 

Los artículos transitorios de la iniciativa también incluyen los lineamientos para el proceso de transición en el modelo policial. En ese sentido, se propone que el cambio inicie en cuatro estados —Guerrero, Jalisco, Michoacán y Tamaulipas—, que tendrían un periodo de hasta dos años para completar la modificación.

El texto presidencial argumenta que se trata de las entidades "que tienen la mayor urgencia de atención" por sus problemas de inseguridad, aunque no da más detalles sobre el tema.

5. Los pasos 

La ruta contemplada para la transición en las primeras entidades tiene como primer paso que, en los 60 días que sigan a la eventual promulgación de la reforma y su entrada en vigor, el secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) emita una guía o modelo a seguir para realizar el cambio. 

Posteriormente, con base en ese documento, Guerrero, Jalisco, Michoacán y Tamaulipas tendrían 90 días para elaborar y presentar una propuesta de "plan estratégico" con algunos elementos básicos: evaluación de la situación de la policía de cada municipio, necesidades de despliegue policial y de inversión de recursos en cada localidad, acciones necesarias para pasar del esquema actual al nuevo, responsables de vigilar esas acciones y calendario de inversiones. 

Cada plan podría recibir observaciones del titular del SNSP y, una vez consensuado, sería publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

En estas cuatro entidades en cuestión, una vez que la reforma entrase en vigor, los policías municipales permanecerían en sus cargos pero en automático quedarían al mando de los gobiernos estatales.

Cada plan definiría los términos en los que se evaluaría a los agentes al servicio de los ayuntamientos y, por ende, si podrían quedarse o no en la corporación de una entidad.

6. El resto de las entidades 

Para las demás entidades del país, el titular del SNSP tendría 30 días para emitir su guía o modelo de transición. Después, estos estados tendrían hasta 90 días para elaborar su plan estratégico. 

Como en el caso de Guerrero, Jalisco, Michoacán y Tamaulipas, el SNSP podría hacer observaciones al plan y, una vez consensuado, éste se publicaría en el DOF. 

Las policías municipales de estas 28 entidades no pasarían en automático al mando del gobierno estatal, sino únicamente en casos "de alteración del orden, fuerza mayor o en aquellos en los que el gobernador considere que la situación lo amerita para efectos de garantizar la seguridad de uno o varios municipios, o del estado". 

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