Nuevo Codigo Financiero Y Monetario Ecuador
Enviado por JossBrigett • 14 de Octubre de 2014 • 2.411 Palabras (10 Páginas) • 382 Visitas
Nuevo Código Financiero y Monetario
El primer debate del Código Monetario y Financiero inició este martes en el Pleno de la Asamblea con la exposición de los miembros de la Comisión de lo Económico, en su mayoría oficialistas que defendieron su contenido por ser, dijeron, un instrumento que evitará una nueva crisis financiera como la del 2000 y que le dará al Estado el papel de regulador del sistema financiero.
Una vez concluido el primer debate del Proyecto Orgánico de Código Monetario, la Asociación de Instituciones Financieras nuevamente fue ayer a la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea Nacional.
El gremio solicitó que se amplíe el plazo para capitalizarse. Es la segunda vez que la organización va a la Asamblea. En primera instancia, los ejecutivos del gremio solicitaron por escrito, el 2 de julio pasado, a la Comisión que se amplíe el plazo para la capitalización de estas entidades.
En el capítulo 2 del Proyecto de Código Monetario, desaparece del sistema financiero privado la figura de Sociedades Financieras y que en caso de mantenerse, podrán convertirse a banco en el plazo de un año, que puede ampliarse a dos años con un aumento de capital que alcance $11,5 millones.
Así lo establece el artículo 163 del Código al señalar que el Sistema Financiero Privado estará conformado por las siguientes entidades: Banco múltiple, que es la entidad financiera que tiene autorizadas operaciones en dos o más segmentos de crédito y Banco especializado, que es la entidad financiera que tiene autorizadas operaciones en un segmento de crédito y, que en los demás segmentos sus operaciones no superen los umbrales determinados por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.
En ese sentido, el artículo 388 del Proyecto de Ley del Código Orgánico Monetario y Financiero únicamente establece este un capital mínimo para la constitución de un banco múltiple o especializado, sin mencionar el caso de la conversión de una Sociedad Financiera.
Carlos Coronel, presidente de la Asociación de Instituciones Financieras, solicitó que se considere la inclusión de una disposición transitoria que establezca dos años de plazo para alcanzar $5 millones y tres años adicionales para llegar a $11,5 millones.
Uno de los argumentos es que la dificultad para conseguir el dinero en tan corto tiempo. Más aún cuando cuatro de las 10 sociedades financieras que integran el sistema tienen capitales menores a $4 millones.
Esta observación no fue acogida por la Comisión de Régimen Económico. En ese sentido, ayer el gremio asistió nuevamente al seno de esta mesa legislativa y solicitó que se tome en cuenta su observación. Los dirigentes de la Asociación ven apertura en la Asamblea y esperan que se tome en cuenta su pedido. En una entrevista anterior, Julio Dobronsky, director ejecutivo de la Asociación de Instituciones Financieras y secretario general de la Asociación de Mutualistas, mencionó que
el espíritu del Código fue tratar de que las entidades pequeñas se fusionen, pero este proceso resulta muy complicado no solo en las financieras sino en los bancos y cooperativas.
La aprobación del Proyecto del Código Orgánico Monetario y Financiero, transformará al IECE en una nueva institución
El Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas (IECE), dejará de operar como una institución financiera pública para convertirse en un Instituto Nacional por decreto ejecutivo, posterior a la aprobación del proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero. Esta nueva institución será el brazo operativo de la SENESCYT en cuanto a la administración de los programas de becas, dispuestos desde el Gobierno Nacional; además potencializará las funciones de seguimiento y asesoría académica para toda la población estudiantil del país.
El proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero que fue enviado el 25 de junio del 2014 por el Ejecutivo, con el carácter de urgente en materia económica, a la Asamblea Nacional. Éste, contempla la protección de los derechos de los usuarios de los servicios financieros, de valores y de seguros. Este instrumento normativo facilitará el proceso político de transformación hacia un modelo económico, en el que los seres humanos están sobre el capital.
Los asambleístas de la Comisión de Régimen Económico y Tributario, mantendrán reuniones con varios sectores involucrados para analizar el proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero, ya que por el carácter del proyecto deberá ser aprobado o rechazado hasta el 25 de julio. El documento establece la regulación a las actividades financieras y la reorganización del sistema financiero público; además dentro de las 37 disposiciones reformatorias y derogatorias, deroga la Ley Sustitutiva del IECE y esta institución financiera dejaría de serlo para convertirse en un Instituto Nacional.
La estructuración de este proyecto, surge debido a la necesidad de modificar y adecuar la regulación normativa vigente, para evitar que se perpetúen los errores de manejo económico y financiero del pasado. Además este proyecto busca fomentar el acceso a servicios financieros y la democratización del crédito, a la vez que busca potenciar el rol de las actividades financieras de forma eficiente para fortalecer la inversión productiva nacional.
Su aprobación incluye varios cambios en el manejo de las operaciones financieras a nivel nacional; y, específicamente con relación al Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas, en el Capítulo 2: Derogatorias, se establece que “Sin prejuicio de lo ordenado en las Disposiciones Transitorias, a partir de la fecha de vigencia de este Código, quedan derogadas todas las normas en cuanto se opongan a las disposiciones de este Código. Adicionalmente, se derogan expresamente las siguientes leyes con todas sus reformas y reglamentos…. LEY SUSTITUTIVA A LA LEY DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS”.
De esta manera, y dado que el IECE lleva trabajando en este proceso de transformación por más de un año, para promover la optimización de los recursos institucionales y el re direccionamiento de sus líneas de acción, teniendo como hito más importante el traspaso de la colocación del Crédito Educativo a la Banca en noviembre del 2013, con lo cual el IECE ya no cumple un rol de institución financiera, por lo que dentro de este código se dispone la derogación de la Ley que así lo disponía.
El numeral vigésimo cuarto de las Disposiciones Transitorias establece: “el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas, IECE, creado con la Ley Sustitutiva a la Ley del Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas,
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