Obligación Contributaria o Tributaria
Enviado por Alex Aranda Regbo • 12 de Septiembre de 2021 • Apuntes • 2.173 Palabras (9 Páginas) • 350 Visitas
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Universidad Autónoma de Nuevo León
Facultad de Contaduría Pública y Administración
Materia: Introducción al Derecho Fiscal
Maestra: Calvo Caballero Marcela Adriana
Actividad #: Cuadro Comparativo y Reporte
Alumnos:
Alejo Canisales Óscar Joari 1908055
Aranda Sánchez Itzel Monserrat Alejandra 1814382
De la Garza Tobar Tania 1921217
González Álvarez Raúl Alejandro 1906996
Gutiérrez vaquero Luis Aldair 1920346
Nieto Alba Luis Gerardo 1899601
Rivera Bella Aurora 1939445
Rivera Hinojosa Gabriela 2079218
Urbano García Edgar Israel 2036427
Zúñiga Varela Edgar Fernando 1804612
Valadez Escobedo Cecilia Alejandra 1931992
Carrera: 4 G, C.P., 4to Semestre
Monterrey Nuevo León, 27 de agosto de 2021
Introducción
En este trabajo se incluyó un tema más de estos capítulos con el cual se entendió las contribuciones y sus calificaciones, Al igual también entre las diferencias entre sujeto activo y sujeto pasivo, también Entender las diferencias que pueda haber entre nacimiento, determinación y liquidación de la obligación contributiva, tributaria. Este trabajo es para ayudar acerca del conocimiento para entender el significado de la obligación contributiva tributaria del cual se entendió que viene siendo toda aquella obligación que nace a como consecuencia de pagar los tributos para el sostenimiento de los gastos del estado, como consecuencia de la obligatoriedad del pago de los tributos surgen obligaciones entre los contribuyentes y la administración. En esta actividad hubo muchos conceptos que investigar y también los que hubo que comparar las definiciones, creo que cada integrante tuvo el entendimiento de los conceptos que se trabajó en esta evidencia.
Obligación Contributaria o Tributaria
La obligación contributiva o tributaria, ha sido definida como el vínculo jurídico en virtud del cual el Estado, denominado sujeto activo, exige a un deudor, denominado sujeto pasivo o contribuyente, el cumplimiento de una prestación pecuniaria, excepcionalmente en especie. La obligación civil, por tanto, consiste en la relación jurídica en virtud de la cual un sujeto denominado acreedor puede exigir a otro, denominado deudor, el cumplimiento de una determinada prestación ya sea de dar, de hacer o no hacer.
De la definición anterior de la obligación contributiva se desprenden los siguientes elementos:
- Un sujeto activo, que siempre es el Estado.
- Un sujeto pasivo, que es el contribuyente.
- El objeto de la obligación, que consiste en una prestación pecuniaria, excepcionalmente en especie.
El objetivo de la esta obligación es el contenido a contribuir que este consiste en la presentación económica a cargo del contribuyente que este es esencial a un deber de dar sumar de dinero al estado para que pueda hacer frente a sus funciones propias de derecho público.
La causa de la obligación contributiva o tributaria proviene esencialmente de la ley, cuando determina qué hechos o situaciones de producirse en la realidad, generan la obligación de pagar contribuciones, lo cual constituye el ejercicio de lo que se ha denominado en capítulos anteriores poder fiscal. Este es el motivo por el cual se establecen las contribuciones, o sea para proporcionarle al Estado los recursos económicos necesarios para sufragar los gastos públicos, y derivade la ley, cuando se realiza la situación prevista por la misma como generadora de la obligación fiscal, en función de la capacidad contributiva de los obligados.
Existen algunas diferencias entre la obligación contributiva o tributaria y la obligación civil que algunas de ellas son:
- La obligación contributiva O tributaria, tiene como finalidad recaudar los recursos económicos necesarios para sufragar el gasto público del Estado, pero por otro lado la obligación civil satisface una necesidad de carácter particular de las partes.
- La obligación contributiva o tributaria, nace de la realización de hechos o actos jurídicos imputables únicamente al sujeto pasivo o contribuyente. La obligación civil surge de la realización de hechos o actos imputables a las dos partes, tanto al sujeto activo como al sujeto pasivo.
- En la obligación contributiva o tributaria, la calidad de deudor o sujeto pasivo, puede adquirirla un tercero ajeno al que dio origen a la obligación, En la obligación civil, únicamente lo es la parte contratante u obligada.
- En la obligación contributiva o tributaria, el acreedor o sujeto activo, siempre lo es el Estado (Federación, Distrito Federal, estados O municipios) o sus organismos descentralizados, debidamente autorizados por la ley. En la obligación civil, Jo puede ser el Estado o el particular.
- La obligación contributiva o tributaria, está esencialmente regulada por normas de orden público, excepcionalmente por normas de derecho privado. La obligación civil se regula, fundamentalmente, por normas de derecho privado
Algunos autores señalan que ha obligaciones contributivas o tributarias principales por ejemplo la de dar pago y también llamada sustantiva en s u monto y obligaciones secundarias formales que consisten en la de hacer o no hacer y tolerar.
Nuestra legislación fiscal no hace distinción algún respecto las clases de obligaciones fiscales, pero, de las mismas desprende aunque de manera implícita, dos clases de obligaciones a saber que son las obligaciones contributivas o tributaria y las obligaciones fiscales que esta última se refieren a las demás que no comprenden las de dar, las de hacer o no hacer o tolerar, las cuales no son determinables en cantidad liquida también llamadas secundarias y las obligaciones contributivas se determinan en cuanto a su monto y que debe pagarse dentro de los plazos establecidos por la ley fiscal respectiva llamada también principal.
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