PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL JUICIO DE AMPARO
Enviado por ailamatesus • 2 de Diciembre de 2012 • 4.536 Palabras (19 Páginas) • 2.248 Visitas
INTRODUCCIÓN
Empezare a definir que el juicio de amparo es un procedimiento judicial propiamente dicho, y entraña una verdadera contención entre la persona agraviada que lo promueve y la autoridad que dicho promovente considera que ha afectado o trata de afectar sus derechos garantizados en la Constitución, para esto hay que resaltar que solo es contra autoridades y por lo tanto no se puede llevar a cabo en contra de particulares.
Por otro lado mencionare que todo juicio o proceso, tiene como antecedentes principios o postulados básicos los cuales servirán para darle el correcto seguimiento y desarrollo. Hablando en el estricto caso del juicio de amparo, que por cierto es considerado como un recurso jurídico procesal de control de constitucionalidad, que presenta el aspecto de una acción, cuyo titular es el agraviado y se funda en un conjunto de principio esenciales como ya antes he mencionado, los cuales constituyen no solo su característica distintiva de los sistemas de preservación constitucional, sino sus excelsitudes y ventajas respecto de estos.
Esos principios o postulados básicos de cualquier juicio y en particular sobre el de amparo, se encuentran contenidos en la constitución en el artículo 107 , los cuales fueron introducidos en nuestro régimen jurídico en la constitución del 17 , lo que implica una enorme ventaja , toda vez que quedan por ese hecho fuera de la actividad legislativa de poder ordinario respectivo , para mayor seguridad de nuestra institución controladora , porque de lo contrario correría el riesgo de ser constantemente alterada , como pasaba en la constitución del 57 , que omitió incluir los postulados esenciales del juicio de amparo ya que solo se concreto a enunciar dos de sus principios.
Los principios fundamentales son los siguientes:
1. Principio de la iniciativa o instancia de la parte
2.-Principio de la existencia del agravio personal y directo
3.-Principio de la prosecución judicial del amparo
4.-Principio de la relatividad de las sentencias
5.-Principio de la definitividad del juicio
6.-Principio de estricto derecho y la facultad de suplir la queja deficiente
7.-Principio de procedencia del amparo contra sentencia definitiva o laudos
8.-Principio de procedencia del amparo indirecto
OBJETIVO
Como objetivo de este trabajo es desarrollar cada uno de los principios,( los cuales ya vimos que son la base fundamental de cualquier proceso ),para así poderlos entender mejor , de manera que sea más sencillo aplicarlos , por lo que también en cada uno de ellos daré un ejemplo para ver como seria su aplicación en un caso real.
DESARROLLO
1. PRINCIPIO DE LA INICIATIVA O INSTANCIA DE LA PARTE
Este principio que está en el artículo 107° de la constitución y que está relacionado con el artículo 4° de la Ley de amparo el cual por cierto no es solo uno de los más importantes sobre los que descansa nuestra institución de control.
El cual habla acerca de que no se tramitará de oficio por ninguna autoridad judicial, sólo por petición del propio afectado por considerar que una autoridad, mediante un acto o ley, le violó sus garantías individuales y solicite por tanto el amparo y protección de justicia federal.
Lo anterior obedece a que el juicio de amparo es un medio de control de la constitucionalidad jurisdiccional que se ejercita por vía acción, con apoyo en lo dispuesto en el numeral constitucional indicado y de conformidad con lo previsto en los Arts. 8 y 17 de la propia Constitución, de tal manera que si nadie acude a solicitar el amparo y protección de la justicia federal, no podrá iniciarse ningún juicio de amparo.
Por otro lado si no existiera este principio de la iniciativa de parte para suscitar el control constitucional ejercido por órganos jurisdiccionales federales, si fuera legalmente permitido a los diversos poderes o autoridades del Estado, en su carácter de tales, entablar un juicio de amparo, evidentemente este seria visto con recelo, al considerarlo como una arma de que una entidad política pudiera utilizarlo para atacar a otra.
Siendo el afectado o agraviado el único a quien incumbe el ejercicio de la acción.
Este principio aparece por primera vez en la vida Constitucional de México, en la constitución del 57 cuyo artículo 102 lo consagraba en términos generales a los de nuestra constitución vigente. Y ha sido corroborado por diversas leyes orgánicas.
Ejemplo: No puede ser promovido por si solo , osea no puede darse por sentado como en el caso cuando no se sigue el proceso con las formalidades que marca la ley , es necesario que la parte afectada vaya a solicitar un amparo , debido a que esa garantía le fue violada.
2.-PRINCIPIO DE LA EXISTENCIA DEL AGRAVIO PERSONAL Y DIRECTO
Lo que se entiende por parte agraviada es desde luego aquel gobernado que recibe a quien se infiere un agravio, que es por su parte todo menoscabo u ofensa a la persona, sea ésta física o moral. Es personal porqué debe concretarse específicamente en alguien, no ser abstracto. Y es directo porque debe haberse producido, estarse ejecutando o ser de realización inminente desde el punto de vista del tiempo en que el acto reclamado se realiza y debe afectar directamente afectar directamente a su titular y no a otra persona.
Y este principio también se desprende del artículo 107 constitucional.
Ejemplo: En el caso de que Juan Pérez haya sido el afectado en sus garantías al momento de habérsele dictado auto de formal prisión, sin antes haber sido siquiera sometido a una averiguación previa, el podrá pedir un amparo por medio de este principio ya que esta la existencia del agravio y es directo y personal porque le ocurrió a él, por lo que Eduardo López no podrá pedir este recurso a favor de Juan Pérez.
3.-PRINCIPIO DE LA PROSECUCIÓN JUDICIAL DEL AMPARO
Este es otro principio que encontramos en el artículo 107 de la constitucional, así mismo contenido también en el artículo 102 de la Constitución del 57, que consiste en aquel que se tramita por medio de procedimientos y formas de orden jurídico . Desde luego esta expresión implica que el juicio de amparo se revela, en cuanto a su substanciación, en un verdadero proceso judicial, en el cual se observan las formas jurídicas procesales.
Al establecer el artículo 107 que el juicio de amparo se seguirá conforme a un procedimiento que se ajuste a las formas del Derecho Procesal, implícitamente supone que se suscita una verdadera controversia ente el promotor del amparo y la autoridad responsable, como partes principales del juicio , en donde cada una defiende sus pretensiones.
El juicio se tramitará con arreglo, exclusivamente, a las disposiciones procesales
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