¿Qué se entiende por conflicto de trabajo?
Enviado por LUIS FRANCISCO VENEGAS VILLANUEVA • 18 de Octubre de 2021 • Tarea • 1.681 Palabras (7 Páginas) • 83 Visitas
[pic 1]Indicaciones al alumno: a partir de la lectura de Tópicos laborales de Dávalos y Derecho colectivo y procesal del trabajo de Bouzas, realice las siguientes actividades:
- Explique la importancia de la negociación colectiva y su relación con el tema de la huelga.
Es muy importante y tiene una relación de causa efecto, así como de efecto causa, ya que la negociación puede sucederé en dos momentos, en el señalado como momento de renegociación amistosa prevista de forma normalmente anual, en la cual se pueden modificar únicamente condiciones mejores para los obreros por parte de los sindicatos, pero esta puede ocurrir una vez emplazada la empresa mediante el pliego petitorio debidamente entregado previamente a la junta de conciliación y arbitraje para su posterior puesta en huelga, momento en el que la empresa perdiera poder de negociación dado que los empleados habrán cesado su labor, por lo que la negociación es el manto que reviste la huelga, pues puede generarse en dos momentos, de forma que esta se puede dar como antesala fallida que podría generar una huelga o de forma posterior, durante la huelga para así atender las peticiones de los empleados representadas por medio de los sindicatos. |
- ¿Qué se entiende por conflicto de trabajo? Explique dos de las definiciones que han dado los diferentes autores leídos respecto al conflicto de trabajo.
¿Qué se entiende por conflicto de trabajo? | Definiciones de autores |
son las diferencias que pueden suscitarse entre trabajadores y patrones, sólo entre aquéllos o sólo entre éstos, como consecuencia o con motivo del nacimiento, modificación o cumplimiento de las relaciones individuales o colectivas de trabajo | Para Mario Alonso Olea: “Conflicto de trabajo es toda discusión o controversia manifestada externamente entre empresarios y trabajadores en cuanto a las condiciones de trabajo en su más amplio sentido” |
Mario de la Cueva dice que: “para que pueda hablarse de un conflicto de trabajo, existen dos características indispensables: a) por lo menos una de las personas que intervengan en el conflicto debe ser sujeto de una relación de trabajo, y b) la materia sobre la que verse el conflicto de trabajo debe estar regida por las normas de derecho del trabajo” |
- Explique cómo se integra una comisión negociadora, qué preparación debe seguir y qué facultades debe tener para llevar a cabo una negociación con el sindicato.
1. Ser representativa: formada por la gente que la base elija por ser de su confianza, garantizando que sea de los distintos centros de trabajo o áreas de la empresa. La magnitud de la ·empresa y su representatividad ayuda a que los distintos intereses estén presentes y la vinculación con la base no se pierda, además del carácter formativo que incluye. 2. Estar capacitada: la comisión debe estar, durante la negociación, en un continuo ejercicio que le permita ampliar su capacidad de análisis y su agilidad para conseguir los objetivos que se propone. De ahí la importancia de capacitarse por medio de pláticas, dinámicas, etcétera 3. Conocimiento y dominio de los objetivos de la negociación: leer en forma personal los objetivos de la negociación. Luego preguntar si hay dudas o dialogar con los demás compañeros para ir interiorizándolos. 4. Conocimiento del contrato vigente y del pliego petitorio: tener cuidado de conocer bien su contrato vigente. pues a veces se formulan peticiones inferiores a las que contiene el contrato. La misma necesidad se expresa para el pliego petitorio, de manera que su dominio confiera la agilidad que se requiere en la negociación. 5. Acreditamiento y facultades de la comisión: es importante tener claras las facultades de la comisión negociadora. El patrón debe tratar con una comisión que decida para llegar a acuerdos. Igualmente, para el sindicato es significativo tratar con una representación patronal capacitada para obligarse. De ahí que la asamblea deba conceder ciertas facultades y márgenes de negociación a la comisión. de acuerdo con los objetivos y prioridades. |
Indicaciones al alumno: a partir de la lectura Derecho del trabajo de De Buen y El nuevo derecho mexicano del trabajo de De la Cueva, realice lo siguiente:
- Elabore un cuadro comparativo en donde indique qué señala cada autor respecto al concepto de huelga. Indique qué elementos tienen en común y al finalizar indique cuál definición le parece la más correcta, fundamentando su opinión al respecto.
Bauzas | Davalos | De Buen | De la Cueva |
Debemos definir qué es huelga en un país y en qué condiciones se han expresado un sinnúmero de acciones con esta denominación, sin pretensión de despojarles de la calificación. Por razones de rigor conceptual creemos tener la obligación de limitar los alcances del concepto; así, primero debemos delimitar que huelga laboral es la suspensión del trabajo como medida de presión decidida colectivamente y con la intención de establecer, mejorar o de que se cumplan las condiciones de trabajo. | La huelga tiene por objeto: obtener que se fijen las condiciones generales de trabajo, o bien, exigir su revisión o cumplimiento, así como exigir la revisión de los salarios anualmente. | De Buen refiere una interesante disertación sobre derecho a la huelga como un derecho natural y derecho de huelga como un derecho normado, reconocido y regulado por el Estado, y sobre la huelga de trabajadores como acción en el capitalismo derivada de la existencia de lucha de clases y respecto a los antecedentes de la huelga en México, la cual se encontró prohibida para 1871, según Alberto Trueba Urbina en el código penal de 1871 y sin ese alcance para Mario de la Cueva, quien apreciaba los alcances represivos del indicado código sólo en la hipótesis de que los trabajadores realizaran, además de la huelga "tumulto o motín". |
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