REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN HIGIENE Y SEGURIDAD
Enviado por Matilde Ro • 18 de Agosto de 2021 • Resumen • 49.042 Palabras (197 Páginas) • 84 Visitas
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ABRATEC S.A. RUT: 96.532.510-7 REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN HIGIENE Y SEGURIDAD. ACTUALIZADO AGOSTO 2021 |
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ANEXO CONTRATO DE TRABAJO.
Declaro que el REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD DE ABRATEC S.A., forma parte integral de mi Contrato de Trabajo y en consecuencia declaro que conozco y asumo responsablemente todo el contenido de éste.
NOMBRE DEL TRABAJADOR: _______________________________________
RUT: __________________________
FIRMA: _______________________ HUELLA DIGITAL: _________________
FECHA: _______________________
1.- El contenido del presente REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD, forma parte integral del Contrato de Trabajo suscrito con ABRATEC S.A. y, en consecuencia, el trabajador, asume que conoce todo su contenido.
2.- Las disposiciones, procedimientos y normas contempladas en el REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD DE ABRATEC S.A. empiezan a regir a partir del mes de agosto del año 2021, más las nuevas actualizaciones realizadas a partir de agosto del 2021.
3.- Todo trabajador que es contratado por ABRATEC S.A., recibe junto con la firma del Contrato de Trabajo, un ejemplar del REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD, bajo firma que certifica su entrega y conocimiento, según lo dispone el Código del trabajo y la Ley 16.744 y sus Decretos.
ABRATEC S.A.
TOMÉ CONOCIMIENTO:
NOMBRE DEL TRABAJADOR: _______________________________________
RUT: _________________________
FIRMA: _______________________ HUELLA DIGITAL: ________________
FECHA: ______________________
REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD.
PREÁMBULO
El REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD, de ABRATEC S.A., se ha confeccionado en conformidad con lo dispuesto en el Código del Trabajo, en la Ley Nº 16.744 que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y el Decreto Supremo Nº 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.
El inciso primero del artículo 153° del Código del Trabajo, establece que: “Las empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas que ocupen normalmente diez o más trabajadores permanentes, contados todos los que presten servicios en las distintas fábricas o secciones, aunque estén situadas en localidades diferentes, estarán obligadas a confeccionar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad que contenga las obligaciones y prohibiciones a que deben sujetarse los trabajadores, en relación con sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la respectiva empresa o establecimiento”.
Así mismo en el artículo 506° del Código del Trabajo, establece que: Las infracciones a este Código y sus leyes complementarias, que no tengan señalada una sanción especial, serán sancionadas de conformidad a lo dispuesto en los incisos siguientes, según la gravedad de la infracción. Tratándose de medianas empresas, la sanción ascenderá de 2 a 40 unidades tributarias mensuales.
La Ley Nº 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en su artículo 67º, establece que: "Las empresas o entidades estarán obligadas a mantener al día los Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad en el Trabajo y los trabajadores a cumplir con las exigencias que dichos reglamentos les impongan”.
El presente Reglamento Interno tiene por finalidad regular las condiciones, requisitos, derechos, beneficios, obligaciones, prohibiciones y, en general, las formas y condiciones de trabajo, higiene y seguridad de todas las personas que laboran como trabajadores dependientes de ABRATEC S.A., en las faenas, obras o actividades que en cualquier punto del territorio estén a cargo o sean desarrolladas por ésta.
En caso de situaciones de riesgo sanitario o de cualquier otra medida que pudiera afectar el normal funcionamiento de la empresa, esta podrá adoptar las medidas necesarias para el adecuado cuidado de los trabajadores y trabajadoras, conforme a lo que la autoridad competente instruya para ese efecto, y en armonía con cualquier otra norma de higiene y salubridad, que para esa situación particular se dicte.
Este Reglamento Interno se considera como parte integrante de cada contrato de trabajo y será obligatorio para el trabajador o trabajadora el fiel cumplimiento de las disposiciones contenidas en su texto, desde la fecha de contratación.
El cumplimiento de este Reglamento hará posible a ABRATEC S.A., proporcionar y mantener:
- Relaciones armónicas con cada trabajador o trabajadora y de éste con sus compañeros de labores.
- Un lugar seguro para trabajar, en el cual los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales se reduzcan al mínimo.
- Bienestar para cada uno de sus miembros.
- Calidad de vida y compromiso de los trabajadores y trabajadoras.
- Una cultura de prevención de riesgos.
- Las disposiciones contenidas en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
LIBRO I: NORMAS DE ORDEN
TÍTULO I: DEL INGRESO
Artículo 1°: Las personas a quienes ABRATEC S.A., acepte en calidad de trabajadores deberán cumplir, antes de ingresar, con las siguientes exigencias y presentar los antecedentes y documentos que se indican:[pic 2]
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