Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
Enviado por monedas111 • 22 de Junio de 2015 • Tesina • 1.157 Palabras (5 Páginas) • 362 Visitas
LISTA DE AUTOVERTIFICACION DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES Y DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO EN LE SECTOR COMERCIO
Razón Social:
Representante Legal:
RUT
Domicilio Empresa:
Fono:
Tasa de siniestralidad del último periodo: Nº total de accidentes del ultimo año:
Caídas/golpes Muertes otros
Organismo Administrador de la Ley Nº 16´744
INP: CCHC: ACHS: IST:
Domicilio Faena:
Fono
Trabajadores hombre
Trabajadoras mujeres Menores
NOTA: “La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñen, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella”. Art. 3º del D.S. 594 de 1999 del Ministerio de Salud
NORMAS BASICAS DE CUMPLIMIENTO Norma legal SI NO NC
SANEAMIENTO BASICO
I. Servicios Higiénicos
1.1 Cuenta con servicios higiénicos, de uso individual o colectivo. Art. 21 del D.S. 594 de 1999 del MINSAL
1.2 Si los baños se encuentran en salas de baño del público, los que utilizan los trabajadores (as) son de uso exclusivo
1.3 Cuenta con servicios higiénicos independientes y separados por sexo. Art. 22 del D.S. N° 594 de 1999, MINSAL
1.4 Mantiene los servicios higiénicos en buen estado de limpieza y/o funcionamiento. Art. 22 del D.S. N° 594 de 1999, MINSAL
1.5 Los excusados se ubican en compartimentos con puertas y separados por medio de divisiones permanentes. Art. 21 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
II. Salas de vestir
2.1 Tiene habilitado un recinto destinado a vestuario (sala de vestir), (si los trabajadores necesitan cambio de vestuario) Art. 27 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
2.2 La faena o empresa cuenta con el número suficiente de casilleros guardarropas. Art. 27 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
2.3 Mantiene el orden y aseo de la sala de vestir. Art. 27 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
III. Comedores
3.1 Dispone de comedor, para los trabajadores que se vean precisados a consumir alimentos en el lugar de trabajo. Art. 28 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
3.2 El comedor cuenta con las condiciones mínimas exigibles: mesas y sillas con cubierta de material lavable, lavaplatos, cocinilla y separado de fuentes de contaminación (basuras, polvos, etc.). Art. 28 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
3.3 Si no se dispone de comedor, se tiene una solución alternativa. Explicitar:
SEGURIDAD
IV. Escaleras
4.1 Mantiene buenas condiciones de orden, aseo e iluminación en escaleras y estas cuentan con barandas. Art. 184 del Código del Trabajo
V. señalización
5.1 Cuenta con señalización visible y permanente, indicando las vías de escape y zonas de seguridad ante emergencias. Art.. 37 D.S. N° 594/1999 MINSAL
VI. Instalaciones eléctricas
6.1 Mantiene protegidos los circuitos y equipos eléctricos mediante protector diferencial. Art.. 39 D.S. N° 594 de 1999 MINSAL y art. 19.1.2.1 Código Eléctrico (D.S. N° 91)
6.2 Mantiene en buen estado los conductores eléctricos, enchufes, interruptores, equipos de iluminación, ventilación, calefacción. Art.. 39 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
VII. Extintores
7.1 Mantiene extintores de incendio adecuados al riesgo a cubrir. Art.. 45 y 50 del D.S. N° 594 de 1999, MINSAL
7.2 Realiza mantención preventiva de extintores por lo menos una vez al año (revisión técnica). Art. 51 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
7.3 Ubica extintores en sitios de fácil acceso y claramente identificables. Art. 47 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
7.4 Instruye y entrena a los trabajadores sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia. Art. 48 del D.S. N° 594 de 1999 MINSAL
VIII. VIAS DE ESCAPE
8.1 Se cuenta con vías de escape Art 7º del D.S Nº 594 de 1999 MINSAL
8.2 Las vías de escape están expeditas,
...