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Rama Legislativa


Enviado por   •  31 de Mayo de 2015  •  2.343 Palabras (10 Páginas)  •  288 Visitas

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C.P.C. TITULO V DE LA ORGANIZACION DEL ESTADO CAPITULO 1 DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO Artículo 113. Son Ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Además de los órganos que las integran existen otros, autónomos e independientes, para el cumplimiento de las demás funciones del Estado. Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.

SENADO:

– 100 Senadores y dos (2) más por circunscripción nacional Especial por comunidades indígenas.

CAMARA DE REPRESENTANTES:

– Dos (2) representantes por circunscripción territorial.

– Uno (1) más por 250.000 habitantes o fracción mayor de

125.000

– Cinco (5) más de circunscripción especial (2 por comunidades negras, 1 por comunidades indígenas, 1 para minorías políticas y 1 para colombianos en el exterior)

RAMA LEGISLATIVA

Le corresponde reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer el control político sobre el Gobierno y la administración, Y adicionalmente desarrolla las siguientes funciones:

 Función Constituyente:

Consiste en la expedición de Actos Legislativos reformatorios de la Constitución, conforme a los requisitos establecidos en la misma. (Artículo 6 de la Ley 5 de 1992).

 Función legislativa:

Sirve para elaborar, interpretar, reformar y derogar las leyes y los códigos de nuestra Constitución.

 Función de control político: Entre las funciones del Congreso contempladas tanto en la Constitución Política como en la Ley 5ª de 1992 son la de control político y control público.

Se entiende por control Político a la función constitucional de vigilancia que tiene el Congreso para las acciones y/u omisiones de funcionarios del Estado en particular del Poder ejecutivo y de requerir información acerca de sus funciones y desarrollo de las mismas. Además se tiene la herramienta de moción de Censura mediante al cual se puede, por votación mayoritaria del congreso (ambas Cámaras) retirar a un Ministro de sus funciones por su responsabilidad política. Cada cámara pude Citar y requerir a los Ministros para que concurran a las sesiones, bajo las condiciones constitucionales y legales. Si los Ministros no concurren, sin excusa aceptada por la respectiva Cámara, ésta podrá proponer moción de censura. (Concordancia Artículo 114 de la Constitución Política.).

 Función judicial:

Consiste en juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por su responsabilidad política.

Así por ejemplo, son investigados por la Cámara de Representantes y juzgados por el Senado de la República, los siguientes funcionarios: Presidente de la República, Fiscal General de la Nación y los Magistrados de la Corthe Constitucional, la Corte Suprema de Justicia , el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura.

(Artículo 174 y 178 de la Constitución Política de Colombia y artículo 6 de la Ley 5 de 1992)

 Función electoral:

Aunque les pueda sonar extraño, el Congreso también tiene una función electoral, ya que le corresponde elegir al Contralor General la República, de Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional visión y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, al Defensor del Pueblo, así como al Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta de este.

Consiste en la elección de autoridades públicas por parte del Congreso en pleno o por una de las dos corporaciones que lo conforman. (Artículo 6 de la Ley 5 de 1992).

Así:

Por las dos Corporaciones: (Congreso en Pleno):

-El Contralor General de la República

-Los Magistrados de la Sala Jurisdiccional del Consejo Superior de la Judicatura

-El Vicepresidente de la República en caso de falta absoluta.

(Artículo 141 de la Constitución política):

Por el Senado de la República:

-Magistrados de la Corte Constitucional y

-El Procurador General de la Nación

(Artículo 173, numerales 6 y 7 de la Constitución Política)

Por la Cámara de Representantes:

-El Defensor del Pueblo, (Artículo 178, numeral 1 de la Constitución Política)

 Función administrativa:

Esta función la ejerce el Congreso al interior cuando establece la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.

Función de control público. Esta función le da la oportunidad al Congreso de llamar a cualquier persona a rendir declaraciones sobre asuntos o hechos investigados por las comisiones.

 Función de protocolo:

Esta función se da cuando se reciben jefes de estado o de gobierno de otras naciones.

REQUISITOS PARA SER CONGRESISTAS

- SENADOR:

• Ser colombiano de nacimiento.

• Ciudadano en ejercicio.

• Ser mayor de 30 años.

- REPRESENTANTE:

• Ciudadano en ejercicio..

• Tener más de 25 años a la fecha de la elección

Para la diapositiva – resumido ya…

CONGRESO – FUNCIONES LEGISLATIVAS

- Interpretar, reformar y derogar las leyes.

- Expedir códigos.

- Aprobar el plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas.

- Definir la división general del territorio.

Artículo 173. Son atribuciones del Senado:

1. Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el Presidente de la República o el Vicepresidente.

2. Aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el Gobierno, desde oficiales generales y oficiales de insignia de la fuerza pública, hasta el más alto grado.

3. Conceder licencia al Presidente de la República para separarse temporalmente del cargo, no siendo caso de enfermedad, y decidir sobre las excusas del Vicepresidente para ejercer la Presidencia de la República.

4. Permitir el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República.

5. Autorizar al Gobierno para declarar la guerra a otra nación.

6. Elegir a los magistrados de la Corte Constitucional.

7. Elegir al Procurador General de la Nación.

Artículo 174. Corresponde al Senado conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces; contra los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado

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