ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Regimen mujer embarazda


Enviado por   •  6 de Agosto de 2018  •  Tarea  •  514 Palabras (3 Páginas)  •  125 Visitas

Página 1 de 3

Régimen de protección de la trabajadora embarazada

LEY GENERAL DE PROTECCIÓN A LA MADRE ADOLESCENTE (Nº 7735)

Artículo 9.

Clínicas de la caja costarricense del seguro social y centros de salud deberán,

Realizar programas de atención integral para las mujeres adolescentes.

Brindar asistencia gratuita, prenatal y posnatal a las madres adolescentes.

Impartir cursos informáticos de educación sexual, para evitar embarazos no planeados.

Artículo 12.

Instituciones estatales estarán obligadas a proporcionar ayuda necesaria

CCSS

Dara atención médica gratuita a madres que lo soliciten y a los hijos de ellas, aunque no se encuentre afiliada, la institución deberá expedir un carnet provisional de seguridad.

INA

Financiará-ejecutará programas de capacitación técnico-laboral.

Ministerio de Educación

Brindará todas las facilidades requeridas con el propósito que la madre complete su ciclo educativo, se le permitirá estudios nocturno o programas de bachillerato por madurez, sin importar la edad.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Creará una bolsa de empleo especial para madres adolescentes mayores a 15 años.

IMAS

Brindará un incentivo económico a las madres adolescentes en condición de pobreza.

Instituto Nacional de las Mujeres

Brindará asesoramiento y promoverá acciones de capacitación de fortalecimiento personal y social para las adolescentes.

Ley ¨Fomento a la Lactancia Materna¨ (Nº7430)

Objetivo es fomentar la nutrición segura y suficiente para los lactantes, mediante la educación de la familia y protección de la lactancia materna.

La ley consta de 33 artículos regulan:

  • Comisión Nacional de Lactancia Materna
  • Etiquetas de los alimentos infantiles
  • Publicidad, donaciones, etc.

Se regulan los deberes:

  • Ministerio de Salud
  • Ministerio de Educación
  • CCSS, donde se especifica que se debe apoyar, proteger y fomentar la lactancia materna.

Normativa de Relaciones Laborales de la CCSS

Artículo 44.

Descanso pre y pos natal licencia por embarazado y maternidad.

  1. Gozaran una licencia remunerada durante un mes anterior y los tres meses posteriores al parto.
  2. En caso de partos múltiples el descanso se incrementará en un mes adicional por cada hijo(a).
  3. Procesos de adopciones legales de menores de edad, se definirá con base en la recomendación psicológica especifica por el Patronato Nacional de la Infancia, por un periodo de 3 meses, se puede extender y conceder a la trabajadora una licencia de conformidad. Establecido artículo 47 de licencia extraordinarias.

Artículo 45.

Licencia por lactancia

Es irrenunciable

Debidamente comprobada época de lactancia, cuenta con el derecho de una licencia todos los días con goce de salario, para amamantar a su hijo, independientemente a su jornada laboral.

Eta licencia se otorga en el momento que termina la licencia de maternidad.

  1. Licencia de 1 hora (sector público) y de la caja hora y media, lo disfrutará según lo determine:
  1. Al inicio o al final de la jornada.
  2. 45 min antes al inicio y 45 min al finalizar.
  3. La licencia se aplicará de igual forma, independientemente del número de hijos nacidos.
  1. La jefatura garantizará el derecho, aunque ocupe un puesto diferente de lo habitual.
  2. Durante los primeros 6 mese posterior al reingreso de la licencia pos natal, se disfrutará sin presentar constancia médica. A partir del vencimiento de este período deberá presentar constancia de la caja de que su hijo está en lactancia por periodos de 2 meses.

De no cumplirse estas leyes la trabajadora puede denunciar al:

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb) pdf (69 Kb) docx (13 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com