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Relación Y Proceso Social


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2013  •  3.905 Palabras (16 Páginas)  •  457 Visitas

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----------------------------------------------------- DEL CAPITAL SOCIAL----------------------------------------------------------

----- ARTICULO SEXTO.- El capital social es variable. El capital mínimo fijo es la cantidad de / PESOS MONEDA NACIONAL. El capital variable es ilimitado.------------------------------------------------------------------------------------------------------------

----- Las partes sociales en que se divide el capital social podrán ser de valor desigual pero en todo caso serán de UN PESO MONEDA NACIONAL, o de un múltiplo de esa cantidad.-----------------------------------------------------------------------------------

----- ARTÍCULO SÉPTIMO.- Todas las partes sociales confieren a sus tenedores, los mismos derechos corporativos, patrimoniales o pecuniarios, incluyendo la participación en las utilidades y el derecho preferente para suscribir los aumentos de capital dentro de la misma serie en la proporción que les corresponda, y les imponen las mismas obligaciones, excepto lo dispuesto en los presentes estatutos.

----- Las partes sociales son indivisibles, sin embargo, cualquier socio tendrá derecho de solicitar su división, y su cesión parcial dentro de la misma serie, en los términos previstos en estos estatutos sociales.-----------------------------------------------------------

----- Ningún socio podrá ser dueño de más de una parte social. La parte social de cada socio estará integrada por las aportaciones del socio correspondientes a la parte fija del capital social y, en su caso, a las aportaciones correspondientes a la parte variable del capital social.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

----- ARTÍCULO OCTAVO.- Para la cesión total o parcial de partes sociales, así como para la admisión de nuevos socios, será necesario el consentimiento de los socios que representen la mayoría del capital social.-------------------------------------------

----- La Sociedad no tendrá más de cincuenta socios, la Asamblea de Socios podrá autorizar la división de las partes sociales, así como la transmisión parcial de las mismas de conformidad con lo previsto en el párrafo anterior. Cuando en virtud de la transmisión, enajenación o cesión de las partes sociales aprobada de conformidad con lo dispuesto en estos estatutos, sea necesario dividir dichas partes sociales, esto se podrá efectuar siempre y cuando con motivo de la división no resulten más de cincuenta socios. ------

----- ARTÍCULO NOVENO.- La sociedad llevará un libro especial de los socios, en el cual se inscribirá el nombre y el domicilio de cada uno, con indicación de sus aportaciones, y la transmisión de las partes sociales. Esta no surtirá efectos respecto de terceros sino después de la inscripción.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

----- Todo aumento o disminución del capital social deberá inscribirse en un libro de registro de variaciones de capital que al efecto llevará la Sociedad.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

----- Los asientos que se hagan, tanto en el libro especial de los socios como en el libro de registro de variaciones de capital, deberán ser autorizados por el órgano de administración de la Sociedad. El órgano de administración no podrá negarse a autorizar un asiento solicitado por un socio, salvo que dicha solicitud contravenga los estatutos sociales.----------------------------------

----- ARTÍCULO DÉCIMO.- Los aumentos del capital social, ya sea que correspondan al capital mínimo fijo o al capital variable, sólo podrán ser decretados por acuerdo de la Asamblea de Socios en los términos del Artículo Décimo Cuarto de estos estatutos.

----- No se autorizará ningún aumento, a menos que el incremento de capital inmediato anterior haya sido totalmente suscrito y pagado.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

----- Los socios tendrán, en proporción a sus partes sociales, preferencia para suscribir las nuevamente emitidas. Una vez aprobado un aumento, se publicará un aviso a fin de que los socios suscriban el aumento aprobado, en un plazo de quince días naturales, salvo que la asamblea de socios que apruebe el aumento apruebe un plazo mayor. No será necesaria la publicación si en la asamblea de socios que apruebe el aumento la totalidad de los socios hubieren ejercido su derecho de preferencia o renunciado al mismo. En caso de que uno o varios socios no hubieren ejercido su derecho de preferencia, la parte social no suscrita se cancelará o podrá ser ofrecida a terceros, conforme lo determine la asamblea de socios al momento de aprobar el aumento o en fecha posterior.--------

----- Al tomar la resolución correspondiente, la Asamblea de Socios que autorice el aumento determinará los términos y las condiciones para llevarlo a cabo, sujetándose en todo caso a los estatutos sociales.---------------------------------------------------

----- Las resoluciones relativas al aumento del capital social se protocolizarán ante notario público.-------------

----- La Asamblea de Socios que apruebe un aumento de la parte variable del capital social podrá autorizar a uno o varios gerentes o a un delegado especial para que ofrezcan las partes sociales para su suscripción y pago.-----------------------------------

----- ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Las reducciones del capital social deberán ser aprobadas por la Asamblea de Socios en los términos del Artículo Décimo Cuarto de estos Estatutos. Toda reducción se hará por múltiplos de UN PESO MONEDA NACIONAL. Las disminuciones del capital social y la amortización de partes sociales podrán efectuarse para absorber pérdidas, hacer reembolsos a los socios o liberarlos de exhibiciones no realizadas. Las partes sociales podrán ser amortizadas con utilidades de la sociedad.

----- Las disminuciones del capital para absorber pérdidas se aplicarán en forma proporcional sobre todas las partes sociales, representativas tanto del capital mínimo fijo como de la parte variable. Los socios podrán retirar parcial o totalmente sus aportaciones en la porción variable del capital, debiendo notificar a la sociedad de manera fehaciente. Dicho retiro no surtirá efectos sino hasta el fin del ejercicio anual en curso, si la notificación se hace antes del último trimestre

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