SUJETOS DE LA RELACIÓN
Enviado por vanessajosa • 17 de Octubre de 2012 • Examen • 1.710 Palabras (7 Páginas) • 396 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad santa María
Escuela de Derecho
Núcleo Amazonas
Profesor: Alumnos:
Abg. Kira Al-As Josalith V. Aquino
Puerto Ayacucho, Abril 2012
SUJETOS DE LA RELACIÓN PROCESAL PENAL:
Son sujetos procesales todas las personas naturales y jurídicas, así como todos los órganos estatales que intervienen en el proceso penal, cualquiera sea su rol o grado de participación.
Clasificación de los sujetos procesales;
1. Fundamentales; son los que conforman la relación jurídico- procesal, sin los cuales no podría existir el proceso. Estos son el órgano jurisdiccional y las partes.
2. Connaturales; estos no forman parte de la relación jurídico-procesal, pero su intervención son vitales para el proceso, tales como secretarios, alguaciles, escribientes, policías, testigos y peritos.
3. Eventuales; como su nombre lo indica, pueden tener una participación eventual en el proceso, de manera tal que pueden estar o no presentes en un enjuiciamiento concreto. Tal es el caso del demandante civil, del tercero civilmente responsable, del tercero excluido y del público en general.
CONCEPTO DE PARTE EN EL PROCESO PENAL:
Denominación genérica que la técnica penal emplea para designar a las personas que intervienen en el litigio penal, esta cualidad se adquiere con solo proponer la demanda ante el órgano jurisdiccional.
¿QUIENES SON LAS PARTES EN EL PROCESO PENAL?
Desde el punto de vista de nuestra ley procesal penal, son partes:
• El representante del ministerio publico;
• Victima: acusador privado o querellado. La parte civil cuando ejerza tal acción dentro del proceso penal.
• El imputado-defensor.
EL MINISTERIO PÚBLICO
Es una Institución de rango constitucional, que a través de los fiscales vela por el cumplimiento de la constitución y las leyes penales, impide las detenciones arbitrarias; es el que inicia y tramita los procedimientos penales en los casos en que alguna persona aparezca indiciada en hechos punibles para la aplicación de la correspondiente sanción. Corresponde al poder penal. Vela por el debido proceso, que no le violen sus derechos al imputado contemplados en el art 49 C.R.B.V.
Bases Legales.
1.- CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. (ART 284 AL 286)
2.- CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, en los arts. 108-109
3.-LA LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
EL IMPUTADO:
En el art 124 del código orgánico procesal penal establece la definición de imputado (a).
Es aquel contra quien se dirige la acción penal, es decir, es la persona a quien las autoridades encargadas de la persecución consideran autora o participe de un hecho punible y que por tanto tiene la necesidad de defenderse de las imputaciones que le vinculan a ese delito. La palabra “Imputado “viene del verbo imputar, que significa atribuir o asociar el hecho con una persona o con otro hecho. En el art. siguiente el 125 del C.O.P.P señala los derechos del Imputado que están en concordancia con el art 49 de la C.R.B.V.
EL SERVICIO DE DEFENSA PÚBLICA:
La defensa pública es una institución que tiene como propósito fundamental, garantizar la tutela efectiva del derecho constitucional a la defensa, en las distintas áreas de su competencia. Asimismo, esta dedicada a prestar, a nivel nacional, un servicio de defensa publica, en forma gratuita a los ciudadanos y ciudadanas que lo requieran, sin distinción de clase socio-económica.
Dentro del marco constitucional, la defensa publica esta contemplada en el artículo 253 de la constitución de la república bolivariana de Venezuela. “la potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y ciudadanas y se imparte en nombre de la república por autoridad de la ley. Corresponde a los órganos del poder judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los procedimientos que determine la ley, y ejecutar y hacer ejecutar sus sentencias.
El sistema de justicia esta constituido por el tribunal supremo de justicia los demás tribunales que determine la ley, el ministerio publico, la defensa publica, los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos y ciudadanas que participen en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados o las abogadas autorizadas para el ejercicio”.
El articulo 49 numeral 1 establece
...