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Secreto Medico


Enviado por   •  8 de Abril de 2014  •  2.668 Palabras (11 Páginas)  •  346 Visitas

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CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO MEDICO

Dr. Juan Pablo Beca I.

Abril 2011

El tema del secreto médico ha estado presente en la práctica de la medicina desde la

antigüedad. De hecho ya el juramento hipocrático lo describe con claridad y también

recogen el tema los primeros códigos de ética médica. Así lo hacen también, con las

debidas adecuaciones históricas, todos los códigos de ética tanto de la medicina como

de las más recientes profesiones de la salud. Sin embargo en las últimas décadas el

secreto como deber del médico se ha perfeccionado con la conciencia del derecho de

las personas a ser respetada en su intimidad en lo que concierne a su salud.

Sin embargo, la práctica social y también la realidad del ejercicio de las profesiones de

la salud muestran que la intimidad de los enfermos se ve vulnerada a diario. La razón

está en que la sociedad trivializa el respeto a la privacidad de las personas y los

profesionales, como parte de esta misma sociedad tienen comprensión y conocimientos

insuficientes al respecto. El propósito de este apunte es clarificar conceptos y contribuir

a que los estudiantes de las profesiones de la salud incorporen desde ya la debida

actitud de respeto a la intimidad y a la autonomía de las personas. Sólo así podrán ser

profesionales en quienes los pacientes depositen la debida confianza que es una

cualidad indispensable para una buena relación clínica.

Aclaración de conceptos

Intimidad viene de intimus que es lo interior que cada uno tiene o posee y se aplicó

originalmente más al área de lo religioso o moral. Actualmente, de manera más amplia

se refiere al entorno inmediato del individuo, a lo que ha sido reservado libremente por

la persona frente a la posible intromisión de otros. Si bien el concepto de privacidad

incluye el derecho a proteger la vida personal ante cualquier intromisión, ambos

términos se pueden entender en la práctica como sinónimos. El ámbito de lo privado o

íntimo supone por lo tanto que el individuo sea reconocido como persona y que tenga

sus atributos, específicamente conciencia de si mismo y capacidad para ejercer su

libertad. La intimidad es así parte constitutiva de la persona humana y adquiere

importancia también para el desarrollo psicológico y maduración personal como

condiciones necesarias de toda relación interpersonal. De esta manera la intimidad o

privacidad constituye una necesidad primordial y un derecho fundamental del

individuo.

De tal relevancia es el derecho a lo íntimo como una condición de la persona, que al

igual que otros derechos fundamentales ha sido históricamente reconocido de manera

explícita en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) que dice

textualmente: nadie será objeto de intromisiones arbitrarias en su vida privada, su

domicilio o correspondencia ni de daños a su honor o reputación. Toda persona tiene

derecho a la protección de la ley contra tales intromisiones o daños. Se reconoce así a

toda persona, por el sólo hecho de serlo, el derecho al honor y a la honra. Esta es la

base de muchas leyes de protección de lo privado existentes en la mayoría de los

países, las cuales van más allá de la protección de la propiedad privada. En medicina

deberíamos entender la privacidad como el derecho del individuo sobre su intimidad

física y psíquica.

La intimidad admite diferentes niveles que resulta importante distinguir. Intimidad

observacional que se refiere al derecho de no ser indebidamente observados en su vida

privada, intimidad informacional que es el derecho a que la información que contiene

datos privados o sensibles no sea difundida, y un nivel de intimidad decisional que es

el disfrute de la autonomía en las decisiones de la vida privada. De esta manera

observar la vida privada de otro, difundir información sensible o decidir por otro

constituyen intromisiones a la intimidad o violaciones al derecho personal a la

privacidad, toda vez que estos actos no hubieren sido libremente autorizados por la

persona. Ejemplos de lo anterior son cotidianos en la vida social o familiar, pero

lamentablemente también en el ejercicio de las profesiones de la salud.

Del derecho a la intimidad surge la confidencialidad como valor y como atributo de la

información que contenga datos personales. También se entiende por confidencial todo

lo que se hace o se dice en confianza, que es lo que se fía del otro. La confianza es así

una cualidad esencial en la amistad, en base a la cual contamos a un amigo hechos

que no contaríamos a otro ni menos aún en público. De esta manera cada individuo a

lo largo de su vida va definiendo qué quiere compartir y con quién. Sin embargo al

enfermar tendrá que desnudar no sólo su cuerpo sino también su vida y confiar en el

médico que lo puede ayudar y posiblemente curar. Este atributo de confianza es por lo

tanto la base de la relación entre médico y enfermo de manera que llega a ser una

condición sine qua non. Por algo aún es común que los enfermos o sus familiares digan

al médico “estoy en sus manos”, asumiendo que el profesional trata con lo más íntimo

que es su cuerpo, su psiquis y su biografía. No es por lo tanto posible una buena

relación médico paciente sin una confianza mutua, hecho que actualmente va más allá

de la relación de confianza entre un profesional y un paciente, sino entre éste y toda la

red de relaciones personales necesarias para su atención, lo que hoy conocemos como

relación clínica.

De esta manera la confidencialidad o respeto estricto a lo privado del paciente debe

entenderse como un deber del profesional. Es el concepto de secreto médico de

acuerdo con el cual toda la información personal de un enfermo le pertenece a éste, le

es confiada al profesional a quien acude buscando su ayuda, y es por lo tanto

cuidadosamente guardada en forma reservada u oculta a los demás.

Documentos históricos

El desarrollo histórico de la privacidad y confidencialidad se relacionan con el

reconocimiento de los derechos a la libertad de conciencia en el siglo XVIII y

posteriormente del derecho al honor y a la confidencialidad. Si bien lo íntimo de las

personas incluye todo lo personal, hay ciertos hechos e informaciones que tienen

carácter más sensible

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