TRABAJO SOBRE EL TRIBUTO
Enviado por yubsot • 13 de Octubre de 2018 • Documentos de Investigación • 4.178 Palabras (17 Páginas) • 271 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1]
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DE LOS LLANOS
TRAYECTO I – TRIMESTRE III – SECCION 1
PNF - ADMINISTRACIÓN
VALLE DE LA PASCUA ESTADO GUARICO
[pic 2]
PROFESOR:
LUIS MACHADO
ALUMNOS:
ALVAREZ KARELYS | C.I. Nº V |
DELGADILLO MARIA | C.I. Nº V- 18.352.099 |
CHAVEZ JESUS | C.I. Nº V- 24.792.780 |
Octubre, 2017.
INDICE GENERAL
P p.
Introducción………………………………………....………….……………… | 3 |
El Tributo……………………………………....………….…………….……… | 4 |
Clasificación……………………………………....………….………………… | 5 |
Diferencias Entre Tasas e Impuestos………....………….………………… | 8 |
Evolución Histórica del Tributo……………………………………....…….… | 9 |
Fundamentos Legales del Tributo en Venezuela………………………..… | 12 |
Por qué los Tributos son de carácter Coactivo……………………………. | 14 |
Por qué los Tributos son de carácter contribuyente……………………… | 14 |
Importancia que representa los tributos para la economía de un país…. | 15 |
Conclusiones………………………………………….………………….….... | 17 |
Referencias Bibliográficas y Electrónicas………….…………………….... | 18 |
INTRODUCCIÓN
Los Tributos en Venezuela, forman parte de la economía del país, ya que los mismos son prestaciones de dinero que el Estado exige en virtud de una ley, con el propósito de cubrir los gastos públicos o los gastos que realiza el Gobierno a través de inversiones públicas, por lo que aumento en el mismo producirá un incremento en el nivel de renta nacional y en caso de una reducción tendrá un efecto contrario. Permitiendo la participación de los impuestos, tasas y contribuciones especiales, que no son más que la esencia de la clasificación de los tributos, así como los caracteres, la unidad tributaria, la presión y la evasión fiscal.
La Administración Tributaria Nacional, actualmente está a cargo del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), el cual ha sido objeto en los últimos años de varias reformas en cuanto a los procedimientos y normas, dichas reformas son realizadas con la finalidad de: optimizar la administración de los tributos , mediante un estrecho control sobre los sujetos pasivos que administra, facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Ahora bien, el tributo que mayor incidencia tiene es el Impuesto Sobre la Renta, debido a que grava en función del enriquecimiento o de la renta neta percibida por las personas naturales y jurídicas. Tanto la Administración Tributaria como los contribuyentes deben regirse por un amplio ordenamiento jurídico que responde al principio de reserva legal establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Código Orgánico Tributario y las demás leyes tributarias que componen el basamento legal. El objetivo de este trabajo es conocer y enriquecer los conocimientos, acerca de los Tributos en Venezuela.
TRIBUTOS
Definición:
El término Tributo es de carácter genérico y ello significa: "Todo pago o erogación que deben cumplir los sujetos pasivos de la relación tributaria, en virtud de una ley formalmente sancionada pero originada de un acto imperante, obligatorio y unilateral, creada por el estado en uso de su potestad y soberanía"; sin embargo, existen varias definiciones de los tributos, presentados por diversos autores.
En tal sentido, Villegas (1999), los define como “las prestaciones en dinero, que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de una ley y para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de sus fines” (p. 67).
Por otra parte, el glosario de tributos internos del SENIAT, define los tributos como una “Prestación pecuniaria que el Estado u otro ente público exige en ejercicio de su poder de imperio a los contribuyentes con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público” (p. 31). Se puede acotar que la finalidad de los tributos es obtener ingresos que permitan al Estado sufragar los gastos públicos y cumplir con los fines que le competen.
Características de los Tributos:
Las características de los tributos se pueden enunciar de la siguiente manera:
- Prestaciones en dinero: La prestación debe ser económicamente valuable para que se constituya un tributo, siempre que concurran los otros elementos que los caractericen que la legislación de cada país no disponga de lo contrario.
- Exigidas en ejercicio del poder del imperio: La coacción constituye el elemento principal de los tributos, este elemento se manifiesta fundamentalmente en la prescindencia de la voluntad del obligado en cuanto a la creación del tributo que le sea exigible. La bilateralidad de los negocios jurídicos es sustituida por la unilateralidad en cuanto a su obligación.
- En virtud de una Ley: Esta característica se manifiesta ya que no hay tributo sin que exista una ley previa que lo establezca. Como todas las leyes que establecen obligaciones, la norma tributaria es una regla hipotética cuyo mandato se concreta cuando ocurre la circunstancia fáctica condicionante prevista en ella como presupuesto de la obligación. Tal condición fáctica e hipotética se denomina "hecho imponible", es decir, toda persona debe pagar al Estado la prestación tributaria graduada según los elementos cuantitativos que la ley tributaria disponga y exige.
- Para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de sus fines: El objetivo del tributo es fiscal, es decir, que su cobro tiene su razón de ser en la necesidad de obtener ingresos para cubrir los gastos que le demanda la satisfacción de las necesidades públicas. Además el tributo puede perseguir también fines extra fiscales, o sea, ajenos a la obtención de ingresos. (Villegas 1999, p.67).
CLASIFICACIÓN DE LOS TRIBUTOS
De conformidad con los artículos 133 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo12 del Código Orgánico Tributario: Los tributos en Venezuela, se clasifican en tasas, contribuciones especiales e impuestos.
- Impuestos: Son la principal fuente de ingreso del Estado, y se les define como una Prestación Pecuniaria, exigida por el Estado a quienes se hayan en las situaciones consideradas por la ley como hechos imponibles. Son los recursos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo, como consecuencia de la posesión de un patrimonio, la circulación de los bienes o la adquisición o gasto de la renta. Se clasifican en: Directos e Indirectos, entendiéndose por el primero, aquellos donde el tributo recae directamente sobre el patrimonio o la renta, gravando en consecuencia manifestaciones inmediatas de riqueza, ejemplo de ello en el país es el Impuesto Sobre la Renta. Indirectos: son aquellos que gravan manifestaciones mediatas de riqueza, es decir, gravan el gasto y el consumo, ejemplo de ello, el Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- Características Esenciales
- Una obligación de dar dinero o cosa (prestación).
- Emanada del poder de imperio estatal, lo que se supone su obligatoriedad y la compulsión para hacerse efectivo su cumplimiento.
- Establecida por la ley.
- Aplicable a personas individuales o colectivas.
- Que se encuentren en distintas situaciones predecibles como puede ser determinada capacidad económica, realización de ciertos actos, etc.
- Tasas: Son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público, en la prestación de servicios o en la realización de actividades en régimen de Derecho Público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al sujeto pasivo. El Estado lo establece en virtud de su facultad discrecional, pero presentando o brindando una contraprestación a quien lo paga, la tasa es un tributo divisible, particularizado y singularizado, cuyo financiamiento tiene por esencia la cobertura del costo del servicio, y su afectación o destino una vez cobrado o recaudado, es el mismo servicio de que se trate, ejemplo de ellos, peajes, los servicios de correo, telégrafo, agua, aseo urbano, entre otros.
- Características Esenciales
- El carácter tributario de la tasa, lo cual significa, según la caracterización general "una prestación que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio".
- Es necesario que únicamente puede ser creada por la ley.
- La noción de tasa conceptúa que su hecho generador "se integra con una actividad que el Estado cumple" y que está vinculada con el obligado al pago.
- Se afirma que dentro de los elementos caracterizantes de la tasa se halla la circunstancia de que "el producto de la recaudación sea exclusivamente destinado al servicio respectivo".
- El servicio de las tasa tiene que ser "divisibles".
- Corresponde el examinar la actividad estatal vinculante en donde "debe ser inherente a la soberanía estatal".
- Contribuciones especiales: Son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Es la prestación obligatoria debida, en razón de beneficios individuales o de grupos sociales derivados de la realización de obras o gastos públicos, ejemplo de ellos; Seguro Social, Ley de Política Habitacional, Paro Forzoso, entre otros.
- Características Esenciales
Según esta definición las contribuciones especiales adquieren mayor amplitud limitándose a la llamada contribución de mejoras por considerar que gravámenes generales incluidos en esta categoría constituyen verdaderos impuestos, incorporando también las prestaciones debidas por la posesión de cosas o el ejercicio de las actividades que exigen una erogación o mayores gastos estatales.
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