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TRIBUTARIO- CASO PRACTICO


Enviado por   •  23 de Octubre de 2022  •  Ensayo  •  1.404 Palabras (6 Páginas)  •  364 Visitas

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                                                            MARISELA PAOLA CHAUCA PUCUTAY

                                                            mchaucap05@gmail.com

CASO 1

Lucio Malaga Foyer, alias “Elmalfoy” es una persona natural que actúa como intermediario en cuanto negocio le permita generar ganancias.

Ahora está actuando como agente de compras de una empresa domiciliada en el extranjero. Su labor consiste en buscar clientes en el Perú que estén interesados en comprar los bienes de las empresas extranjeras.

Cuando encuentra un interesado, lo contacta directamente con la empresa del extranjero.

Así, por cada venta que se concreta con la empresa extranjera, Elmalfoy cobra una comisión del 1.5% del valor facturado al cliente peruano, emitiendo su comprobante de pago a nombre de la empresa extranjera.

¿La actividad que realiza Elmalfoy está gravada con IGV?

  1. Explicación del caso y los problemas que encuentran y que serán explicados.

El caso nos habla de una persona natural Lucio Malaga Foyer, se dedica a contactar a clientes en el Perú para que compren bienes a empresas extranjeras, contactándolo directamente, cada vez que se concreta una venta, este cobra una comisión del 1.5% emitiendo comprobante de pago.

Luego de analizar el caso nos planteamos las siguientes interrogantes:

  1. ¿Qué tipo de persona natural debe ser Lucio Malaga Foyer?
  2. ¿A qué Régimen de Renta debe pertenecer Luis Malga Foyer?
  3. ¿Qué tipo de comprobante debe emitir Lucio Malga Foyer?
  4. ¿Esta actividad que realiza Lucio Malaga Foyer está gravada con IGV?

  1. Base legal, es decir las normas que se usarán para resolver el caso.

Se usarán las siguientes normas legales para el análisis del caso:

  • LEY DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES DECRETO LEGISLATIVO N° 943

  • DECRETO LEGISLATIVO Nº 1524

  • TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA DECRETO SUPREMO Nº 054-99-EF
  • TEXTO DEL NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO DECRETO LEGISLATIVO N° 937
  • DECRETO LEGISLATIVO Nº 1269
  • REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 007-99/SUNAT
  • TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO DECRETO SUPREMO Nº 055-99-EF
  • LEY N° 28057
  1. Análisis del caso, sustentando su posición con argumentos de hecho y derecho.

Haciendo un análisis del caso y argumentando con la base legal puedo indicar:

  1. Lucio Malaga Foyer tiene que ser una persona inscrita en el RUC bajo la LEY DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES DECRETO LEGISLATIVO N° 943.

  1. Por su naturaleza y la actividad que realiza necesariamente tiene que ser necesariamente como mínimo una “PERSONA NATURAL CON NEGOCIO”.

  1. Por su giro de negocio o actividad realizada, “comisionista” tiene que pertenecer al Régimen Mype Tributario o al Régimen General de Renta, ya que según nuestra base legal estaría excluido del Régimen Único Simplificado (RUS) y del Régimen Especial de Renta (RER).
  1. De igual modo por la actividad que realiza según el REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 007-99/SUNAT, debe emitir una “FACTURA” en este caso a la empresa extranjera por el cobro de estas comisiones.
  1. Por último, respondiendo a la interrogante principal:

¿La actividad que realiza Elmalfoy está gravada con IGV?

Según la LEY N° 28057 que incorpora el inciso “q” en el TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO DECRETO SUPREMO Nº 055-99-EF, que cita textualmente:

Artículo 2.- CONCEPTOS NO GRAVADOS

No están gravados con el impuesto:

"q) Los servicios de comisión mercantil prestados a personas no domiciliadas en relación con la venta en el país de productos provenientes del exterior, siempre que el comisionista actúe como intermediario entre un sujeto domiciliado en el país y otro no domiciliado y la comisión sea pagada desde el exterior.”(*) (*) Inciso incorporado por el Artículo 1 de la Ley N° 28057, publicada el 08-08-2003

Por lo que esta actividad que realiza Elmalfoy “NO ESTA GRAVADO CON EL IGV”

  1. Conclusiones y/o recomendaciones.

  • Elmalfoy tiene que registrarse en el RUC
  • Elmalfoy debe estar en el Régimen Mype Tributario
  • Elmalfoy está obligado a emitir comprobantes de pago, en este caso FACTURAS
  • La actividad que realiza Elmalfoy “NO ESTA GRAVADA CON EL IGV”
  • Se recomienda a Elmalfoy constituirse como una Persona Jurídica, para tener una mayor reputación con sus clientes extranjeros, para acceder a créditos de inversión, etc.
  • Por último, recomendamos a Elmalfoy asesorarse con profesionales para que su negocio no tenga ningún problema legal.

CASO 2

En una fiscalización, el auditor fiscal señala que existen omisiones al IGV, al no haberse gravado la prestación de servicios de un no domiciliado. La empresa FALCON Ltda, suministra repuestos y piezas a la empresa peruana CHOLOCOPTER SAC que se dedica al transporte de carga por vía aérea con unidades propias, para mineras.

El contrato firmado entre FALCON Y CHOLOCOPTER establece que el suministro de piezas se efectuará dentro de los plazos para el mantenimiento preventivo de los helicópteros de la empresa y que se detallan en el Anexo1.

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