Teoria Del Delito
Enviado por angiebec19 • 28 de Octubre de 2014 • 888 Palabras (4 Páginas) • 171 Visitas
TEORIA DEL DELITO
CAUSALISMO
ELEMENTOS OBJETIVOS
ACCIÓN: Primeramente se señala que es un delito (homicidio doloso) por Omisión, es decir por dejar de hacer, ya que la señora María Estela ya había recibido otras denuncias a hechos causados por su descuido y negligencia para con los cuidados de los perros.
• TIPICIDAD: el delito por el cual se le acusa es Homicidio Doloso, ya que ella no tubo la intención de realizar la acción.
• ANTIJURIDICIDAD: La privación de la vida, es contrario a la ley ya que es un derecho humano fundamental.
• IMPUTABILIDAD: La señora María Estela es la persona imputable ya que ella tiene la capacidad biológica o psicológica de entender la causa y el efecto .
ELEMENTOS SUBJETIVOS
• CULPABILIDAD: la culpabilidad va a ver la intención del sujeto , en este caso fue con Culpa y no con Dolo.
• Penalidad: CODIGO PENAL DEL ESTADO DE MEXICO
TITULO TERCERO - DELITOS CONTRA LAS PERSONAS
SUBTITULO PRIMERO - DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL
CAPITULO III - CULPA Y ERROR
Artículo 60.- Los delitos culposos serán castigados con prisión de seis meses a diez años, de treinta a noventa días multa y suspensión hasta por cinco años, o privación definitiva de derechos para ejercer profesión u oficio, cuando el delito se haya cometido por infracción de las reglas aconsejadas por la ciencia, arte o disposiciones legales que norman su ejercicio.
• A esta teoría solo le concierne estudiar el delito como una Causa –Efecto , no importando los motivos por los que ,en este caso, se llevo acabo la omisión , la señora María Estela, omitió una acción , tubo un resultado que afectó y por tanto es culpable.
FUNCIONALISTA (NEOCAUSALISTA)
ELEMENTOS OBJETIVOS
• OMISION: Dejo de hacer o más bien no llevo acabo las medidas necesarias para la seguridad de las personas que pasaban por su casa, sabiendo las anteriores afectaciones e incidentes que se habían suscitado. RESULTADO
• NEXO DE ATRIBUIBILIDAD: la señora María Estela se encuentra en calidad de garante , ya que ella como dueña de los perros estaba obligada a realizar o desplegar la conducta .
• TIPICIDAD: es la adecuación de la conducta al tipo , en este caso el delito por el cual se le acusa es Homicidio Doloso por omisión.
• ANTIJURIDICIDAD: La privación de la vida, es contrario a la ley ya que es un derecho humano fundamental.
• IMPUTABILIDAD: Es atribuible el delito a la señora Maria Estela .
ELEMENTOS SUBJETIVOS
• CULPABILIDAD:
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