Teoría de la ley
Enviado por cataurzuap • 6 de Octubre de 2022 • Apuntes • 1.814 Palabras (8 Páginas) • 57 Visitas
Teoría de la ley
03/ Agosto
Evaluaciones
Control 1 | 14 de Septiembre |
Control 2 | 26 de Octubre |
Certamen oral (Resolución de casos) | 14 de Octubre |
Trabajos en clases |
Examen (Resolución de casos) | 11 de Noviembre |
Contenidos
Inicio del aprendizaje del derecho civil, entendiéndolo como base del O.J, principios generales, teoría de la ley y sujetos de derecho.
Unidades
- Introducción al derecho civil
- Conceptos y sistemáticas
- Tendencias actuales
- El C.C chileno
- Principios del Derecho
- Principios generales del Derecho
- Principios del Derecho privado
- Teoría general de la ley y de los sujetos de derecho
- Clasificación de las leyes
- Efectos de las leyes en el tiempo
- vigencia de la ley
- Efectos en el tiempo
- Efectos en el territorio
- Aplicación de la ley
- Sujetos de derecho
- La relación jurídica
- Personas naturales
- Personas jurídicas
Bibliografía
Obligatoria
- Código civil
- Ley sobre retroactivo de las leyes
Referencial
- Curso de derecho civil
- Derecho civil. Parte general
- Curso de Derecho civil, Tomo I
ARTICULO 1 - 24 OBLIGATORIO
06/ Agosto
Introducción al Derecho civil
¿Qué es el derecho?
Un orden normativo institucional, se refiere a que constituye un sistema de regulación que pretende incidir en la realidad social para establecer ciertos lineamientos que respecta a la persona que proviene de la etimología de la palabra derecho (de lo recto), hay instituciones que le confieren poder normativo al derecho, es normativo i obliga o pretende incidir en la realidad es pq está establecido, por ejemplo la constitución que establece la forma de creación de la ley o el CC establece cuando o desde cuando la ley es obligatoria.
Gai señala que el derecho se puede reducir a 3 temas, personas, cosas y acciones lo que nace propiamente del derecho civil los dos primeros.
Además, se clasifica entre derecho
- Subjetivo (facultad para exigir algo o de orar de un modo autorizado y protegido)
- Objetivo (O.J). Podemos hablar de derecho o en ambos sentidos.
Para saber que es el derecho civil debemos separar dos conceptos del OJ
Derecho público y privado
Distinción entre el fin o propósito que persigue más directamente la regulación, ese es el criterio para distinguir normas entre derecho público y privado
“Dos son las posiciones en estudio: el público y el privado. Es Derecho Público el que respecta al estado de la Republica, privado el que respecta a la utilidad de los particulares, pues hay cosas de utilidad pública y otras de utilidad privada”
Derecho público | Derecho privado |
Rige los aspectos sociales que interesan más directamente al bien público | Rige los aspectos sociales que interesan más directamente al bien de los particulares en cuanto ciudadanos privados |
La autoridad solo puede ejercer su poder en los casos expresamente señalados en la norma “Puede hacerse solo lo que está expresamente permitido” | Los particulares pueden determinar los contenidos de sus relaciones y su conveniencia: “En Derecho Privado puede hacerse todo, salvo aquello expresamente prohibido” |
Principio de legalidad y juridicidad | Las leyes son de carácter supletorio: regulan cuando nada se ha estipulado
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Solo puede hacerse aquello establecido en la norma (Principio de legalidad y juridicidad), por tanto
Las leyes del derecho privado son de carácter supletorio, es decir que vienen a regalar las relaciones jurídicas de los particulares cuando estos no han demostrado cosas distintas.
Esta misma distinción ha sido cuestionada debido a que se interconectan las relaciones, el mismo CC establece materias que se podrían considerar de derecho público. Ahora en su artículo preliminar establece la vigencia de la ley, regulación del derecho de familia (D público).
Conclusión, en ocasiones se interconectan ambos polos, en general se dice que el derecho civil es propiamente derecho privado.
Disciplinas jurídicas y su pertenencia al derecho público
Derecho constitucional → Forma en que ejerce el poder en el estado y normas que protegen al ciudadano del Estado. Esta es la principal potestad del Estado,
Derecho Administrativo → Regula la forma en que el poder ejecutivo ejerce los poderes administrando los bienes publicos o cumplimendo funciones estatales (se deriva del Derecho Constitucional)
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