USO PROGRESIVO Y DIFERENCIADO DE LA FUERZA POLICIAL
Enviado por brito814 • 24 de Septiembre de 2011 • 1.211 Palabras (5 Páginas) • 3.375 Visitas
USO PROGRESIVO Y DIFERENCIADO DE LA FUERZA POLICIAL
El uso de la fuerza física es una atribución inherente al desempeño de la función policial, como lo establece el primer aparte del artículo 3 de la Ley del Estatuto de la Función Policial.
El potencial despliegue de dicha fuerza debe estar orientado por el principio de afirmación de la vida como valor supremo, mediante la adopción de escalas progresivas y procedimientos de seguimiento, supervisión, entrenamiento y difusión entre la comunidad.
El órgano rector en materia policial, el Ministerio de Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, ha resuelto que se debe adecuar el uso potencial de la fuerza física policial a las exigencias constitucionales y legales.
- La fuerza policial se aplicará para neutralizar, contener y, preferentemente, hacer descender el nivel de confrontación y resistencia del en relación al ciudadano sujeto al procedimiento policial, evitando la escalada o incremento de dicha confrontación o resistencia.
- Los criterios para el incremento/reducción de la fuerza física por parte de los
Funcionarios y funcionarias policiales son los siguientes:
Proporcionalidad a la resistencia que ejerce el ciudadano
Progresividad
Minimización del daño
Instrumentalidad
Contar con un estándar permite entrenar, supervisar, evaluar y corregir permanentemente entre los funcionarios y funcionarias policiales el uso de la fuerza, potenciando su efecto de contención, disuasión y minimizando la lesividad a la integridad física y derechos de los ciudadanos y habitantes dentro del país, contribuyendo de este modo a minimizar la violencia social.
Las cuatro primeras resoluciones que norman y organizan la actuación de todos los cuerpos policiales venezolanos fueron publicadas en la Gaceta Oficial número 39.390 el pasado viernes 19 de marzo de 2010.
La entrada en vigencia de estas resoluciones marca un paso fundamental en el proceso de reforma policial que adelanta el Gobierno a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.
Estas resoluciones dan aplicabilidad a los estándares aprobados por el Consejo General de Policía en las materias de Rendición de cuentas, Atención a las víctimas del delito y/o el abuso policial, Uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial y Credencial única de identificación de los cuerpos policiales del país.
La adecuación de los cuerpos de policía del país a estas resoluciones forma parte de la conformación del Sistema Integrado de Policía y del proceso de Asistencia Técnica que el Consejo General de Policía iniciará este año en todo el país para dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.
La rendición de cuentas de los cuerpos policiales y la expedición de la credencial única por parte del órgano rector permiten crear los mecanismos para que los cuerpos policiales conozcan cómo rendir cuentas ante los órganos públicos y las comunidades y para garantizar que los funcionarios que porten credenciales policiales reúnan las condiciones y conocimientos necesarios para ejercer el servicio policial.
La resolución referida a la atención a las víctimas de delitos y abuso policial busca garantizar una atención con dignidad y respeto, para lo que prevé la instalación de oficinas de atención a las víctimas fuera de las instalaciones policiales y conformadas por equipos interdisciplinarios con formación en la materia.
La resolución sobre el uso progresivo y diferenciado de la fuerza establece normas y principios comunes a todos los cuerpos de policía para la aplicación de la fuerza en función del nivel de resistencia y oposición del sujeto vinculado a la situación. De esta manera se crea a nivel nacional un marco de referencia en este ámbito.
La Gaceta Oficial número 39.390 está disponible en la sección.
Principios
...