Investigacion
Enviado por rasbito • 20 de Enero de 2014 • 1.006 Palabras (5 Páginas) • 212 Visitas
de medios, para obtener los fines pretendidos, por lo que resulta indispensable estudiar sus métodos
y técnicas, ya que, en última instancia, el éxito de la actividad interpretativa depende de la
idoneidad y buena utilización de los procedimientos que se utilicen.
2. Integración.
Pero puede presentarse el caso de que una cuestión sometida al conocimiento de
un juez no se encuentre prevista en el ordenamiento positiv o. Si existe una
laguna, debe el juzgador llenarla. La misma ley le ofrece los criterios que han de
servirle para el logro de tal fin.
Tal actividad conviene el nombre de integración.
3. Vigencia.
Llegado el momento de la aplicación puede presentarse el problema que consiste en
determinar si los preceptos que prevén el caso sometido a la consideración del juez,
están vigentes o han sido derogados. Ya hemos visto cuáles son las reglas que sobre
iniciación, duración y extinción de la vigencia establecen nuestras leyes.
4. Retroactividad.
Una de las cuestiones más arduas que pueden surgir en el momento de la
aplicación, estriba en saber si una disposición legislativa puede aplicarse a
situaciones jurídicas concretas, nacidas bajo el imperio de una ley anterior. Bien
conocido es el principio que domina esta materia: a ninguna ley se darán efectos
retroactivos en perjuicio de persona alguna.
La retroactividad consiste en:
Aplicar leyes actuales a hechos o actos jurídicos anteriores o viceversa, aplicar las leyes anteriores a
hechos o actos jurídicos cuyas consecuencias de derecho no se agotaron durante la vigencia de la ley
anterior.
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Una ley es retroactiva:
Cuando modifica o restringe las consecuencias jurídicas de hechos realizado durante la vigencia de
la anterior.
La jurisprudencia ha venido estableciendo que existen excepciones a la garantía
de irretroactividad de la ley:
1.- En reformas constitucionales.
“Tenias derecho” ya no hay defensa jurídicamente, es superveniente.
2.- En materia procesal.
El proceso es de tracto sucesivo. ¿Cuál es la ley aplicable? La que se
encuentra en vigor, aun cuando se haya reformado; por ello es importante
conocer los artículos transitorios de la reforma.
3.- En materia de creación y aplicación de jurisprudencia.
_ La jurisprudencia no es ley, es interpretación de la ley.
_ La jurisprudencia es interpretación, por tanto puede evolucionar o
transformarse.
4.- La retroactividad en beneficio: opera en materia penal; sanciones
fiscales y administrativas en general; y en cualquier otro tipo de materias,
cuando sólo genera derechos, no afecta terceros, ni contraviene el orden
público.
5.- En materia de recursos naturales y medio ambiente.
Por ejemplo ya tenías todos los permisos necesarios para realizar
determinada situación; pero cambian los lineamientos y se agregan otros; lo
cual no implica violación alguna, pues son cuestiones de interés público; en
consecuencia no opera la retroactividad.
6.- Excepción aparente: cambios posteriores y futuros de leyes y normas
que rigen una actividad. Por ejemplo, en materia fiscal; comercial; sanitaria;
concesiones, permisos y licencias, etc.
Nadie tiene derecho a que su condición sea inalterable, pues cambia, y en
consecuencia no viola la garantía de retroactividad, no abarca la
inalterabilidad futura causada por las reformas.
La garantía de retroactividad se debe hacer en perjuicio de persona. Por tanto
procede solo en beneficio.
La garantía de retroactividad se prohíbe en perjurio, pero no si es benéfica;
es clásico en materia
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