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Actividad 3. Clasificando


Enviado por   •  22 de Marzo de 2013  •  2.633 Palabras (11 Páginas)  •  3.483 Visitas

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Actividad 3. Clasificando

Unidad 3 introducción al derecho

Emma Azucena Mancera Hernández

AL12501363

HUGO OSCAR GRANJA PEREZ M:FA1212815

Realiza lo que se te solicita:

1. Identifica y describe con tus propias palabras, la diferencia entre convenio y contrato como fuentes de obligaciones.

2. Da un ejemplo de un convenio y un contrato en una situación real de una empresa.

3. Ingresa a la Actividad 3. Clasificando y redacta las diferencias que encontraste y tus ejemplos, en el espacio que se te presenta. Tu Facilitador(a) te hará llegar su retroalimentación mediante el mismo espacio, no olvides darle seguimiento.

Los empleados se rigen por la normativa laboral. En este caso no se firma un convenio de prácticas, sino un contrato laboral cuyas características variarán en función de su tipología

La diferencia entre convenio y contrato como fuentes de obligaciones

Yo comprendo por contrato como una convención jurídica manifestada en forma legal, por virtud de la cual una parte se obliga a favor de otra o varias, recíprocamente, al cumplimiento de una prestación produciéndose entonces un intercambio de prestaciones obligacionales más importante por su uso continuo y reiterado, pues exige a las personas involucradas el cumplimiento voluntario

Los empleados se rigen por la normativa laboral. En este caso no se firma un convenio de prácticas, sino un contrato laboral cuyas características variarán en función de sus actividades y descripción

Y el convenio, la situación es más de igualdad por tratarse de un acuerdo de voluntades.

CONVENIO DE COLABORACIÓN

CONVENIO DE COLABORACIÓN

No se manifiesta en una contraposición de intereses (ej. Prestación de un servicio a cambio de una contra prestación económica), sino que se trata de establecer una colaboración institucional para llevar a cabo una actuación en respuesta de objetivos compartidos.

Su finalidad es el traslado de

Recursos públicos entre entidades públicas.

Ninguna de las partes tendrá interés patrimonial.

Los intereses de las partes son públicos.

El beneficiario siempre será la comunidad.

Generalmente, no van precedidos de proceso de selección

Por qué se trata de priorizar necesidades para destinar recursos comunes en orden a un fin público.

Las prestaciones son conmutativas, es decir equivalentes.

CONTRATO ONEROSO

Existe total contraposición de intereses.

Consiste en desarrollar una actividad singular y específica que forma parte del tráfico mercantil.

Existe interés patrimonial.

El contratista, siempre buscará un beneficio.

Lo preside un proceso de selección que sólo se puede romper por disposición legal.

No hay tal conmutatividad.

EJEMPLO DE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO:

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE NUEVA EMPRESA , REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO RAMÓN GONZÁLEZ ZANELLA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL PATRON Y POR LA OTRA LA C. MARÍA TERESA ALMIRA ROBLES Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA TRABAJADORA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: DECLARACIONES A) Declara LA TRABAJADORA: 1.- Haber nacido el día 15 de Febrero de 1970 tener 38 años de edad, de nacionalidad mexicana con domicilio ubicado en Marcos Mejora 51 int. 6ª, Col. Del Sur 2.- Tener los conocimientos y experiencia necesarios para prestar sus servicios al EL PATRON en el puesto de RECEPCIONISTA. B) Declara EL PATRÓN: 1.- Ser una Sociedad Mercantil Mexicana, constituida conforme a las leyes del País. 2.- Tener su domicilio en Augusto Rodín 11 Despacho C2, Col. Del Valle. 3.- Tener por Objeto Social el de Ventas. 4.- Desear utilizar los servicios de LA TRABAJADORA, para desempeñar el puesto de RECEPCIONISTA y los demás que sean similares a dicha actividad. C L A U S U L A S PRIMERA.- Este Contrato se celebra por tiempo indefinido y en términos de los artículos 20 y 21 de la Ley federal del Trabajo SEGUNDA.- La TRABAJADORA se obliga aprestar sus servicios personales subordinados a EL PATRON consistentes en el puesto de RECEPCIONISTA, desempeñándolos bajo la dirección y dependencia de EL PATRON y en general todos aquellos que estén relacionados con esa actividad como son de manera enunciativa y no limitativa: Coordinación de la administración de la empresa; Coordinación de la contabilidad externa, Revisión de la cobranza, Seguimiento de facturación de los cierres mensuales de proyectos, Control estricto de los movimientos de los estados de cuenta de la empresa así como de las entradas y salidas, Seguimiento de clientes, Programación de citas con nuevos prospectos, Elaboración de reportes de pago a proveedores, Elaboración de recibos, Seguimiento del archivo, Asistencia a la Dirección General ; sin perjuicio de cualesquiera otros que éste le encomiende, debiendo desempeñar sus servicios en el domicilio de la empresa o en cualquier otro que esta le indique. TERCERA.- Los servicios contratados en los términos del presente contrato conforme a la cláusula que antecede los desempeñara LA TRABAJADORA, en el D. F., pero EL PATRON podrá en cualquier momento fijar a LA TRABAJADORA otro lugar de trabajo dentro del Valle de México. CUARTA.- Por sus servicios a EL PATRON, durante la vigencia del presente contrato, LA TRABAJADORA percibirá un salario mensual por la cantidad de $4,830.00, con las deducciones correspondientes por la cantidad de $ 483.00 por concepto de SAR. Y $ 895.00 por concepto de cuota al I.M.S.S., resultando un NETO A PAGAR de $3,452.00 (Tres mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos 00/100 M. N.), en el que queda comprendido el pago correspondiente a séptimos días y días de descanso obligatorio que establece la Ley Federal del Trabajo o en que pueda convenir a EL PATRON, mismo que será cubierto los días 1° y 16 de cada mes o el día próximo hábil en caso de ser sábado o domingo; en el domicilio de la empresa. QUINTA.- Las partes convienen en que los servicios de LA TRABAJADORA son de carácter estrictamente confidencial, por lo que el puesto para el que será contratada se considerará de confianza para todos los efectos legales. SEXTA.- La duración de la Jornada de Trabajo será de lunes a viernes , de las 9:00 horas. a las 18:00 horas. Con un descanso para reposar y tomar sus alimentos de las 2:00 a las 3:00 horas; tomándolas como mejor convenga a LA TRABAJADORA. Siendo esta la duración máxima de la jornada y quedando estrictamente prohibido el trabajar horas extras sino con el consentimiento previo y permiso por escrito debidamente firmado por EL PATRON, en el que se

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