Asociados Corporativos y Asociados Afiliados
Enviado por ternero12 • 28 de Enero de 2013 • Informe • 202 Palabras (1 Páginas) • 308 Visitas
Para que una Asamblea Extraordinaria se considere legalmente instalada por virtud de primera convocatoria, deberán estar
presentes o representados el setenta y cinco por ciento de los Asociados Corporativos y Asociados Afiliados. Para el caso de
segunda o ulteriores convocatorias, deberán estar presentes o representados por lo menos el cincuenta por ciento más uno de los
Asociados Corporativos y Asociados Afiliados.
Las resoluciones que al efecto tome la Asamblea Extraordinaria, sólo serán válidas si concurre el voto del por lo menos el cincuenta
por ciento más uno de los Asociados Corporativos y Asociados Afiliados.
Para el caso de la exclusión de un asociado, no se considerará para efectos del quórum y votación, al asociado sujeto al
procedimiento de exclusión.
Artículo Decimosexto.- Las Asambleas Especiales se reunirán cuantas veces sea necesario, según el asunto a tratar, así lo
requiera.
Las Asambleas Especiales serán competentes para tratar aquellos asuntos que tengan como consecuencia directa y sean para el
interés que sus efectos no recaigan en la estructura corporativa u operativa de la Asociación.
Para la convocatoria, celebración y determinación de resoluciones, serán aplicables las mismas reglas que las establecidas para las
Asambleas Ordinarias.
Sólo podrán participar con voz y voto en las Asambleas Especiales, aquella categoría de asociados que sea la competente de
acuerdo a los asuntos a tratar.
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