Categoría Jurídica: Conjunto de normas jurídicas destinadas a regular una determinada situación jurídica.
Enviado por Cesar1995. • 24 de Mayo de 2017 • Informe • 1.495 Palabras (6 Páginas) • 262 Visitas
República Bolivariana de Venezuela[pic 1]
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales
“Ezequiel Zamora”
UNELLEZ – Apure
Carrera: Derecho
“ 1” año, Sección: C
Introducción al derecho
Agrupación de las normas jurídicas
Abogado: Roger Pérez. Estudiante: CESAR RODRIGUEZ
C.I.: 26.176.687
El Recreo, mayo de 2017.
Agrupación de las Normas Jurídicas
La necesidad de proveer las hipótesis posibles y de resolver anticipadamente, en lo posible, todos los casos diferentes que puedan ocurrir, obligan a dictar grupos de normas para cada situación jurídica. Estos grupos de normas son de tres clases:
1. Categoría Jurídica: Conjunto de normas jurídicas destinadas a regular una determinada situación jurídica.
2. Institución Jurídica: Grupo más amplio de normas que regulan un conjunto de situaciones jurídicas con una finalidad en común. Cada institución jurídica agrupa en sí varias categorías jurídicas.
3. Rama del Derecho: Las categorías y las instituciones jurídicas se agrupan en ramas, de acuerdo a su contenido, a la índole de las relaciones que regulan, o al origen de las normas.
Derecho Público: es el conjunto de normas que se refieren a la organización, y la actividades que desarrolla para cumplir con las atribuciones que al estado le corresponda , es decir es el conjunto de normas que rigen las relaciones con otros estados, rige también las relaciones entre los órganos del estado y las relaciones de la sociedad cuando actúa como poder soberano, es decir, como entidad superior que se impone legítimamente a los ciudadanos, puede presentarse al derecho público como el ordenamiento jurídico que permite regular las relaciones entre el Estado y los particulares.
Ramas del derecho público
Derecho Constitucional: Comprende el conjunto de normas e instituciones jurídicas fundamentales relativas a la organización y al ejercicio del poder político y a los derechos y libertades básicas de los ciudadanos. Son las normas jurídicas que regulan la organización fundamental del Estado. Es el que organiza el Estado, determina las relaciones y facultades de los distintos poderes y establece las normas fundamentales de convivencia social.
Derecho penal: Regula la actividad punitiva del Estado. El Estado es el único que puede establecer qué actos son delitos y qué penas se les pueden imponer, las cuales deberán estar dentro de los límites que marque la ley. Derecho penal está constituido por el conjunto de normas de carácter represivo que instruye y ordena el derecho de castigar contra quienes están al margen de la sociedad; son el conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención del crimen.
Derecho administrativo: Es el que organiza el funcionamiento de la administración pública, ya sea nacional, provincial o municipal, y las relaciones entre ella y los administrados, el derecho administrativo reglamenta la organización y el funcionamiento de la administración pública y las relaciones del Estado con ésta; tiene por objeto específico la administración pública.
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Derecho privado: Es el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones entre los particulares y es aplicable a aquellos en que el estado interviene sin hacer uso de su autoridad, es decir el estado no interviene como soberano, podemos afirmar que es el derecho de los particulares. Se divide en derecho civil y derecho mercantil. Es decir aquel que se encarga de regular las relaciones entre los particulares, las cuales son planteadas en su propio nombre y beneficio, También es un plexo de normas jurídicas, pero su objetivo consiste en regular los intereses particulares de los individuos, a través de los códigos y leyes que al efecto se dicten.
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