Codigo De Comercio
Enviado por djjajdldm • 29 de Junio de 2015 • 929 Palabras (4 Páginas) • 220 Visitas
,uan Ramírez Gronda precisa sobre actos de comercio lo siguiente: Las negociaciones, operaciones, contratos, etc, que la ley declara como tales y, en consecuencia, le son aplicables las disposiciones de las leyes mercantiles, aunque no fueran comerciantes quienes los han realizado. El Código de Comercio los enumera en el artículo 8: "1º Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se adquirió o después o después de darle otra forma de mayor o menor valor; 2º La transmisión a que se refiere el inciso anterior; 3º Toda operación de cambio, Banco, corretaje o remate; 4º Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o cualquier otro género de papel endosable o al portador; 5º Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales, depósitos o transportes de mercaderías o personas por agua o por tierra; 6º Los seguros y las sociedades anónimas, sea cual fuere su objeto; 7º Los fletamientos, construcción, compra o venta de buques, aparejos, provisiones y todo lo relativo al comercio marítimo; 8º Las operaciones de los factores, tenedores de libros y otros empleados de los comerciantes, en cuanto concierne al comercio del negociante del negociante de quien dependen; 9º Las convenciones sobre salarios de dependientes y otros empleados de los comerciantes, 10º Las cartas de crédito, fianzas, prenda y demás accesorios de una operación comercial ; 11º Los demás actos especialmente legislados en este Código" (V. También arts. 6º y 7º del C. De Com.) (Ramírez Gronda, Juan. Diccionario Jurídico. Pag. 33 y 34).
Clases de comercio
Resulta de vital importancia para el abogado corporativo y al dedicado al quehacer empresarial distinguir los distintos tipos de comercio, en tal sentido podemos considerar que los tipos del mismo son los siguientes: comercio nacional o interno, comercio exterior y comercio internacional.
No debemos confundir las clases de empresas con las clases de comercio, ya que las primeras pueden ser empresas de bienes, servicios, entre otras, mientras que las segundas son las indicadas en el párrafo anterior.
Resulta para nosotros importante dejar constancia que las clases de comercio no las hemos encontrado desarrolladas en ningún libro, por lo cual han sido desarrolladas en base a nuestra experiencia.
Sin embargo, es claro que este tema es de vital importancia para conocer los mercados en los cuales los empresarios y dentro de ellos los comerciantes pueden colocar sus bienes o servicios.
Un mismo sujeto de derecho, que puede ser en este caso una persona natural, persona jurídica o ente autónomo, puede realizar las tres clases de comercio, lo cual no es habitual, pero es necesario tener en cuenta esta circunstancia a fin de poder estudiar el derecho comercial o empresarial.
Los estados deben incentivar (los incentivos son estudiados por el análisis económico del derecho, por los cuales se promueve o premia una determinada conducta, logrando
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