Concepto de las contribuciones
Enviado por merezentalv • 24 de Mayo de 2014 • Trabajo • 1.017 Palabras (5 Páginas) • 240 Visitas
CONCEPTO DE LAS CONTRIBUCIONES
El término contribución, es una denominación moderna y útil (psicológicamente hablando) para permitirle al Estado allegarse de recursos vía tributaria.
Como se comentó con anterioridad, históricamente ha evolucionado hasta alcanzar incluso la característica de deber cívico.
Por contribución debemos entender aquella aportación pecuniaria o en especie que todo particular debe proporcionar al Estado en que habite siempre que su legislación lo marque.
La contribución es un concepto genérico que engloba a todo los que auxilia a sufragar los gastos del Estado. Este género se divide en contribuciones voluntarias y contribuciones forzadas.
Son contribuciones Voluntarias aquellas que derivan ya sea de un acuerdo de voluntades entre el Estado y el particular o bien de una declaración unilateral de voluntad del particular que implica un acto de liberalidad.
Son contribuciones forzadas o exacciones aquellas que fija la ley a cargo de los particulares que se adecuen a la hipótesis normativa prevista en la propia ley. A este tipo de contribuciones se les denomina tributos y abarca diferentes exacciones como son:
Impuestos, Derechos o tazas y contribuciones especiales y las tres son producto del ejercicio de la potestad o poder tributario del Estado, esta potestad comprende tres funciones: la normativa, la administrativa y la jurisdiccional, para cuyo ejercicio el Estado tiene facultades de legislación, de reglamentación, de aplicación, de jurisdicción y de ejecución que ejercen los poderes Legislativo, Ejecutivo, y Judicial según la competencia que les confieren las leyes.
CARACTERISTICAS DE LAS CONTRIBUCIONES.
Como características de las contribuciones se pueden encontrar las siguientes:
1.- Que su naturaleza en netamente personal.
2.- Que sus aportaciones son pecuniarias.
3.- Que su producto se debe destinar a cubrir los gastos públicos de los entes federales, estatal y/o municipal.
4.- Que la aportación debe ser proporcional y equitativa.
5.- Que esta obligación se puede establecer solo mediante disposición legal.
Se dice que es una obligación personal de acuerdo con el principio fundamental, ya que el derecho origina relaciones jurídicas cuyo contenido, facultades y obligaciones vinculan a las personas y solo a ellas es por ello que la obligación, que constituye un elemento de la relación jurídico-tributaria, es de naturaleza personal.
En cuanto que es una aportación pecuniaria es indiscutible que se puede contribuir para con el estado de muy diversas maneras, sin embargo, cuando se habla de que la aportación es para gastos, solo podemos pensar que será de naturaleza pecuniaria por serlas que con mayor facilidades puede utilizar el estado dada la naturaleza monetaria dela economía moderna ya que antiguamente eran más comunes los tributos pagaderos en especie.
En cuanto a lo referente al gasto público tenemos que a diferencia de los ingresos del derecho privado, los gastos son debidos en virtud de negocios jurídicos privados (compraventa, arrendamiento, transporte etc.) los tributos en cambio, son
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