Contrato de teletrabajo
Enviado por Julieta Estefanya • 9 de Septiembre de 2017 • Trabajo • 1.610 Palabras (7 Páginas) • 249 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TELETRABAJO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TELETRABAJO QUE SE CELEBRA ENTRE LA EMPRESA EL ZAPATTITTO S. A., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR PETRONILO GLEZ MONXTEX, EN SU CALIDAD DE DIRECTOR GENERAL Y EL SEÑOR GUMERSINDO RAMALES REVERSALE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA LA EMPRESA Y EL TRABAJADOR, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
DECLARACIONES
La empresa EL ZAPATTITTO S. A. es una sociedad anónima constituida al amparo de las leyes mercantiles mexicanas, cuya acta constitutiva se encuentra debidamente inscrita en el registro público del comercio de la ciudad de México, con el número 80008, a fojas 305 del tomo 888 del libro 5o., tal como se aprecia en la misma y con domicilio fiscal en la calle del Sapo número 5555 en la colonia La laguna en esta ciudad, siendo Director General de la misma el señor PETRONILO GLEZ MONXTEX, quien acredita su personalidad en los términos que se desprenden del acta mencionada y con el poder notarial para pleitos y cobranzas que le ha sido expedido al efecto. Por su parte el señor GUMERSINDO RAMALES RIVERSALE, declara ser mexicano, casado, mayor de edad, de ocupación Ingeniero en Sistemas Informaticos y con domicilio en la calle del Tigre número 30000 en la colonia La selva en esta ciudad.
CLAUSULAS
PRIMERA. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL. El objetivo del presente Contrato Individual de Teletrabajo es regular la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo.
SEGUNDA. ANTECEDENTES. Actualmente el señor GUMERSINDO RAMALES REVERSALE tiene una relación laboral ordinaria con EL ZAPATTITTO S. A. desde el 20 de mayo de 2009 desempeñando el puesto de Ingeniero en Sistemas Informaticos.
TERCERA. CONDICIONES DE TELETRABAJO. Por convenir a sus intereses, ambas partes convienen cambiar a la modalidad de teletrabajo, en forma temporal y dentro de un plan piloto que implementa la empresa, por espacio de un año, en lugar de la prestación de trabajo presencial, bajo las siguientes condiciones:
1. La ejecución de la labor se realizara en la casa habitación del trabajador, ubicada en la calle del Tigre número 30000 en la colonia La selva en esta ciudad de México, teniendo la obligación de presentarse en la oficina habitual del centro de trabajo, en horario normal los días martes y jueves de cada semana.
2. La labor a ejecutar será la misma que realiza en el centro de trabajo, o sea diseñar programas que permitan a la empresa colocar sus proyectos entre un mayor número de consumidores.
3. Por su misma naturaleza, no estará sujeto a jornadas u horarios de trabajo, sin embargo y con el fin de mantener comunicación necesaria para los efectos del servicio a los usuarios o del trámite interno de la materia de su competencia o de la calendarización con el resto del personal de la unidad, deberá reportarse vía correo electrónico con el señor PETRONILO GLEZ MONXTEX, de las diez a las dieciocho horas durante las horas y días hábiles de trabajo, sin que ello implique control o fiscalización del tiempo laborado o del cumplimiento de la labor encomendada. Si el trabajador rebasa las horas normales de trabajo, tendrá derecho al pago de horas extras.
CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. Los derechos y obligaciones para ambas partes serán los mismos que tienen en su contrato de servicios original, regido por las normas de la Ley Federal del Trabajo. Tanto la empresa como el teletrabajador deben mantener las condiciones que justificaron este acuerdo y en caso de surgir una imposibilidad de mantener alguna o algunas condiciones convenidas, debe plantearlo a la otra parte con un mes de anticipación para ejercer el derecho de reversión.
QUINTA. MEDICIÓN DEL CUMPLIMIENTO. En virtud de que en esta modalidad de trabajo, la producción en calidad y cantidad es lo único que le permite a la empresa calificar el cumplimiento de las metas, la medición o control de cumplimiento se verificara por medio de informes quincenales que el trabajador deberá presentar al Director General los días 15 y 30 de cada mes, en formato Excel acompañando toda la información necesaria para demostrar dichas metas.
SEXTA. ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR EL TELETRABAJADOR. Las actividades a desarrollar por el teletrabajador en el marco del presente contrato, han sido establecidas de común acuerdo y en atención a los objetivos y necesidades institucionales, ajustándose en todo momento al perfil de trabajo del puesto que ostenta, las cuales se describen a continuación:
1.
2.
3.
SÉPTIMA. LUGAR DONDE SE EJECUTARAN LAS LABORES ASIGNADAS. Las actividades se realizaran en el domicilio del teletrabajador, cuya dirección es calle del Tigre número 30000 en la colonia La selva en esta ciudad, comprometiéndose a:
1. Dedicar un área exclusivamente acondicionada y con mobiliario adecuado para teletrabajar, que cumpla con los requisitos en cuanto a salud ocupacional y ambiente sano.
2. Permitir que el personal de EL ZAPATTITTO S. A. debidamente capacitado, acuda e ingrese (indicar periodicidad de visitas) en su domicilio con el fin de corroborar que las condiciones en que trabaja son las adecuadas.
...