Criminologia
Enviado por karylua • 14 de Octubre de 2014 • 748 Palabras (3 Páginas) • 184 Visitas
DERECHO EJECUTIVO PENAL O PENITENCIARIO
El Derecho de ejecución penal o Derecho ejecutivo penal comprende el conjunto de normas jurídicas relativas a la ejecución de todo género y clases de penas y de medidas de seguridad.
Al Derecho penal ejecutivo corresponde el estudio de las leyes y reglamentos que rigen todo lo referente al cumplimiento de las sanciones penales. Está dividido en dos aspectos el estudio de la pena como tal y la sanción que deberá sufrir el delincuente durante el cumplimiento de dicha pena.
Es formalmente independiente: tiene un cuerpo legislativo propio (sobre todo, la
Ley Orgánica General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario), una jurisdicción específica (los jueces de ejecución penitenciaria).
El fin de de la ciencia penitenciaria en nuestro país es expresamente limitada a lo establecido en el art. 18de la constitución política mexicana y su ente primordial que es la readaptación social del individuo.
Fines del derecho penitenciario
El fin del derecho penal es la preservación y protección de los bienes jurídicos que implican los más altos valores del hombre, para permitir una convivencia social- armónica y pacifica lo cual puede traducirse, en un aspecto pragmático de prevención del delito, asimismo el fin del derecho penitenciario es la ejecución de la pena y todo lo que tiene señalada en la ley.
Ámbito de aplicación del derecho penitenciario
Tiene un espacio temporal, personal y territorial:
A) Temporalidad: Se refiere a la vigencia del derecho penitenciario y es a partir de su promulgación en el Diario Oficial De La Federación.
B) Territorialidad: Existe una jurisdicción federal y una
C) La excepción personal:
se refiere a las causas personales que impiden la aplicación de la sanción (ya sea por el carácter del individuo que impida su aplicación, o por incapacidad de este).
Principios fundamentales de la ejecución penitenciaria.
o Principio de legalidad: “No podrá ejecutarse pena ni medida de seguridad en otra forma que la prescrita por la Ley y los reglamentos que la desarrollan, ni con otras circunstancias o accidentes que los expresados en su texto”.
o Principio de resocialización: “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados”.
o Principio de judicialización: Indudablemente, las competencias del Poder Judicial abarcan, no sólo a juzgar sino también a hacer ejecutar lo juzgado
o Principio de presunción de inocencia: “toda persona no es culpable hasta que no se demuestre lo contrario. Pero no implica que al preventivo se le prohíban realizar actividades laborales, ocupacionales, deportivas, educativas o recreativas que se desarrollen en los Centros Penitenciarios”.
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