DR-CAFTA
Enviado por Brayden • 9 de Marzo de 2015 • Examen • 2.359 Palabras (10 Páginas) • 224 Visitas
El DR-CAFTA, (Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos de América), es un tratado que busca la creación de una zona de libre comercio entre los países que lo han firmado. Este hace permanente los beneficios, que son el 80% de productos centroamericanos que brinda la Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC), abarcando un volumen comercial de treinta mil millones de dólares. Dicho tratado está compuesto por veintidós capítulos, que se dividen cada uno en artículos.
La negociación, firma y ratificación de este tratado fue realizado de acuerdo a las características y contexto político y social de cada uno de los Estados; el proceso se inició en 2003 para todos los países a excepción del nuestro, concretándose la adopción del texto para los países involucrados, en 2004 y entrando en vigor en distintas fechas para cada país a partir de 2006. La rama fundamental del tratado consiste en las disposiciones que conciernen al trato comercial, pero también se abordan elementos como el arancelario, movimiento aduanero, origen de los productos y las reglas internas para el tráfico de mercancías.
El CAFTA se ocupa de legislar los aspectos relativos a producción higiénica y protección al medio ambiente, respeto a los derechos de propiedad intelectual e inversión pública y privada, así como toda la legislación laboral en los Estados de la zona CAFTA, este especifica los mecanismos para la solución de controversias y para el establecimiento de normativas de mutuo acuerdo.
Este como todo tratado, ha recibido críticas de tipo económicas y políticas, abriendo así un debate sobre el balance entre los beneficios y desventajas que aporta la aplicación del mismo.
Tiene como objetivos estimular la expansión y diversificación del comercio en la región, eliminar los obstáculos al comercio, facilitar la circulación transfronteriza de mercancías y servicios, promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio, aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión y hacer valer los derechos de propiedad intelectual. El cumplimiento de estos se sujeta a factores como la voluntad política de los gobiernos, las condiciones económicas de los países y las coyunturas de aplicación de las normas dispuestas por el tratado.
Cualquier medida que como región se adopte deberá estar sujeta a las disposiciones del tratado de libre comercio, lo cual sitúa al tratado por encima de las nuevas disposiciones regionales en materia de integración.
El tratado del DR-CAFTA se negoció basándose en principios fundamentales acordados por las partes. Tres elementos se consideraron y estos son:
Todo acuerdo tomado en consecuencia del CAFTA, debe respetar plenamente las constituciones de cada país.
Se consideró a los países centroamericanos negociantes, como una sola parte negociadora, pretendiendo que negociasen de manera conjunta.
Únicamente podría ser puesto en marcha el CAFTA si las negociaciones habían concluido, por lo que los acuerdos intermedios no tendrían validez alguna.
El Comercio
El comercio es el eje fundamental que cimienta la integración económica, el tratado versa ampliamente sobre los aspectos relativos al tratamiento comercial en todas las áreas involucradas. La reglamentación adoptada por los países es fundamentada en unificar los criterios de cada Estado, llevando a convención los procedimientos y normas a los que se someten los exportadores e importadores con los diferentes productos. El espíritu del tratado radica en la igualdad de trato a los bienes y servicios originarios de la zona CAFTA, dejando de lado el proteccionismo estatal sobre sectores de la economía.
El Código de Comercio dominicano, también regula de forma especial el comercio, aunque más bien de forma interna. Este define los actos de comercio como toda compra de mercancías para revenderlos, así como toda empresa de construcción y todas las compras, ventas y reventas de buques para la navegación interior y exterior, entre otros.
Para este comerciante, es todo aquel que se dedica a los actos de comercio, haciendo de estos su profesión habitual.
Tratamiento Arancelario
El acceso a las mercancías se basa en un proceso de desgravación arancelaria, es decir, que los productos no tengan que pagar impuestos por exportación. Debido a que los países centroamericanos no poseen condiciones adecuadas para competir con los productores estadounidenses, el tratado dispone de un periodo de gracia, consistente en desgravar los aranceles para algunos productos. Cada producto está regido por condiciones ad hoc, es decir, no existe un tratamiento homogéneo ni siquiera entre los países firmantes; es así que el azúcar de un país se tratará distinto al azúcar de otro. Además, existe la Salvaguarda Agrícola Especial (SAE), la cual puede ser aplicada únicamente por los países centroamericanos excepto en los productos lácteos y el maní; esta consiste en la capacidad de gravar con aranceles adicionales a los productos importados que, antes del año 2014, superen la capacidad productiva de los nacionales.
Reglas de Origen
Estas consisten en determinar el país al que se le atribuirá la fabricación de un producto, con el objetivo de verificar si este puede ser objeto de desgravación arancelaria en el marco del tratado. Un producto es considerado como originario de la región cuando se trate de mercancías obtenidas en su totalidad o producidas totalmente en el territorio de una o más de las partes, cuando haya sido producida a partir de insumos o materiales originarios y producción de la mercancía a partir de insumos o materiales no originarios, siempre que se demuestre que el producto contiene al menos el 45% de materia originaria. Existen excepciones que permiten las importaciones de algunos productos como calzado, lápices y hierro sin que cumplan con la regla de origen.
Administración Aduanera
El tratado establece que los Estados firmantes están obligados a publicar sus normas aduaneras por medios legales y por internet, haciendo disponibles oficinas de asesoría al respecto. Estos también están obligados a garantizar la transparencia en las oficinas aduaneras, no poniendo obstáculo técnico alguno para el libre paso de mercancías.
El tratado exige que los procedimientos aduaneros sean simples y rápidos, retirando la capacidad al Estado de realizar inspecciones masivas a las mercancías, teniendo en cuenta que toda la información acerca de las mercancías registradas en las aduanas es de carácter confidencial, lo cual restringe herramientas de investigación criminal y comercial. En el caso de existir violaciones a las leyes nacionales, el tratado deja libertad
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