Deontologia Juridica
Enviado por vismal23 • 19 de Junio de 2013 • 3.242 Palabras (13 Páginas) • 483 Visitas
INTRODUCCIÓN
En la siguiente investigación trataremos de manera compresible sobre el tema, el Debido Proceso, que nominalmente impresiona por la voluminosa obra que motivara, pero que en la práctica operativa de nuestro sistema penal permanece en estadios inferiores de desarrollo fáctico.
Uno de los mecanismos destinados a proteger la Constitución y el Estado de Derecho en su conjunto es el proceso. A través de él se procura proteger los derechos fundamentales, vigilar la constitucionalidad normativa, sancionar las conductas antisociales (delitos o faltas), impedir el ejercicio arbitrario del poder y solucionar o prevenir los conflictos. De manera muy general, podemos decir que el proceso es aquel mecanismo de composición o prevención de conflictos por medio del cual las personas someten sus pretensiones o intereses contrapuestos a la decisión de un tercero.
También en esta misma investigación vamos tratar de otros temas no menos importante, como son las demandas en desalojo y la demanda en lanzamiento de lugar, y la demanda en cobro de peso y demanda en acreencia, diferencia que existe en cada una de dicha demanda.
Ya que estos conocimiento expuesto en esta pequeña obra jurídica nos servirá para nutrirnos de conocimiento, y luego nos servirán para la práctica diaria de nuestra carrera
Objetivo General:
Estudiar y analizar el desarrollo del debido proceso para conocer sus debilidades, fortalezas, oportunidades y amenazas.
Objetivos Específicos:
Revisar la bibliografía existente sobre el debido proceso y sus garantías constitucionales a través de los fundamentos teóricos existentes.
Seleccionar las bases teóricas relacionadas con el tema en estudio para obtener una clara visión sobre su aplicación en marco legal dominicano.
Analizar el debido proceso y sus garantías constitucionales para conocer sus debilidades, fortalezas, oportunidades y amenazas.
JUSTIFICACIÓN
Partiendo del significado jurídico del proceso, sin prejuicio de las partes, objeto y causa que involucra, se obtiene un agregado de relaciones lícitas que son el efecto inmediato del conflicto de intereses específicos subordinados a una sentencia de un Tribunal de Justicia.
Dada la mencionada presencia del conflicto de intereses, donde las partes involucradas intentan por todos los medios obtener una sentencia favorable, se hace inevitable el hecho de contar con una actividad probatoria dentro del juicio, donde se de fe lícita y confiable del proceso en desarrollo.
En este orden de ideas, surgen las garantías, las cuales se proyectan sucesivamente en cada una de las fases, fortaleciendo la veracidad y transparencia de la justicia en el debido proceso; además de prestar defensa técnica mediante la asistencia de abogado, con libertad de elección o nombramiento de oficio.
Por otra parte, la organización natural de la sociedad en pro de la conservación de las buenas costumbres, urbanidad, deberes y derechos ciudadanos y justicia social, demanda la existencia de procesos garantes, lícitos y justos, de manera tal que la ciudadanía pueda sentirse satisfecha y segura de su sistema judicial en su cotidianidad.
Para finalizar, es importante resaltar que la razón primordial que le da base al presente estudio es el hecho de brindar tanto al aprendiz como al colectivo interesado en el tema, la posibilidad de adentrarse en el conocimiento de las debilidades, fortalezas, oportunidades y amenazas que se derivan de cualquier proceso judicial, al cual no se encuentra exento ningún ciudadano dominicano.
EL DEBIDO PROCESO
Concepto.-
Es tan amplio el concepto fundamental del debido proceso, que si quisiéramos analizarlo dentro de su extensa perspectiva jurídica, tendríamos que incluir en él buena parte de las normas integradoras del derecho procesal penal. Por eso siempre resultaría muy limitada e inconforme una definición que quisiera darse a lo que es el debido proceso. Nuestra constitución en su artículo 8, Acápite J, expresa:
"Nadie podrá ser juzgado sin haber sido oído o debidamente citado, ni sin observancia de los procedimientos que establezca la ley para asegurar un juicio imparcial y el ejercicio del derecho de defensa. Las audiencias serán públicas, con las excepciones que establezca la ley, en los casos en que la publicidad resulte perjudicial al orden público o a las buenas costumbres".
Con respecto a la prohibición de que "nadie podrá ser juzgado sin haber sido oído o debidamente citado, ni sin observancia de los procedimientos que establezca la ley", principio de auténtico rango constitucional, terminante manifestación protectora de seguridad jurídica, es sustancialmente una norma sobre garantía de las libertades individuales que no puede faltar dentro de unas instituciones jurídicas inmersas en un Estado de derecho.
Antecedentes históricos del debido proceso.-
En la actualidad el debido proceso es considerado como una de las conquistas más importantes que ha logrado la lucha por el respeto de los derechos fundamentales de la persona. Brevemente hacemos los antecedentes más importantes, del debido proceso, desde la historia del derecho Procesal Penal a nivel internacional, hasta llegar a las referencias locales del mismo.
En nuestro país el primer documento que reclama derechos humanos fundamentales es el Sermón de Montesinos, fechado en 1511, en donde con voz inmortal increpó a los españoles la privación de derechos y prerrogativas concebidas a todos los seres humanos.
Pero ya una vez implantado el principio en la constitución americana del 1787, ha sido transferido a muchos otros textos homólogos en diferentes países, siendo redactado en la constitución dominicana de la siguiente manera: “Nadie podrá ser juzgado sin haber sido oído o debidamente citado, ni sin la observancia de los principios que establezca la ley para asegurar un juicio imparcial y el ejercicio del derecho de defensa”. Las audiencias serán públicas, con las excepciones que establezca la ley, en los casos en que la publicidad resulte perjudicial al orden público o a las buenas costumbres.
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