Derecho Internacional Publico
Enviado por delvin • 13 de Enero de 2014 • 8.285 Palabras (34 Páginas) • 269 Visitas
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
NDICE
Introducción
1.- DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
1.1.- Definiciones
1.2.- Fuentes del derecho Internacional
1.2.1.- Ley Dura y Ley Blanda del Derecho Internacional Publico
1.3.- Introducción a los Medios de Solución Pacífica de Conflictos
1.4.- Clasificación:
1.4.1.- Modelo Monista
1.4.2.- Modelo Dualista
1.4.3.- Sistema establecido en la Constitución de 1999
1.4.3.1.- Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
1.4.3.2.- Título IV, Capítulo I, Sección Quinta de la CRBV
1.4.3.2.1.- El Pensamiento Bolivariana de Integración de los Pueblos
1.4.3.2.2.- El Alba como modelo transversal de Integración
Conclusiones
Referencias
Introducción
El Derecho internacional es la colección de razones jurídicas internacionales que regulan las leyes de los estados y otros sujetos de derecho internacional, que son representados por sus cortes supremas. Está integrado por acuerdos entre estados tales como tratados internacionales (denominados tratados, pactos, convenios, cartas, memorándum o memoranda (según el caso), intercambio de notas diplomáticas, enmiendas, anexos y protocolos de tratados, entre otros– como también por la costumbre internacional, que se compone a su vez de la práctica de los Estados, que éstos reconocen como obligatoria, y por los principios generales del derecho. Además, en el ámbito multilateral, el derecho internacional se nutre de los acuerdos a los que lleguen los Estados en el marco de los organismos internacionales a que pertenezcan y, dentro de éstos, de aquellos acuerdos que se comprometen a aplicar. Todo cuerpo jurídico surge y se desarrolla dentro de un determinado marco histórico y está influenciado por las distintas corrientes intelectuales de su época. La estructura misma de este trabajo sigue la secuencia de la propia evolución del Derecho Internacional y es por ello que el estudio de las fuentes del Derecho Internacional comienza con la primera cristalización de una conducta que apunta hacia la formación de un cuerpo legislativo, como lo es la costumbre. En el campo internacional también se encuentran presentes los conflictos, estos se producen por la existencia de criterios divergentes entre sujetos de Derecho Internacional, fundamentalmente entre los Estados (quienes para el Derecho Internacional Público representan el ente por excelencia del Derecho Internacional) y por vía de excepción los Organismos Internacionales. El presente trabajo formará parte de una obra general de Derecho Internacional Público solicitada a instancias de la unidad curricular Estado, Integración Regional y Globalización, en la Carrera: Estudios Jurídicos de la U.B.V., los cuales se desarrollaran diferentes conceptos, características y respectivamente las leyes como base fundamental, además, se estarán señalando la alianzas alternativas para el desarrollo económico, político, social, territorial tanto en Venezuela como en América Latina. A fin de que los estudiantes y profesores de derecho puedan contextualizar el desarrollo del Derecho Internacional Público.
1.- DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO.
Regula las relaciones entre los estados, organismos internacionales y demás sujetos del Derecho Internacional Publico, incluyendo al hombre. Se presenta como un derecho de coordinación. El único modo de creación de normas jurídicas es el acuerdo entre estados, y las sanciones van dirigidas a los estados, organizaciones internacionales, Derecho incompleto, está sujeto a la arbitrariedad y la acción discrecional de estado en aquellas zonas aún no reguladas. Carece de legislador y las sanciones han sido impuestas recientemente sólo por el Pacto de la Sociedad de Naciones y por la Carta de la ONU.
1.1.-Derecho Internacional Público Definición Clásica. Se define como el conjunto de normas o principios que regulan las relaciones jurídicas de los estados entre sí (al hablar de estados nos referimos a ellos como únicas entidades del DIP, ya que para ese entonces las organizaciones internacionales y las personas particulares entre otras no forman parte del mismo); es decir, que el Derecho Internacional comprende especialmente normas establecidas por vía consuetudinaria para regular las relaciones entre los estados, creando obligaciones, responsabilidades y derechos para todos los estados. Algunos de los representantes más importantes de ésta concepción clásica fueron: Charles Rousseau, Paúl Fauchille, Antonio Truyol y Serra, Bonfils, Carlos Calvo, Manuel Francisco Mármol, Kelsen, Korovín y Fermín Toro. Definición Moderna. Es el conjunto de normas jurídicas que regulan no sólo la relación entre los estados (ya que no son las únicas entidades del Derecho Internacional Publico) sino que también regulan las relaciones entre otros sujetos como son: * Los organismos internacionales. * Los grupos beligerantes. (Naciones que están en guerra) * Los territorios fideicometidos. * La Santa Sede (Vaticano). * Las organizaciones internacionales. (Personalidad jurídica). * El individuo. (Destinatario real de toda norma jurídica). Fundamento del derecho internacional público: El Derecho Internacional Público tiene su base en la necesidad de los estados (y de todos los sujetos del D.I.P) de vivir en armonía, de mantener un ambiente de paz, en el que se garanticen los derechos fundamentales de toda la comunidad internacional. Por esa razón se dice que el fundamento del Derecho Internacional Público está representado por la función social, precisamente por la necesidad de evitar los actos de violencia para lograr una convivencia respetuosa y agradable entre las partes. Derecho internacional público Concepto y nociones preliminares Se puede definir el derecho internacional como el conjunto de normas jurídicas que, en un momento dado, regulan las relaciones –derechos y obligaciones- de los miembros de la sociedad internacional a los que reconoce subjetividad en este orden. El derecho internacional público puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los Estados entre sí, o más correctamente, el derecho de gentes que rige las relaciones entre los sujetos o personas de la comunidad internacional.
...