Derecho Romano Adopción
Enviado por laromero • 10 de Febrero de 2015 • 1.467 Palabras (6 Páginas) • 299 Visitas
TEMA 1.
LA ADOPCIÓN EN DERECHO ROMANO.
• CONCEPTO.
La Adopción es una institución del derecho civil cuya finalidad consiste en establecer entre dos personas extrañas las mismas relaciones civiles que existen entre el pater familia y el hijo nacido de matrimonio legítimo.
En Derecho Romano, la adopción era uno de los modos de crear la Patria Potestad y consistía en un acto jurídico por el cual se introduce un extraño en la familia, en calidad de hijo o de nieto.
• FUNDAMENTO
La Adopción encuentra sus fundamentos en el Derecho Romano, en las instrucciones religiosas, ya que todos los romanos tenían una religión propia, es decir, una religión familiar en que los dioses eran:
1.- Los Lares: Representaban los fundadores de la Familia.
2.- Los Manes: Eran los antepasados ilustres.
3.- Los Penates: Eran los dioses encargados del aprovisionamiento.
Esta religión familiar era la " Sacre Privata" y la conservación de ella era preocupación constante de los romanos, que no querían morir sin dejar herederos, de donde nació la idea del testamento; no querían que se perdiera su culto doméstico y cuando no tenían hijos propios a quienes esta misión, los buscaban en otra parte.
• CLASES DE ADOPCIONES.
1.- Adrogatio o Adrogacion: Es la adopción de un sui juris por otro sui juris.
Procedimiento.
Primitivamente la arrogación se hacía por los comicios, pero no se sabe claramente cuál era el procedimiento.
Se supone que el padre concurría al comicios; manifestaba allí su deseo de arrogar a una persona quien prestaba su consentimiento, y entonces el comicios aprobaba; es aceptable esta teoría, porque las peticiones que se hacían al comicios, solo podían hacerse por el rey o por el pontífice máximo (que lo era el rey en los primitivos tiempos), por medio de una rogación o (adrogatio); de ahí el nombre arrogación).
Entonces sería el rey o el sumo pontífice quienes harían la adrogatio y no el padre.
Luego la adrogación habría sido una ley, lo que se explica porque iba a suprimir a un Pater y crear la Patria Potestad con su consecuencia de que pasaría el patrimonio del drogado al arrogante. Hay quienes creen, pues que el comicios prestaba su aprobación y otros que creen que solo se trataba de dar conocimiento al pueblo de la creación de este Vínculo.
Desaparecido los comicios en tiempos del imperio, la arrogación se hizo por rescripto del príncipe y tenía todos los caracteres de una ley; las condiciones para que se efectuara por este modo eran que el arrogante no tuviera descendencia legítima, y que la arrogación fuera de utilidad para el arrogado.
Requisitos:
a) el adoptante debe tener más de 60 años y no poseer hijos.
b) que por una causa justificada no le sea posible la procreación.
c) que no sea por motivos humillantes.
d) se requiere del consentimiento del adrogado.
Efectos:
a.- Hacer Alieni Juris a una persona Sui Juris.
b.- Someter a la Patria Potestad del arrogante al arrogado.
c.- Someter a la misma potestad a los hijos del arrogado.
d.- Hacer pasar al patrimonio del arrogante el del arrogado.
e.- Crear el Vínculo de la Familia agnaticia.
2.- Adopción propiamente dicha: cuando un sui iuris adopta a un alieni iuris, es decir, se refería a la adopción de las personas Alieni Juris o sea, de las que están sometidas a un poder extraño.
Procedimiento.
La adopción se hacía por la Mancipatio que consistía propiamente en una venta. La persona bajo cuya Patria Potestad que, como el derecho de propiedad, era indeleble.
El comprador emancipaba al hijo, pero como la organización de la familia era la plebeya, el hijo que dentro de ella se refutaba como propiedad del Pater, volvía al poder del padre nuevamente. Volvía el padre a venderlo, y otra vez el comprador lo emancipaba, recuperando nuevamente el padre la Patria Potestad; lo vendía por una tercera vez si quedaba totalmente roto el vínculo de la agnación, y el hijo pasaba a ser del adoptante.
Estas formas se perdieron en el nuevo derecho, y bastó simplemente con una declaración hecho por el adoptante con el consentimiento del adoptado y de la persona bajo cuya potestad estaba.
Requisitos:
a) el adoptante debe tener 18 años más que el adoptado.
b) solamente el hombre puede adoptar.
c) el adoptante no debe tener hijos a los cuales perjudicaria la adopción.
d) no se requería el consentimiento del adoptado, pero este al menos no debe oponerse a la adopción.
Efectos.
Los efectos de la adopción en el antiguo derecho eran los mismos que los de la arrogación, con la excepción de que no hacía Alieni Juris a una persona puesto que ya lo era. Esos efectos eran:
a.- Someter
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