Derecho Romano
Enviado por Frinepadilla1974 • 17 de Marzo de 2014 • 2.824 Palabras (12 Páginas) • 231 Visitas
DERECHO ROMANO.
El derecho... Lo bueno y lo justo
Ius
Derecho objetivó : es aquel conjunto d normas obligatorias q regulan las relaciones sociales(obligatorias)
Derecho subjetivo : es la facultad q tiene una persona de usar o ejercer un derecho por la norma.
La iustitia(justicia)
Ulpiano lo define como la voluntad firme y constante de dar a cada quien lo suyo.
Preacepta iuris (preceptos jurídicos)
Los preceptos jurídicos es la forma general en el que el derecho objetivó impone deberes a los hombres
TRES PRECEPTOS JURÍDICOS
VIVIR HONESTAMENTE
NO DAÑAR A OTRO
DAR A CADA QUIEN LO SUYO
EQUITAS (igualdad
Otorga igualdad y protección d derechos a los seres humanos.
IURISPRUDENTIA(jurisprudencia )
Es igual a la jurisprudencia el conocimiento de las cosas divinas y humanas , y ciencia d lo justo y lo injusto.
DIFERENCIA ENTRE DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO
derecho público : regula las relaciones jurídicas entre el estado y los particulares
Derecho privado : regula las relaciones entre particulares
DERECHO NATURAL
Que esta integrado por leyes naturales que se les impone a seres animados a diferencia del ser inanimado
DERECHO DE GENTES
Son reglas aplicables a todos los pueblos sin distinción d nacionalidad.
DERECHO CIVIL
El derecho civil consagra reglas específicas para cada pueblo d acuerdo a su legislación en las cívitas (ciudades)
LAS FUENTES DEL DERECHO CIVIL(estudia).
1- la costumbre
2-Lexrogata(buscarTAREA)
3-El plebiscito
4-El Senado consulto(TAREA)
5-La jurisprudencia
6-las constituciones imperiales
16/11/13
PERSONAS: máscara
Físicas ... Aptitud legal---- capacidad de goce y capacidad d ejercicio
Morales_ conocida como corporaciones ( es aquella q tiene derechos y obligaciones de representación común con un patrimonio diferente al de sus miembros o integrantes )
Kensel ... El hombre es un centro de imputación de. Derechos y obligaciones
Imputación = hacer = acción
|No hacer = omisión
|
Persona
Persona es aquella que tiene la aptitud de ser titular de derechos y obligaciones
Clasificación de las personas según gallo basado en la posesión o la pérdida de la libertad
Tenencia: derecho de tenerlo
HOMBRES LIBRES:
ciudadanos romanos o peregrinos ingenuos ( nacieron libres)
libertinos ( nacen libres y se convierten en esclavos y recuperan la libertad)
Dentro de un matrimonio siguen la condición del padre
ESCLAVOS(cosa)
Se convierte en liberto en relación con su amo por manumisión (perdón del esclavo)
Sui iuris : sólo será varón pater familia ( no depende de alguien)
Alieni iuris: sujetos a la potestad de otra personas( hijos, esposas)
ESTADO DE LIBERTAD (status libertatis)
Los esclavos: la esclavitud ( servítus) es una institución jurídica por la cual un individuo se encontraba en calidad de cosa , que pertenencia a otro quién podía disponer de el como sí se tratara de un objeto de su patrimonio no es sujeto de derechos, no puede ser parte de ninguna relación jurídica ( nace del consentimiento) no pueden tener patrimonio, no pueden comparecer a tribunales , no tienen capacidad jurídica , conserva su capacidad natural en su relación marital , puede tener peculio (dinero)siempre dado por su amo.... Pero no es de propietario pero como poseedor ..... Potestas que ejerce el amo sobre ellos ... Estado de libertad nulo...
23/11/13
Causas por las q puede ser esclavo x nacimiento, por causas posteriores al nacimiento : por pena o por traición a la ciudadanía , por no inscribirse al censo , por destierro, por ser prisionero de guerra
Causas para dejar de ser esclavo
Por voluntad de la ley, (por a ver prestado un servicio al pueblo)
Por voluntad del amo manunite (bajo el poder del amo)
Manunicion formal.. Es el perdón que se le daba en la iglesia y se le nombraba sacrosantis eclestis(ante el obispo , en día de Pascua , se hacía la declaración el dominós en escrito o libelus, además era firmada, bajo el imperio de Constantino , se firma
Manunicion informal .... Ir até los amigos que se llama Inter amicos o invitándolo a compartir la mesa o se lo hacía saber por una carta per epístola
Las dos leyes que rigen la manumisión de los esclavos y que los limitaba
LA AELLA CENTIA era referente a la manumisión por bendita, que era q el dominós tenia q tener 20 años el dominus y el esclavo tener 30 , con excepción era cuando era la madre, nodriza, del tutor o de la futura esposa, aquí no interesaba la edad,
Fufia caninia , esta se refería a la manumisión por testamento , el que tuviera hasta dos esclavos podía perdonar a los dos de dos a diez podía perdonar a la mitad , de once a veinticinco un tercio de veintiséis a doscientos hasta un cuarto y más de doscientos un quinto
Al qué escapara de su cautiverio
Tres clases d LIBERTOS
LOS LIBERTOS: se hacen libres, que son ciudadanos romanos estos son los manumitidos de forma solemne y además respetando la ley alía CENTIA( se les respetaba el derecho ius público) carecían del ius honorum ( no podían crear leyes) tenían el ius sufragis( a votar) pero solamente en las tribus urbana
LIBERTOS latinos iunianos: son manumitidos de manera formal pero no tenían la edad por lo tanto eran una categoría inferior a la anterior carecían del sufragium, no podían testar, ni ser heredero , podían ascender a ciudadanos romanos , pero según lupia no vivían como libres pero morirá como esclavos , respecto al ius privatum uno es el derecho al matrimonio , sólo tenían derecho a ser concubina , tenían derecho al comercio
LIBERTOS Dediticius
Estos eran esclavos por su propio delito y que han sido manumitidos pero que tienen una prohibición no pueden vivir en Roma en un radio de cien millas al rededor
INGENUOS: nacen libres
30/11/13
LOS COLONOS
son
...