Derechos Ambientales
Enviado por elmeramaya • 22 de Noviembre de 2014 • 980 Palabras (4 Páginas) • 199 Visitas
CAPITULO: DE LOS DERECHOS Y DEBERES AMBIENTALES Y TRANSGENERACIONALES
ARTÍCULO 1. Derechos y deberes transgeneracionales. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del futuro. Mediante la utilización ambientalmente sostenible de los recursos naturales.
ARTÍCULO 2. Derechos a un ambiente seguro y saludable. Todos tienen derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y un ambiente seguro y saludable en todas sus manifestaciones, así como del valor escénico y paisajístico.
ARTÍCULO 3. Del patrimonio ambiental y su protección. El estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética y humana, los procesos ecológicos y los bienes jurídicos ambientales que conforman el patrimonio común e irrenunciable de las generaciones presentes y futuras. Una Ley Orgánica regulará la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente.
ARTÍCULO 4. De las aguas. Las aguas son bienes del dominio público de la nación. Todos tienen derecho a consumir agua limpia, pura y potable, y el deber de utilizarla racionalmente. La Ley establecerá las disposiciones necesarias a fin de garantizar su protección y uso ambientalmente sostenible, respetando las fases del ciclo hidrológico. El Estado protegerá de manera especial la cuenca hidrográfica o el sistema de cuencas que constituyen el espacio de síntesis de la gestión ambiental, sin perjuicio de la división político-territorial.
ARTÍCULO 5. De la Atmósfera y el aire. Todos los poderes públicos, personas naturales y jurídicas están en la obligación de contribuir a la conservación de la atmósfera y el derecho a disfrutar un aire sano. A estos fines el Estado promoverá el aprovechamiento y uso de fuentes alternas, renovables, de energía primaria, facilitando la diversificación, ahorro y eficiencia energética.
ARTÍCULO 6. Protección de los suelos. Todos los poderes públicos, personas naturales y jurídicas están en la obligación de proteger y conservar los suelos contra las actividades que conduzcan a su degradación, contaminación y desertificación. La Ley establecerá las normas jurídicas y criterios técnicos que ordenen el uso de los suelos de acuerdo a su vocación, características ecológicas, capacidad productiva y sustentabilidad.
ARTÍCULO 7. De la vida silvestre. Todos los poderes públicos, personas naturales y jurídicas, están en la obligación de proteger y conservar la vida silvestre en todas sus manifestaciones: fauna, flora y microoganismos. Promoviendo su utilización ambientalmente sostenible.
ARTÍCULO 8. De las playas. Las playas marítimas, lacustres y fluviales, así como las zonas costeras son bienes de dominio público. La Ley establecerá la disposición y normas para el saneamiento, conservación y uso de las playas y zonas marinos y costeras.
ARTÍCULO 9. Educación ambiental. La educación ambiental es obligatoria en todos los niveles y modalidades del sistema educativo. Así como también en la educación no formal. Los planes de estudios deberán incluir áreas, asignaturas, temas y programas de investigación relacionados con los problemas ambientales, el desarrollo ambientalmente sostenible y la ética ecológica.
ARTÍCULO 10. De la participación social en el desarrollo ambientalmente sostenible. Todos tienen derecho a participar a ser consultados, informados debidamente, oídos y tomados en cuenta en el diseño de las políticas de planificación, ordenación y desarrollos
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