Los Derechos Ambientales
Enviado por miljuly.lara19 • 7 de Junio de 2015 • 501 Palabras (3 Páginas) • 138 Visitas
En nuestro estudio contextualizamos la idea de mantener dentro del Derecho Ecológico, toda la normativa que se refiera a la actividad y tratamiento genérico de los recursos naturales en el territorio nacional; sobre los cuales hace su regulación la Ley, tanto en el aspecto de la soberanía nacional, como en la regulación de la conducta de residentes y transeúntes para la protección del medio ambiente. Incluimos dentro de este Derecho todo lo relativo al tratamiento de los recursos naturales, el manejo de la naturaleza para la explotación de los recursos dentro del concepto del mantenimiento del “equilibrio ecológico y la diversidad biológica”, dando la mayor relevancia a la protección y mantenimiento del Medio Ambiente. En este sentido, enunciaremos el fundamento básico constitucional y en algunos casos, hacemos referencia y enunciamos como extracto el articulado de algunas de las leyes que reglamentan la materia.
TITULO II
Des espacio geográfico y la división política
Capitulo IX
De los derechos ambientales
Artículo 127. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.
Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.
En los contratos que la República celebre con personas naturales
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