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Desarrollo Endogeno


Enviado por   •  6 de Octubre de 2014  •  2.720 Palabras (11 Páginas)  •  179 Visitas

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DESARROLLO ENDOGENO

Es un modelo de desarrollo que busca potenciar las capacidades internas de una región o comunidad local; de modo que puedan ser utilizadas para fortalecer la sociedad y su economía de adentro hacia afuera, para que sea sustentable y sostenible en el tiempo. Es importante señalar que en el desarrollo endógeno el aspecto económico es importante, pero no lo es más que el desarrollo integral del colectivo y del individuo: en el ámbito moral, cultural, social, político, y tecnológico. Esto permite convertir los recursos naturales en productos que se puedan consumir, distribuir y exportar al mundo entero.

MARCO TEÓRICO DE DESARROLLO ENDÓGENO

El Desarrollo endógeno es un modelo de desarrollo que busca potenciar las capacidades internas de una región o comunidad local; de modo que puedan ser utilizadas para fortalecer la sociedad y su economía de adentro hacia afuera, para que sea sustentable y sostenible con el tiempo.

Concebir lo endógeno como desarrollo desde dentro, constituye el corazón del modelo económico que se construye en la Revolución Bolivariana para luchar contra la injusticia y la pobreza. El cambio en las estrategias de desarrollo económico está dirigido a potenciar las fortalezas internas del país. Así productores y productos, territorios y ambientes se enlazan con la capacidad para generar tecnología y la fuerza cultural con la cual se manifiesta la identidad local, para construir el camino de la revolución productiva.

El desarrollo endógeno se basa en el cambio del sistema productivo del país, para que cada región sea capaz de transformar sus recursos naturales en bienes y servicios que multipliquen el empleo y el bienestar social, lo que garantiza la calidad de vida para las personas y el medio ambiente.

Por ejemplo: El maíz se da mejor en Guárico, las hortalizas en Mérida, los plátanos en el Zulia y el Vigía, el turismo en Margarita y el Estado Bolívar (Gran Sábana).

ANTECEDENTE

En cualquier búsqueda del conocimiento, el hombre alcanza sus objetivos por medio de acciones u operaciones sistemáticas, nunca a través de una sola regla, sino de una serie de ellas.

En este sentido, ese carácter sistemático, gradual y escalonado hacia un objetivo específico lo hace sinónimo de planificación, una planificación con cimientos científicos y planteamientos tecnológicos que abarcan a los problemas sociales.

Pacey (1983) confirma que las expresiones científicas nos conducen a expresiones tecnológicas y sociales. En este caso planteando el aspecto científico, y distinguiendo los aportes tecnológicos y sociales se va a desarrollar en este trabajo el Planteamiento del Desarrollo Endógeno en Venezuela.

El Objetivo fundamental es esbozarlas diferencias fundamentales entre la concepción tradicional de la ciencia y la tecnología y el enfoque Ciencia-Tecnología-Sociedad tomando como perspectiva el Desarrollo Endógeno en su planteamiento científico.

Haciendo uso de herramientas tecnológicas para la solución de problemas sociales como la Pobreza y la Transformación Económica de un país como Venezuela, en proceso de cambio a partir del 2004.

Cabe destacar que el enfoque de la medición de la pobreza en la población venezolana, no es a partir del crecimiento económico, ni mucho menos del peor punto de vista neoclásico a partir del ingreso, como lo hacen instituciones tales como el Banco Central de Venezuela (BCV) y el Instituto Nacional de Estadística (INE), el enfoque referido es hacia el Desarrollo Económico Endógeno en donde se evidencia el impacto en las condiciones de mejoramiento de vida, a partir de la condiciones educativas, socio productivas, y de beneficios sociales, cuyo progreso de bienestar social impactará en el Índice de Desarrollo Humano de manera mediata, ya que esto mejorará en la esperanza de vida, en los niveles educativos y en el ingreso del pueblo venezolano.

BASES LEGALES

Según lo establecido en la Constitucion Bolivariana de Venezuela

Artículo 70. °

Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.

La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo.

Artículo 118. °

Se reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, así como de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. Estas asociaciones podrán desarrollar cualquier tipo de actividad económica, de conformidad con la ley. La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos.

El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular y alternativa.

LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES

Artículo 22. Funciones de la Unidad de Gestión Financiera. Son funciones del Banco Comunal:

(a) Promover la constitución de cooperativas para la elaboración de proyectos de desarrollo endógeno, sostenibles y sustentables.

(b) Promover formas alternativas de intercambio, que permitan fortalecer las economías locales.

(c) Promover el desarrollo local, los núcleos de desarrollo endógeno y cualquier otra iniciativa que promueva la economía popular y solidaria.

Esta ley tiene como propósito unir a las comunidades organizadas y grupos vecinales por medio de la participación ciudadana; a su vez destaca que las personas constituidas bajo este tipo de organización deben promover y desarrollar las nuevas formas de participación económica que se desarrollan actualmente en el país.

LEY DE COOPERATIVA

Cooperativa, es una asociación de personas que se han agrupado voluntariamente para lograr un objetivo común, mediante la constitución de una empresa, democráticamente dirigida, aportando una cuota equitativa del capital necesario y

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