EL HOMICIDIO
Enviado por yrneh02 • 16 de Febrero de 2014 • 968 Palabras (4 Páginas) • 263 Visitas
DEFINICION DEL CONCEPTO DE HOMICIDIO, HOMICIDIO POR OMISION Y EL SUICIDIO.
EL HOMICIDIO es el resultado de una acción u omisión mediante el cual se priva de la vida a otra persona ya sea dolosa o culposamente.
El término procede etimológicamente del latín homicidĭum, homo: hombre y caedere: matar; Por lo que significaría matar un hombre. Es una conducta reprochable, es decir típica, antijurídica y por regla general culpable (excepto en casos de inimputabilidad, donde no se es culpable pero sí responsable penalmente), que consiste en atentar contra el bien jurídico de la vida de una persona física. El homicidio se castigará con la pena de treinta años de trabajos públicos, cuando su comisión preceda, acompañe o siga otro crimen. Igual pena se impondrá cuando haya tenido por objeto preparar, facilitar o ejecutar un delito, o favorecer la fuga de los autores o cómplices de ese delito, o asegurar su impunidad. (Art. 304 del código penal de la República Dominicana).
El homicidio tiene cinco clasificaciones generales atendiendo el elemento subjetivo del agente:
HOMICIDIO DOLOSO: cuando exista la intención positiva de inferir la muerte a la víctima. Es decir, que el sujeto activo tiene la capacidad de querer y entender las consecuencias de su conducta y producir el resultado de muerte.
EL HOMICIDIO INTENCIONAL O VOLUNTARIO: es el que se comete a sabiendas y con intención, esto es con conocimiento de lo que se hace y con ánimo de quitar la vida. El agente efectúa su conducta con "animus nicandi", ose que existe la premeditación, que podemos definirla como el designio formado ante de la acción, de atentar contra la vida de un individuo determinado o contra aquel a quien se halle o encuentre aun cuando ese designio dependa de algunas circunstancias o condición. (Art. 297 del código penal de la República Dominicana); además con acechanza, que consiste en esperar, más o menos tiempo, en unos o varios lugares, a un individuo cualquiera, con el fin de darle muerte, o de ejercer contra el actos de violencia. (Art. 298 del código penal de la República Dominicana).
HOMICIDIO INVOLUNTARIO, también llamado homicidio culposo o negligente: El que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él. (Art. 298 del código penal de la República Dominicana). Cuando se conoce el posible resultado de muerte y sin embargo se cree poder evitarlo, pero falla y ésta se produce. También se presenta cuando definitivamente se ignora dicho resultado, pero de igual forma se mata. La punibilidad en este caso surge amparada por el deber que toda persona tiene de abstenerse de causar daño a otra, y las acciones carentes de intención y omisiones que conlleven a la muerte serán susceptibles de juzgarse conforme a las leyes penales.
HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL: hace mención al desbordamiento de las intenciones del causante, en las que primitivamente se quiso dañar, pero que desafortunadamente resultó matándola. Por ejemplo, si se desea simplemente golpear a alguien para
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