El Ius Puniendi, en el paradigma de la nueva concepción legal en el Ecuador
Enviado por Katherin Leon • 25 de Junio de 2016 • Documentos de Investigación • 1.100 Palabras (5 Páginas) • 506 Visitas
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NOMBRE: KATHERIN LEON
CARRERA: JURISPRUDENCIA
ASIGNATURA: DERECHO PENAL
DOCENTE: DR SANTIAGO MORALES
El Ius Puniendi, en el paradigma de la nueva concepción legal en el Ecuador
Según un diccionario jurídico establecido podemos poner en conocimiento la conceptualización del ius puniendi como tal nos menciona:
El Derecho Penal subjetivo se identifica con el ius Puniendi, que significa el derecho o facultad del Estado para castigar. El ius puniendi sólo es potestativo del Estado, pues es el único con facultades para conocer y decidir sobre la existencia de un delito y la aplicación de la pena.
Cotarelo,J.(2008) Nos menciona que :
[pic 2]El Derecho Penal es analizado por la mayoría de los tratadistas en dos sentidos: el objetivo, que se refiere a todo su entramado normativo, y el subjetivo, entendido como el derecho del Estado a crear normas para castigar, y aplicarlas (el ius puniendi).
Cotarelo,J.(2008) Nos menciona que :
El Derecho Penal objetivo es pues, el medio empleado por el Estado para ejercer su poder punitivo, y que Mir Puig define como: Conjunto de prescripciones jurídicas que desvaloran y prohíben la comisión de delitos, y asocian a éstos, como presupuesto, penas y/o medidas de seguridad, como consecuencia jurídica
Un aspecto básico del derecho penal del cual se basa especialmente el ius puniendi es que el estado tiene la potestad de imponer castigos a todas aquellas personas que violen la ley de manera coercitiva de todos los aspectos básicos establecidos en la constitución de la república del Ecuador y el ordenamiento jurídico establecido de las cuales el estado tiene la potestad de lo dicho anteriormente de sancionar a todos aquellos que sean capaces de cometer actos ilícitos en contra de los mismos también podemos observar que tenemos encaminado y tipificado el principio de legalidad en donde nos menciona que no puede haber una pena si no ha existido un delito cometido por alguien. De lo cual el estado también nos hace mención que tiene la obligación de proteger todos los derechos de las personas y promulgar el cumplimiento de las leyes implementando el ius puniendi como mecanismo para poner un freno y contrapeso a todas las acciones del estado en cuanto a la regulación de las normas y aplicación de las leyes.
[pic 3]Nos podemos regir en un ejemplo claro de la constitución de la república del Ecuador en donde nos menciona en el Art 76 numeral 3 que ha estipulado que nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto que al momento de cometerse no se encuentre tipificado en la ley como infracción penal, administrativa o de diversos tipos de naturaleza.
Para lo cual nos manifiesta que a través del tiempo ha habido una gran evolución en donde ya no se puede ocupar la venganza privada o de sangre si no que ahora el fin de la sociedad es proteger a los individuos que se encuentran en ella promoviendo el bienestar de los mismos y preponderando el derecho a la vida el cual es el más importante de acuerdo a la legislación Ecuatoriana de lo cual se tiene que evitar todo tipo de delitos provenientes de cualquier naturaleza e imponiendo las sanciones necesarias no de manera coercitiva a aquellos que han cometido dicho delito
Para lo cual podemos retomar que el ius puniendi es la capacidad que tiene el estado para ejercer la acción de castigar a aquel que ha cometido cierto tipo de delito los actos que no vayan de acuerdo y conforme con la ley o el ordenamiento jurídico se encuentras en palabras básicas como desacato o hayan vulnerado cualquier derecho personal o real de las personas dichas tales serán castigadas imponiendo una pena de acuerdo a ley tipificada respetando el ordenamiento jurídico como es la constitución de la república del Ecuador de los cuales tenemos diversos autores que manifiestan sus comentarios como:
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