Juicios Orales
Enviado por mariaguiar • 12 de Septiembre de 2013 • 2.893 Palabras (12 Páginas) • 315 Visitas
JUICIO ORAL
El conflicto es una parte ineludible de nuestra vida cotidiana, al grado de que podemos afirmar que es el resultado inevitable de una sociedad altamente compleja, competitiva y muchas veces litigiosa. En nuestras relaciones personales o de negocios, cada cual tiene sus propias ideas, opiniones y necesidades; la forma de abordar nuestras diferencias con otros puede determinar la calidad de nuestras vidas. Mientras que algunos conflictos son simplemente molestias menores que aceptamos como un componente natural de nuestra existencia, otros evitan que nuestras relaciones se realicen en todo su potencial y algunos llegan a ser tan severos que causan irreparables daños a individuos, familias, medios laborales y comunidades enteras. Aprender como abordarlos efectivamente es cada vez mas una habilidad esencial que toda persona o grupo necesita, sin importar la edad, el papel social, la profesión, el contexto cultural y las creencias. Muchas veces, la gente evita sus diferencias para no enfrentar dificultades.
Las personas sufren cuando no tienen al lado sus enfrentamientos no han sido solucionados con eficiencia y cuando los individuos o grupos de individuos no se les ha permitido contribuir con su valor y habilidades para mejorar las relaciones humanas en la comunidad o en la sociedad. Mucha gente se ha acostumbrado de tal forma a ver las diferencias como amenazas inevitables que ignora el potencial que poseemos de usar nuestras diferencias para el mutuo crecimiento.
El Estado tiene que garantizar a todos los individuos de la sociedad las prerrogativas elementales que debe gozar el ser humano, pero a su vez velar por su respeto y establecer los mecanismos legales para su tutela, con este propósito han surgido los sistemas de justicia y los procedimientos para procurar y administrarla.
II. DESARROLLO
El Poder Judicial es el encargado del ejercicio de la función de administrar e impartir justicia. Tiene una estructura diseñada para cumplir con esas funciones de la mejor manera; pero resulta que la demanda social esta creciendo con tal rapidez que la oferta del sistema basado en las formas jurídicas tradicionales es insuficiente.
Uno de los temas que se analizan en el amplio ámbito de la administración de justicia, es el de la duración y el costo del litigio. En diversos foros se afirma constantemente que la justicia a nivel federal y de los demás Estados es lenta y que existe corrupción en los despachos judiciales; que éstos están congestionados; el costo del litigio es cada vez más alto y el acceso a la justicia no tiene cobertura deseable.
Una gran mayoría de las personas que tienen algún litigio en los tribunales de justicia, no comprenden en absoluto en qué consiste el proceso o de qué depende su resultado. La jerga y los procedimientos judiciales resultan incomprensibles para mucha gente; no tienen participación alguna en el desarrollo de su propio caso y deben confiar en el abogado que eligieron, o que les fue asignado, esperando que sea honrado y conduzca bien el proceso.
La relación entre la causa judicial y los involucrados termina por ser muy distante; éstos pierden control sobre aquél y el resultado es una enorme desconfianza hacia el sistema. Muchas veces es tan grave el estado en que se encuentra la impartición de justicia, que ni siquiera las personas que logran ganar un juicio se sienten satisfechas con el proceso; ya que los gastos, el tiempo que tuvieron que emplear en vigilar o atender el proceso judicial y el enfrentamiento que necesariamente supone contra la otra parte son motivos más que razonables para que muchos consideren, en caso de ganar, que sólo es una victoria a medias, una victoria práctica. Por lo que es más probable, que en esas condiciones, muchos hubiesen preferido emplear menos tiempo, menos esfuerzo y menos encono con la contraparte; sobre todo si después del juicio tienen que mantener alguna relación con ella.
Estos son algunos de los elementos que se han tenido en cuenta para reflexionar sobre la necesidad imperiosa de encontrar soluciones reales al problema de justicia. De ahí la tarea del Estado de proponer reformas, diseñar esquemas que resuelvan los problemas de fondo y que fomenten y procuren soluciones al de la impartición de justicia; a través de procedimientos que efectivamente permitan atender la demanda de solución expedita y justa de los conflictos entre los ciudadanos, sin que esto signifique que se pierda el papel que tiene el Estado como garante de los derechos en el funcionamiento del sistema de impartición de justicia.
La oralidad no es el único sistema de impartición de justicia que garantice la protección de los derechos esenciales, pero sí facilita de mejor manera la realización de tales fines, ya que permite entre otras cosas la inmediación y contacto directo de los sujetos del proceso con los elementos probatorios, bajo las reglas de concentración y continuidad; hace realidad el principio del “contradictorio”, es decir, que los sujetos intervengan controlando, discutiendo o “contradiciendo” las pruebas y argumentos unos de otros. Garantiza, asimismo, la publicidad y el control ciudadano sobre el juzgamiento de los individuos, bajo un régimen de libre apreciación probatoria (sana crítica) y con la exigencia (para los jueces de derecho) de justificar debidamente sus decisiones (deber de fundamentación). Por el contrario, el sistema de escritura llevó al proceso penal al extremo de la ritualización (abuso en los trámites; lentitud de los procedimientos; excesos en la aplicación de la prisión preventiva, etc.), a la pérdida de la inmediación de la prueba (ésta no se recibe directamente del juez sino por intermediarios); entre otras dificultades que la doctrina mayoritaria y la práctica judicial han señalado reiteradamente.
Muchos de los conocedores del tema plantean una controversia artificiosa; escritura contra oralidad. La oralidad ha sido el aspecto que más se defiende con la espacial vehemencia, no sólo en congresos simposios y otro tipo de reuniones de carácter académico, pues se estima que la oralidad permite una mayor y mejor oportunidad de proteger y tutelar los derechos fundamentales de las personas, tanto de quienes son llevados a juicio, como de aquellos que han sido victimizados, directa o indirectamente y que esta protección puede ser cumplida mejor mediante la oralidad que siguiendo la forma escrita.
La oralidad en el juicio consiste en que los argumentos de las partes, la presentación de la prueba y el dictado de la sentencia deben expresarse verbalmente, pero no por ello significa que todo lo dicho en la audiencia no quede registrado por escrito o que la sentencia no conste en documento. Los principios
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