La interdicción judicial
Enviado por yosuhanny • 17 de Diciembre de 2013 • Trabajo • 1.247 Palabras (5 Páginas) • 266 Visitas
henrymarLA INTERDICCIÓN JUDICIAL
La interdicción judicial, es la privación de la capacidad de ejercicio de una persona, que ha sido sometido a un proceso judicial de forma previa.
Mediante la interdicción judicial, lo que se busca es ponerle límites a las facultades con las que cuentan los seres humanos, una vez adquirida la mayoría de edad. Tal como lo establece el artículo 581º: "La demanda de interdicción procede en los casos previstos pro los incisos 2) y 3) del artículo 43º y 2) a 7) del artículo 44º del Código Civil."
A. CASOS EN QUE PROCEDE
1. Los que por cualquier causa se encuentren privados de discernimiento que viene a ser la ineptitud para percibir o distinguir las diferencias en relación a aquello que guarda conformidad con nuestra conveniencia o sentido moral, lo que se determina con un examen psicológico y de comprensión. Realizado por un perito médico.
2. Los sordomudos, los ciegosordos y los ciegomudos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable, la voluntad cuenta con tres momentos: el discernimiento, la intención y la libertad. El primero, fue explicado en el párrafo precedente. El segundo, es el querer hacer algo después de haber discernido. El tercero, es el no estar presionado para que puedas manifestar tu voluntad.
3. Los retardados mentales, es poseer un coeficiente intelectual inferior a 69 puntos y se mide con pruebas reconocidas. No es una enfermedad sino un defecto que se puede deber a múltiples causas. Quien tiene retardo mental no elabora correctamente su pensamiento y, por tanto, puede no tener el grado de formulación y expresión de voluntad que el derecho considera adecuado para actuar por si mismo."
4. Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad, viene a ser el detrimento o menoscabo, de las facultades mentales, se realice de manera consecutiva y sucesiva, es el no poder ejercer sus derechos de forma útil, eficiente y adecuada, para que, así, gobierne su vida de forma normal, donde encontramos dos características: Deterioro mental normal, que se produce por el avance de la edad adulta y que se inicia aproximadamente a partir de los veinticuatro años. Deterioro mental patológico, que se produce por afección orgánica y que tiene la característica de no ser reversible. El caso más conocido es el de la arterioesclerosis en la tercera edad.
5. Los pródigos, puede ser declarado pródigo el que teniendo cónyuge o herederos forzosos dilapida bienes que exceden de su porción disponible. La libre disposición de los bienes está regulado de acuerdo a la descendencia o no, con la que cuenta.
6. Los que incurren en mala gestión, debe determinarse si es que el sujeto demandado ha perdido más de la mitad de sus bienes. Si tiene cónyuge o heredero forzoso. Debe quedar claro fehacientemente que la pérdida ha sido producto de la mala gestión.
7. Los ebrios habituales, donde la persona se pierde sus facultades psicomotrices o no puede gobernar su vida, esta situación produce con mucha frecuencia "psicosis paranoide, delirium, alucinosis, sicosis con perdida de discernimiento".
8. Los toxicómanos, viene a ser el drogadicto, que tiene que seguir consumiendo droga. La toxicomanía genera tres efectos: Dependencia, de naturaleza psíquica. Habituación, de naturaleza biológica. Síndrome de abstinencia o privacidad, cuando se suprime la droga. Se ha establecido determinadas reglas comunes, al momento de nombrar curador a los ebrios habituales y a los toxicómanos.
B. LA DEMANDA DE INTERDICCIÓN
Una demanda de interdicción deberá reunir los requisitos de admisibilidad y procedencia que se exigen para toda acción civil, siendo los artículos 130º, 424º, 425º y 582º del Código Procesal Civil.
Además de los anexos se acompaña: Si se trata de pródigos y de los que incurren en mala gestión: el ofrecimiento de no menos de tres testigos y los documentos que acrediten los
...