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Ley Penal


Enviado por   •  18 de Abril de 2014  •  5.784 Palabras (24 Páginas)  •  239 Visitas

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LA LEY PENAL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

VICERRECTORADO ACADÉMICO

DECANATO DE INVESTIGACIÓN, EXTENSIÓN Y POSTGRADO

SAN JOAQUÍN DE TURMERO- ESTADO ARAGUA

UNIDAD II

LA LEY PENAL

Autor (es):

Tovar, Yislecny

Fontenla, Ricardo

Macuart, MaríaMorales, Yadimar Valera, Angel

Prof. (a): Conopoima, Yeriny

San Joaquín de Turmero, noviembre, 2.010

ÍNDICE GENERAL

INTRODUCCIÓN……………………………………………………1

FUENTES DEL DERECHO PENAL…….…………………...…. 3

CONCEPTO DE LEY PENAL Y SU INTERPRETACIÓN……..7

LA LEY PENAL EN EL TIEMPO……………………………………..... 10

LA IRRETROACTIVIDAD …………………………………………….… 10

COMO PRINCIPIO BÁSICO. ……………………………………………11

TIEMPO DE LA PERPETRACIÓN DEL DELITO………………..…… 12

LEY PENAL EN EL ESPACIO …………………………………14

LIMITACIONES PERSONALES Y FUNCIONALES DE LA

LEY PENAL………………………………………………………………….16

CONCLUSIÓN………………………………………………….. 18

REFERENCIAS..…………………………………………………20

INTRODUCCIÓN

Para comenzar a conocer esta investigación es necesaria esta introducción, debido a que le haremos un breve recuento de lo que es para nosotros la fuente del derecho penal, además desarrollar las fuentes como formales, históricas, reales.

Es importante saber lo que es parar el derecho penal venezolano, la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina, los principios generales del derecho, con respecto a su aplicación, y esto lo veremos desarrollado a lo largo de la investigación, hasta así llegara lo que es el principio de la legalidad de los delitos y de las penas, nullum crimen sine praevia lege.

También veremos lo que es en si la ley penal y su interpretación, distinguiendo así sus tipos, de acuerdo al sujeto que la realiza, por su resultado o por el método empleado en su elaboración.

Y así llegamos al punto de definir lo que es la ley penal en el tiempo, y la irretroactividad de la ley como principio básico y conoceremos la ley penal en el espacio.

FUENTES DEL DERECHO PENAL

La fuente del derecho es aquello de donde el mismo emana, de donde y como se produce la norma jurídica. entonces, la única fuente del Derecho Penal en los que impera el principio de la legalidad es la ley, de la cual emana el poder para la construcción de las demás normas y su respectiva aplicación, por lo tanto, solo esta puede ser la creadora y fuente directa del derecho penal. Estas fuentes pueden ser:

Reales:

Son los fenómenos sociales que propician el surgimiento de una norma jurídica.

Históricas:

Son los medios objetivos en los cuales se contienen las normas jurídicas y constituyen el antecedente de otras.

Formales:

Son los procesos de creación de las normas jurídicas.

Las fuentes formales son:

Ley:

Manifestación de la voluntad soberana a través del órgano legalmente facultado mediante el procedimiento también legalmente establecido, y que crean situaciones generales, impersonales.

Costumbre:

La costumbre no es fuente del derecho penal, en los sistemas penales denominados continentales, es decir, en aquellos en los que impera el principio de legalidad, aunque pueda serlo de otras ramas del derecho. Esta integrada por la repetición reiterada de un acto y el sentido de obligatoriedad del mismo.

Jurisprudencia:

Doctrina creada a partir de resoluciones judiciales reiteradas y constantes sobre una materia, emitidas por los órganos jurisdiccionales legalmente calificados para ello.

Esta fuente clásica en el derecho anglosajón (Common law). No sólo en Estados Unidos o en Inglaterra la jurisprudencia es utilizada para la toma de decisiones, sino que todos los abogados tienden a buscar precedentes jurisprudenciales porque son los que le indican cómo interpretan los tribunales una determinada norma. Ahora bien, en los sistemas penales continentales la jurisprudencia no es fuente de derecho, así como tampoco lo es la analogía.

Doctrina:

No es fuente del Derecho penal aunque cumple importantes funciones de cara a la creación e interpretación de la ley penal. Y son opiniones provenientes de jurisconsultos sobre el Derecho Positivo.

Principios generales del Derecho:

Tampoco pueden ser considerados fuente del Derecho penal, aunque cumplen otras funciones al orientar y limitar la actividad legislativa; la interpretación o la aplicación de la ley penal. Estas son las máximas derivadas del Derecho Natural y que constituyen el espíritu de la legislación.

El principio de la legalidad de los delitos y de las penas: “Nullum crimen sine praevia lege”.

Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege es una frase en latín, que se traduce como "Ningún delito, ninguna pena sin ley previa", utilizada en Derecho penal para expresar el principio de que, para que una conducta sea calificada como delito, debe estar establecida como tal y con anterioridad a la realización de esa conducta.

Por lo tanto, no solo la existencia del delito depende de la existencia anterior de una disposición legal que lo declare como tal (nullum crimen sine praevia lege), sino que también, para que una pena pueda ser impuesta sobre el actor en un caso determinado, es necesario que la legislación vigente establezca dicha pena como sanción al delito cometido (nulla poena sine praevia lege).

Este es un principio legal básico que ha sido incorporado al Derecho penal internacional, prohibiendo la creación de leyes ex post facto que no favorezcan al imputado.

En el derecho penal se rige respecto de los de los delitos y las penas, postura originariamente defendida por Cesar Becaria, sin embargo fue Paul Alsem, quien estableció el principio en materia de derecho penal basándose en la máxima NULLUM CRIMEN, NULLA POENA SINE

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