Ley de impuesto sobre la renta (ISLR)
Enviado por anyerlin • 3 de Junio de 2014 • Tutorial • 6.780 Palabras (28 Páginas) • 292 Visitas
MARCO LEGAL
A continuación se presentan los fundamentos jurídicos de esta investigación dentro de un marco legal social.
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISLR)
Publicada en Gaceta Oficial N° 38.628 de fecha 16 de febrero de 2007.
Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta ley.
Esta ley se engloba con la empresa Ozono Vega C.A, ya que la misma dicta los impuestos y obligaciones que debe cumplir, siendo esto muy importante para el buen desenvolvimiento de la compañía, de esta manera se establecen los artículos más importantes de la presente ley.
A continuación se señala En el Título I de las Disposiciones Fundamentales, Capítulo II De los Contribuyentes y de las Personas Sometidas a esta Ley, los artículos 7, 9 y 11.
Artículo 7. Están sometidos al régimen impositivo previsto en esta Ley:
a. Las personas naturales.
b. Las compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada.
c. Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho.
d. Los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y el transporte, sus regalistas y quienes obtengan enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de hidrocarburos o de sus derivados.
e. Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades jurídicas o económicas no citadas en los literales anteriores.
f. Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional. Pág. 3
Relación con el proyecto
Este artículo le hace mención a la empresa Ozono Vega C.A, ya que le especifica que la misma debe cumplir con los parámetros que dicta la presente ley.
Artículo 9. Las compañías anónimas y los contribuyentes asimilados a éstas, que realicen actividades distintas a las señaladas en el artículo 11, pagarán impuesto por todos sus enriquecimientos netos, con base en la tarifa prevista en el artículo 52 y a los tipos de impuesto fijados en sus parágrafos. Pág. 5
Relación con el proyecto
Este artículo dicta que las compañías anónimas siendo la empresa ozono vega una de ellas, no pueden realizar actividades que se dediquen a la explotación de hidrocarburos o actividades conexas, Quedando excluidos del régimen previsto en este artículo, las empresas que realicen actividades integradas o no, de exploración y explotación del gas. De incumplir el presente artículo pagaran impuesto por todos sus enriquecimientos netos, es decir le evalúan un porcentaje de acuerdo a sus ingresos anuales.
Artículo 11. Los contribuyentes distintos de las personas naturales y de sus asimilados, que se dediquen a la explotación de hidrocarburos y de actividades conexas, tales como la refinación y el transporte, o a la compra o adquisición de hidrocarburos y derivados para la explotación, estarán sujetos al impuesto previsto en el literal b del artículo 53 de esta Ley por todos los enriquecimientos obtenidos, aunque provengan de actividades distintas a las de tales industrias.
Quedan excluidos del régimen previsto en este artículo, las empresas que realicen actividades integradas o no, de exploración y explotación del gas no asociado, de procesamiento, transporte, distribución, almacenamiento, comercialización y exportación del gas y sus componentes, o que se dediquen exclusivamente a la refinación de hidrocarburos o al mejoramiento de crudos pesados y extra pesados. Pág. 6
Relación con el proyecto
Todos los contribuyentes u empresas en este caso Ozono Vega C.A, deben de tener una visión clara de este articulo ya que no pueden salvo otras empresas realizar las actividades de explotación o actividades conexas dictadas en el presente artículo 11, ya que estarán sujetos a un impuesto de un 50% por todos los enriquecimientos obtenidos, aunque esos mismos provengan de actividades distintas a la de la empresa.
En el Título III de las Tarifas y su Aplicación y del Gravamen Proporcional a otros Enriquecimientos, Señala en su artículo 52 y 53 lo siguiente:
Artículo 52. El enriquecimiento global neto anual obtenido por los contribuyentes a que se refiere el artículo 9° de esta ley, se gravará salvo disposición en contrario, con base en la siguiente Tarifa expresada en unidades tributarias (U.T.):.
Tarifa numero 2:
Por la fracción comprendida hasta 2.000,00 15%
Por la fracción que exceda de 2.000,00 hasta 3.000,00 22%
Por la fracción que exceda de 3.000,00 34%
pág. 21
Relación con el Proyecto
Las tarifas antes mencionadas por este articulo son las que la empresa Ozono Vega C.A, debe tener presente ya que es la que se debe pagar de acuerdo a sus enriquecimientos netos anuales por las actividades distintas que realice la empresa señaladas en el artículo 11.
Artículo 53. Los enriquecimientos anuales obtenidos por los contribuyentes a que se refieren los artículos 11 y 12 de esta Ley se gravarán, salvo disposición en contrario, con base en la siguiente Tarifa:
Tarifa N° 3
a. Tasa proporcional de sesenta por ciento (60%) para los enriquecimientos señalados en el artículo 12.
b. Tasa proporcional de cincuenta por ciento (50%) para los enriquecimientos señalados en el artículo 11.
A los fines de la determinación de los impuestos a que se contrae el encabezamiento de este artículo, se tomará en cuenta el tipo de contribuyente, las actividades a que se dedica y el origen de los enriquecimientos obtenidos. Pág. 21
Relación con el proyecto
El presente artículo explica la tarifa que debe pagar la empresa que incumpla con el artículo 11 es decir las que se dediquen a la explotación de hidrocarburos y de actividades conexas, siendo la empresa Ozono Vega una compañía anónima que debe acatar lo que dispone la misma, estas estarán sujetas al impuesto previsto en el literal b del presente artículo.
Título VII del Control Fiscal, Capítulo I De la Fiscalización y las Reglas de Control Fiscal, señala lo siguiente en su artículo 98:
Artículo 98. La Administración Tributaria llevará un Registro de Información Fiscal (RIF) numerado, en el cual deberán inscribirse las personas naturales o jurídicas, las comunidades y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, susceptibles, en razón de sus bienes o actividades de ser sujetos
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