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Leyes Informaticas


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2013  •  3.354 Palabras (14 Páginas)  •  323 Visitas

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1-LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMATICOS:

EL ARTÍCULO 1.- Se refiere al Objetivo de esta Ley

_protección integral para los sistemas que utilizan tecnologías de información

_prever y sancionar los delitos cometidos a estos sistemas o a sus componentes

_delitos que se cometan en el uso de estas tecnologías.

ARTÍCULO 2.- Se refiere a las definiciones de los componentes de tecnología de información a los efectos de la presente ley y al cumplimiento de lo previsto en el artículo 9 de la C.R.B.V referente al idioma castellano y al de los indígenas como uso oficial.

ARTÍCULO 3.- Se refiere a delitos extraterritoriales es decir delitos que estén tipificados en esta ley pero que se hayan cometido fuera de este territorio venezolano pero que hayan producido efectos de hecho punible, en este país y que el sujeto activo no haya sido juzgado y a la vez evadido el juzgamiento por tribunales extranjeros.

ARTÍCULO 4.- Se refiere a las sanciones que van a aplicarse a los delitos previstos en esta ley las mismas que son principales y accesorias, por ejemplo una persona que haya incurrido en el delito de difusión o exhibición de material pornográfico tiene una aplicación de privación de libertad de 2 a 6 años esta sería la sanción principal y la pena accesoria es que concurre con esta es decir seguida de una multa de 200 a 600 unidades tributarias.

ARTICULO 5.- Se trata de la Responsabilidad de las Personas Jurídicas, es decir que si cualquier dependiente de persona jurídica ya sean gerentes, administradores, directores, o representantes de la misma cometan delitos previstos en esta ley, la sanción recaerá sobre la Persona Jurídica de acuerdo con los términos previstos en esta ley, ya sea que haya sido por decisión de sus órganos y dentro de sus actividades, con sus recursos o en su interés exclusivo y preferente.

- DERECHOS DE AUTOR:

LEGISLACION NACIONAL

Nuestra legislación regula Comercial y penalmente las conductas ilícitas relacionadas con la informática, pero que aún no contemplan en sí los delitos informáticos.

La ley 111 de Patentes de Invención regula la protección a la propiedad intelectual.

La ley Penal 11723 de "La propiedad Científica, literaria y artística" ha modificado los artículos 71, 72, 72 bis, 73 y 74.

El artículo 71 tipifica como conducta ilícita a "el que de cualquier manera y en cualquier forma defraudare los derechos de propiedad intelectual que reconoce esta ley"

El Art. 72 considera casos especiales de defraudación:

El que edite, venda o reproduzca por cualquier medio o instrumento, una obra inédita o publicada sin autorización de su autor o derecho-habientes.

El que falsifique obras intelectuales, entendiéndose como tal la edición de una obra ya editada, ostentando falsamente el nombre del editor autorizado al efecto.

El que edite, venda o reproduzca una obra suprimiendo o cambiando el nombre del autor, el titulo de la misma o alterando dolosamente su texto.

El Art. 72 bis

El que con fin de lucro reproduzca un fonograma sin autorización por escrito de su productor o del licenciado del productor;

El que con el mismo fin facilite la reproducción ilícita mediante el alquiler de discos fonográficos u otros soportes materiales;

El que reproduzca copias no autorizadas por encargo de terceros mediante un precio.

El que almacene o exhiba copias ilícitas y no pueda acreditar su origen mediante la factura que lo vincule comercialmente con el productor legítimo;

El que importe las copias ilegales con miras a distribución al público.

El decreto 165/94 (B.O. del 8/2/94) incluyó al software dentro de la Ley de Propiedad Intelectual 11723.

También dentro del Código Penal encontraremos sanciones respecto de los delitos contra el honor (109 a 117); Instigación a cometer delito (209), instigación al suicidio (83); estafas (172), además de los de defraudación, falsificación, tráfico de menores, narcortráfico, etc., todas conductas que pueden ser cometidas utilizando como medio la tecnología electrónica

2- LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION DE LA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación de la República Bolivariana de

Venezuela es un instrumento legal diseñado para estimular la inversión empresarial en

Ciencia, Tecnología e Innovación, mediante tres modalidades básicas:\

1. Aportes a las instituciones públicas adscritas al Ministerio de Ciencia y Tecnología

como universidades y centros de investigación (IVIC, INTEVEP, QUIMBIOTEC, etc.)

2. Aportes a organizaciones privadas con o sin fines de lucro

3. Inversiones en planes internos de las mismas empresas obligadas por la ley

Las empresas obligadas por la ley a realizar estos aportes o inversiones son todas aquellasque concurrentemente:

(a) mantengan actividades y sede comercial en el país, con participación de accionistas, socios , asociados o miembros venezolanos en el capital social no menor a : 1)cincuenta por ciento (50%) para el caso de empresas fabricantes, empresas distribuidoras y/o ensambladoras y empresas de servicio, y 2) ochenta por ciento(80%) para el caso de empresas consultoras, empresas de construcción y montaje, empresas contratistas generales de servicios de ingeniería integrados y empresas contratistas generales de ejecución IPC (ingeniería, procura y construcción)

(b) que generen más de 100.000 unidades tributarias en ingresos brutos anuales Las sociedades, comunidades o entidades constituidas y domiciliadas en el exterior constituidas en el exterior y domiciliadas en Venezuela, que realicen actividades en el territorio nacional, mediante cualquier modalidad, inversión directa, o contrato a ser ejecutados en Venezuela y que a los efectos de la presente Ley sean consideradas Grandes empresas, deberán aportar en cualesquiera de las actividades señaladas en el artículo 42 de la presente Ley, los porcentajes establecidos en los artículos 35, 36 y 37 de la presente Ley, según el caso, atendiendo a la rama de actividad que ellas se dediquen o desarrollen, utilizando como base de cálculo los ingresos brutos anuales obtenidos por el desarrollo de dichas actividades.

CAPITULO II

DE LOS MENSAJES DE DATOS

Eficacia Probatoria.

Artículo 4. Los Mensajes de Datos tendrán la misma eficacia probatoria que la ley otorga a los documentos escritos, sin perjuicio de lo establecido en la primera parte del artículo 6 de este Decreto-Ley. Su promoción, control, contradicción y evacuación como medio de prueba, se realizará conforme a lo previsto para

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