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Monografia


Enviado por   •  4 de Octubre de 2013  •  1.437 Palabras (6 Páginas)  •  232 Visitas

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CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Hace referencia a quienes se aplica estas leyes (colegiados y colegiadas), y cuál es el propósito de ellas. Establece normas de carácter ético-moral con el fin de lograr un equilibrio entre sus deberes y sus derechos de diferentes maneras como

• La convicción de que la o el Profesional en Educación está al servicio del estudiante y la sociedad.

• La prioridad absoluta del precepto constitucional de pleno respeto a los Derechos Humanos

• El compromiso personal y profesional de autoformarse, actualizarse y evaluarse para mejorar su desempeño docente y, por ende, mejorar la formación integral de los estudiantes y comunidad educativa en donde labora.

El colegiado deberá actuar sujeto a reglas elementales tales como la lealtad y sinceridad, legalidad, buena fe, responsabilidad, respeto, honradez, etc.

CAPITULO II

DEBERES DEL COLEGIADO

Aquí nos habla de los deberes que tienen que tener los colegiados , entre ellas tenemos las siguientes:

• Ejercer la profesión con plena sujeción al Código de Ética y Deontología del Colegio de Profesores del Perú.

• Abonar puntualmente las cuotas y otras obligaciones aprobadas por el Consejo Nacional.

• Cumplir con las responsabilidades que la Junta Directiva en el nivel correspondiente le asigne.

• Comunicar a la Junta Directiva en el nivel que corresponda de los hechos que puedan beneficiar o perjudicar a la profesión y a la Orden Profesional.

• Informar a la instancia correspondiente de la Orden Profesional, cuando se produzca una ausencia del país por espacio de seis meses consecutivos.

CAPITULO III

LA PROFESIÓN DOCENTE

La profesión de docente exige respeto a la dignidad de todas las personas, ideas políticas, filosóficas, religiosas. El docente debe mostrar responsabilidad y honradez en el ámbito profesional donde se encuentre, concordante con los principios y fines de la profesión.

CAPITULO IV

DE LAS RELACIONES Y NORMAS DE CONDUCTA ÉTICA ENTRE LOS

COLEGIADOS Y DEMÁS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD

• RELACION ENTRE COLEGIADOS

En las relaciones de docentes debe primar los principios de lealtad, mutuo respeto, consideración y justa solidaridad, con el fin de mantener un clima propicio entre colegas respetando opiniones, comentarios con el fin de promover la fraternidad para una práctica solidaria y permanente entre colegas. Si existiese algún conflicto entre colegas se resolverá mediante el diálogo y la persuasión con asesoramiento de instancias de la orden profesional.

• RELACIÓN CON LOS ESTUDIANTES

El Colegiado debe conocer los contenidos de la materia y/o disciplina que desarrolla, promoverá la participación del estudiante y brindar asesoría cuando sea solicitada, buscara generar una educación inclusiva con el fin de facilitar el aprendizaje, brindara ayuda a los estudiantes para solucionar problemas personales, familiares y sociales que afecten su proceso formativo integral.

• RELACIÓN CON LA COMUNIDAD

El decente ayudara a buscar el desarrollo de una conciencia vigorosa y activa de la comunidad local, regional y nacional (defensa de los derechos, respeto de nuestra soberanía en la búsqueda permanente de cambios para un desarrollo social, económico y cultural del país.

• RELACIÓN CON LAS AUTORIDADES

El Colegiado deberá tener una conducta leal y responsable con las autoridades, también está obligado a contribuir con la calidad de su labor docente al prestigio y eficiencia de la institución en la que labora, si este fuese una autoridad debe rehusarse y denunciar si se diera el caso a la entidad o personas que solicitan sus servicios para un acto contrario a la ética, la moral.

• RELACIÓN CON EL COLEGIO

El docente debe asumir con responsabilidad, entrega y compromiso su cargo, defendiendo el prestigio de la institución, la dignidad y el rol social de la profesión, respetando a los directivos electos y guardando lealtad a la institución, asumiendo los acuerdos tomados democráticamente de conformidad con las normas institucionales establecidas.

El abandono injustificado de sus compromisos institucionales, y funciones por parte de los colegiados serán calificadas como faltas muy graves.

CAPITULO V

FALTAS Y SANCIONES

Aquí hablaremos de los diferentes tipos de faltas, las cuales se clasifican en Leves, Graves y Muy Graves

1. Faltas Leves: prescriben a los seis meses.

• La falta excusable en el cumplimiento de preceptos estatutarios o acuerdos de los órganos de la Orden Profesional.

• Los actos leves de indisciplina en actividades que la Junta Directiva le encomienda y, en general los casos de incumplimiento de deberes profesionales o colegiales ocasionados por un descuido excusable y circunstancial.

Sanciones por faltas leves:

• Amonestación verbal privada con anotación en acta

• amonestación por escrito con anotación en el legajo personal

2. Faltas Graves: prescriben a los dos años.

• El incumplimiento reiterado de preceptos estatutarios o acuerdos de los órganos de gobierno y electoral de

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