NIC 12
Enviado por ELIZABETHGO • 14 de Junio de 2014 • Tesis • 1.146 Palabras (5 Páginas) • 549 Visitas
PRESENTACIÓN
En octubre de 1996, el consejo aprobó la Norma revisada, que se publicó como NIC 12 (revisada en 1996), Impuesto sobre las Ganancias, y derogó la anterior NIC 12 (reordenada en 1994), Contabilidad del Impuesto sobre las Ganancias. La Norma revisada tenía vigencia para los estados financieros que comenzaran a partir del 1 de enero de 1998.
En mayo de 1999, la NIC 10 (revisada en 1999), Hechos Posteriores a la Fecha del Balance, modificó el párrafo 88. El texto modificado tiene vigencia para los estados financieros anuales que abarquen ejercicios cuyo comienzo sea a partir del 1 de enero de 2000.
En abril del 2000, se modificaron los párrafos 20, 62(a), 64 y el Apéndice A, párrafos A10, A11 y B8 para actualizar las referencias cruzadas y la terminología como consecuencia de la emisión de la NIC 40, Inmuebles de Inversión.
En octubre de 2000, el Consejo aprobó ciertas modificaciones de la NIC 12, añadiendo los párrafos 52A, 52B, 65A, 81(i), 82A, 87A, 87B, 87C y 91, a la vez que eliminaba los párrafos 3 y 50. Estas revisiones limitadas especifican el tratamiento contable de las consecuencias de los dividendos en el impuesto sobre las ganancias. El texto revisado tiene vigencia para los estados financieros que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2001.
Se han emitido dos Interpretaciones SIC que tienen relación con la NIC 12:
• SIC-21, Impuesto sobre las Ganancias – Recuperación de Activos no Depreciables Revalorizados; y
• SIC-25, Impuesto sobre las Ganancias – Cambios en la Situación Fiscal de la Empresa o de sus Accionistas.
INTRODUCCIÓN
Las Empresas elaboran sus Estados Financieros siguiendo los principios de contabilidad generalmente aceptados, los que no siempre coinciden con la aplicación de principios tributarios que tienen como principal objetivo la captación de recursos financieros para la caja fiscal. Esta situación ha sido tratada por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad - IASC para lo cual ha emitido la NIC No. 12 – Impuesto a la Renta, cuya aplicación permite entender y mostrar los efectos de estas diferencias en la preparación de los Estados Financieros.
OBJETIVOS
Objetivo general
Evitar distorsiones en los resultados contables por la aplicación de las normas tributarias del impuesto a la renta que se reconocerá en libros de contabilidad y se presentara en los estados financieros conforme a los estados financieros conforme a las normas contables.
Objetivos específicos
Reconocimientos: de consecuencia tributarias presentes y futuras
Presentación: del impuesto diferido en los estados financieros
Revelación: sobre el impuesto diferido
ALCANCE
La NIC 12 se aplicará a la contabilización del impuesto sobre las ganancias. El término impuesto sobre las ganancias incluye todos los impuestos (nacionales o extranjeros) que se relacionan con las ganancias sujetas a imposición.
El impuesto sobre las ganancias incluye otros tributos, por ejemplo, las retenciones sobre dividendos que se pagan por parte de una empresa dependiente, asociada o negocio conjunto, cuando proceden a distribuir ganancias a la empresa que presenta los estados financieros.
Esta Norma no trata los métodos de contabilización de las subvenciones oficiales (véase la NIC 20), ni de los créditos fiscales por inversiones. Sin embargo, la Norma se ocupa de la contabilización de las diferencias temporarias que pueden derivarse de tales subvenciones o deducciones fiscales.
DEFINICION
Dentro de esta NIC se utilizan los siguientes términos:
Resultado contable es la ganancia neta o la pérdida neta del ejercicio antes de deducir el gasto por el impuesto sobre las ganancias.
Resultado tributario
Ganancia (pérdida) fiscal es la ganancia (pérdida) de un ejercicio, calculada de acuerdo con las reglas establecidas por la autoridad fiscal, sobre la que se calculan los impuestos a pagar (recuperar)
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