NULIDAD DE COSA JUZGADA
Enviado por PACLUIS • 29 de Noviembre de 2014 • 1.138 Palabras (5 Páginas) • 333 Visitas
ANÁLISIS Y CRÍTICA JURISPRUDENCIAL DE LA NULIDAD DE LA COSA
FRAUDULENTA EN LA CASATORIA 2813-2008 (ANCASH)
RESUMEN EJECUTIVO:
En base a los criterios de la Casatoria de la Sala Civil Permanente de la Corte
Suprema de Justicia de la República del Perú, fecha 16 de Setiembre de 2008
recaída en la causa Nº 2813-2008, haremos una breve explicación
interpretativa del pronunciamiento judicial sobre el tratamiento jurídico que ha
dado la referida Sala Civil al instrumento procesal de la Nulidad de la Cosa
Juzgada Fraudulenta.
1. LOS HECHOS CONTROVERTIDOS
“Para determinar si en el caso de autos se ha infringido o no el debido proceso
en los términos denunciados, es del caso efectuar las siguientes precisiones:
I) La demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta se interpone contra
el acuerdo conciliatorio celebrado en el proceso de desalojo por
ocupante precario, seguido entre los demandados y aprobado por el
Segundo Juzgado Mixto de Ancash en el expediente civil número
ochenta y seis - dos mil tres, respecto del inmueble ubicado en la
Avenida Confraternidad Oeste número cuatrocientos sesenta, Distrito de
Independencia, Huaraz; alegándose, que en dicho acuerdo conciliatorio
los emplazados se coludieron dolosamente afectando su derecho a la
defensa, al debido proceso y a la tutela jurisdiccional.
II) Los accionantes alegan ser los legítimos propietarios del referido
inmueble y que el mismo le fue alquilado al codemandado Otilio Olivo
Valentín Dextre; no obstante, el referido inquilino coludiéndose con la
codemandada Judith Madeleine López López, nunca le comunicó sobre
2
la existencia del citado proceso de desalojo, pese a que conocía que él
era el verdadero propietario del inmueble.
III) La parte demandada, al absolver el traslado de la demanda, refiere, que
el accionante realiza una exposición sobre aspectos relativos a su
derecho de propiedad, tal como aparece del escrito presentado por la
Procuraduría Pública del Poder Judicial. De otro lado, la citada
codemandada, expresó que el inmueble ubicado en la Avenida
Confraternidad Oeste número cuatrocientos sesenta “A”, le fue
transferido a su favor por el anterior propietario del bien, Andrés Infantes
Broncano y esposa.
IV) Examinado el proceso de desalojo por ocupación precaria sustento de la
demanda, aparece lo siguiente:
a) El citado proceso fue promovido por la codemandada Judith
Madeleine López López, quien alegó ser la propietaria del bien de
la Avenida Confraternidad Oeste número cuatrocientos sesenta “A”,
recaudando para el efecto el testimonio de la escritura pública de
fecha veintitrés de enero de dos mil tres, celebrado con don Andrés
Abelino Infantes Broncano y doña Juana Asunciona Alvino
Oropeza.
b) En la audiencia conciliatoria se constata el acuerdo arribado por los
hoy demandados, en el sentido de que el codemandado Otilio Olivo
Valentín Dextre se compromete a desocupar el citado bien y dicho
acuerdo fue aprobado en el mismo acto por el Juzgado.
c) La parte demandada fue requerida para la desocupación del bien y
ante su negativa se autorizó el lanzamiento.
d) Por escrito de fojas cincuenta y tres, el hoy demandante se
apersonó al citado proceso solicitando la suspensión dellanzamiento, alegando ser propietario del inmueble ubicado en la
Avenida Confraternidad Oeste número cuatrocientos sesenta,
señalando, asimismo, que su inquilino Otilio Olivo Valentín Dextre
le ha ocultado la existencia del mencionado proceso y que se ha
confabulado con la codemandada Judith Madeleine López López.
e) El citado pedido fue desestimado por improcedente, dejándose a
salvo el derecho del solicitante para que lo haga valer en la vía
legal correspondiente (fojas cincuenta y ocho) y al ser apelada
dicha resolución, el citado recurso fue desestimado por
improcedente por no ser parte en el juicio (fojas setenta y cuatro).
f) A fojas ciento uno de los citados autos aparece el testimonio de la
escritura pública de compraventa otorgado con fecha dos de julio
de dos mil dos, por el Segundo Juzgado Mixto
...