Nueva Ley De Turismo
Enviado por avas_94 • 12 de Marzo de 2015 • 15.399 Palabras (62 Páginas) • 157 Visitas
LEY ORGANICA DE TURISMO
Decreto N° 5.999, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo.- Véase N° 5.889
Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, del 31 de
julio de 2008.
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGANICA DE TURISMO
EXPOSICION DE MOTIVOS
En el marco de la construcción del nuevo estado social de derecho, es necesario el renacer de una nueva ciudadana y un nuevo ciudadano,
fortaleciendo y promoviendo la participación protagónica, cuyos valores éticos, la solidaridad humana, la realización del interés colectivo y la
satisfacción racional de las necesidades fundamentales de mujeres y hombres, se abren paso hacia la nueva sociedad socialista.
El espíritu de esta modificación es la incorporación de la cultura del trabajo creador y productivo, en una sociedad pluralista que debe comprender
y aceptar que el ser en sí no tiene sentido de trascendencia histórica, si no se transforma en un ser para sí, y que esto ocurre cuando vivimos en
función de la felicidad de todos; el supremo valor de la vida, que reafirma nuestra condición humanista; el valor del trabajo creador y productivo,
como fuente de todas las cosas que el ser humano ha construido a lo largo de los tiempos. De cada quien según su trabajo, a cada cual según sus
necesidades, continua siendo un principio irrenunciable, sin abandonar a quienes están impedidos de trabajar.
Las relaciones sociales de producción deben estar basadas en formas de propiedad social, que comprenden la propiedad autogestionaria, asociativa
y comunitaria; permaneciendo las formas de propiedad individual y pública. La política de inclusión económica y social forma parte del sistema
de planificación, producción y distribución orientado hacia el socialismo, donde lo relevante es el desarrollo progresivo de la propiedad social
sobre los medios de producción, la implementación de sistemas de intercambios justos, equitativos y solidarios. Es necesario que los individuos se
organicen para lograr las ventajas que otorga la asociación comunitaria o cooperativa, es decir, transformar su debilidad individual en fuerza
colectiva.
En este contexto el desafío consiste en hacer del turismo un instrumento para un nuevo horizonte de valores donde lo colectivo sea el eje de la
gestión turística. El turismo como política de Estado debe ser entendido como una cultura encargada de llenar de contenido afectivo tanto a las
personas como a los lugares en toda la variedad de situaciones; el paisaje, el urbanismo, sus sitios históricos y patrimoniales deben formar parte
del imaginario colectivo, y entre estos y la gente debe fortalecerse un diálogo como expresión de pertenencia e identidad.
El propósito de redimensionar la gestión del turismo, va dirigida a constituirlo en un medio para potenciar las capacidades humanas, rehabilitar
nuestros espacios y revalorizar nuestra historia, así como nuestro patrimonio material e inmaterial, pasado y presente. El turismo debe ser un
instrumento de inclusión social y una oportunidad para educarnos y para construir una nueva sociedad socialista. La política socialista de turismo
debe caracterizarse por tener como eje transversal una pedagogía para la liberación y se concreta en un proceso de trabajo colectivo en que todas
sus fases generan saldos organizativos recuperando el tejido social.
La corresponsabilidad de los prestadores de servicios turísticos deben orientarse al interés general de la sociedad y el bienestar de todos en
consonancia con las propias exigencias de la naturaleza de cada lugar, por lo que se hace necesario pensar en nuevas formas de generación y
distribución consciente por parte de los agentes prestadores de servicios, en la forma de relacionarse con la comunidad, con la naturaleza y con los
medios de producción.
En este sentido y en consonancia con lo establecido el artículo 310 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el marco del
régimen socio económico y de la función del Estado, se impulsará la creación e implementación de los medios necesarios para asegurar la vigencia
efectiva de una justa distribución de la riqueza y el interés general del colectivo, mecanismos de articulación interinstitucional que propicien los
derechos a la protección, conservación y difusión de la diversidad de atractivos turísticos para las generaciones presentes y futuras.
La interrelación entre la actividad turística y el desarrollo social implica la incorporación de las ciudadanas y ciudadanos al proceso productivo a
través de condiciones adecuadas y la consolidación de una cultura turística que nos permita valorar el entorno y a las propias ciudadanas y
ciudadanos, bajo el compromiso por parte del Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo en su
carácter rector, de garantizar un desarrollo turístico donde prevalezcan los intereses nacionales, la participación, la justicia social, la soberanía y la
defensa del territorio.
Bajo esta concepción se propone la modificación de la Ley Orgánica de Turismo y para ello encontramos importantes soportes en el texto de
nuestra Carta Magna, de los cuales aquí traemos, a título enunciativo, aquellos más relevantes, para exponer los motivos por los que resulta
necesaria la modificación de esta Ley. Así tenemos que el Estado debe garantizar el derecho integral de los ciudadanos y ciudadanas, a través del
disfrute, a “… la recreación como actividad que beneficia la calidad de vida individual y colectiva…” (artículo 111), fundamentándose “…en los
principios de justicia social, democracia, eficiencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo
humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad…” (artículo 299), en el entendido que “Venezuela se constituye en un
Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico… la preeminencia de
los derechos humanos…”
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