PROCESO DE EXPROPIACIÓN
Enviado por jaccscano • 3 de Febrero de 2015 • 1.964 Palabras (8 Páginas) • 434 Visitas
Expropiación es la acción y efecto de expropiar. Este verbo hace referencia a la conducta desarrollada por la administración pública para privar a una persona de la titularidad de un bien (como una casa, una empresa o una fábrica) o de un derecho, a cambio de una indemnización.
La expropiación se lleva a cabo bajo el pretexto del interés social o la utilidad pública, lo que generalmente quiere decir que se encuentra dentro del marco de la ley. Esto no elimina la posibilidad, por otro lado, de que las autoridades cometan abusos en este tipo de procesos.
Por medio de la expropiación, la pertenencia de un bien pasa de un titular privado al Estado. La transferencia es coactiva: la persona no se postula como vendedor, sino que el Estado ordena la expropiación y establece las condiciones.
La forma más habitual de expropiación implica una compensación justa al sujeto expropiado. Un ejemplo de expropiación tiene lugar cuando el Estado decide construir una autopista y debe demoler viviendas para su trazado: en ese caso, necesita adquirir dichas casas sin que sus propietarios puedan negarse (de hacerlo, impedirían la construcción del camino). Para resolver el problema, las autoridades recurren a la expropiación.
La Expropiación es una institución de Derecho Público que consiste en la transferencia coactiva de la propiedad privada desde su titular al Estado, mediante indemnización: concretamente, a un ente de la Administración Pública dotado de patrimonio propio. Puede expropiarse un bien para que este sea explotado por el Estado o por un tercero.
La expropiación posee dos notas
características: primera, es una transferencia de carácter coactivo, lo que hace de ella una institución característica del Derecho Público que no puede ser asimilada a la compraventa prevista en el derecho privado; segunda, el expropiado tiene derecho a recibir a cambio una indemnización equivalente al valor económico del objeto expropiado, lo que la diferencia de la confiscación
CONCEPTO DE EXPROPIACION
La expropiación es una institución de Derecho Público, mediante la cual el Estado actúa en beneficio de una causa de utilidad pública o de interés social, con la finalidad de obtener la transferencia forzosa del derecho de propiedad o algún otro derecho de los particulares, a su patrimonio, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización.
VIOLACIONES HECHAS A LA LEY DE EXPROPIACIONES:
Pago no oportuno: La falta de recursos por parte del estado para pagar los justiprecios correspondientes a los legítimos propietarios, sin embargo, se siguen ejecutando las expropiaciones a diferentes inmuebles de todo el territorio nacional violando por completo también el artículo 115 de la constitución nacional donde expresa que el pago del justiprecio debe ser oportuno.
Causa de utilidad pública o social: En algunas partes del territorio nacional se han hecho decretos de expropiación de edificios alquilados o desocupados para una posterior reventa o adjudicación a un tercero, no cumpliéndose así el objetivo final de la expropiación, el cual es que el bien quede en el patrimonio del estado y que las edificaciones puedan ser utilizadas por cualquier ciudadano y no por uno determinado. No se puede expropiar a un particular para beneficiar a otro.
Prohibiciones de ventas y medidas judiciales: los entes gubernamentales se han dedicado a emitir un sin número de oficios a los registros inmobiliarios y a tribunales ejecutores, prohibiendo cualquier tipo de negociación sobre determinados bienes, por lo que este ha perdido la posesión y disposición de su inmueble.
Ocupación temporal y custodia policial: Casi todos los decretos de expropiación llevan consigo implícitamente la declaración de ocupación temporal y custodia policial basándose en el artículo 52 que expresa lo siguiente:
“Toda obra declarada de utilidad pública lleva consigo el derecho a la ocupación temporal de las propiedades ajenas por parte del que las ejecute, en los casos siguientes:
1. Hacer estudios o practicar operaciones facultativas, de corta duración, que tengan por objeto recoger datos para la formación del proyecto o para el replanteo de la obra.
2. Para el establecimiento provisional de estaciones de trabajo, caminos, talleres, almacenes o depósitos de materiales, y cualquiera otra que requiera la obra para su construcción o reparación.
La ocupación durará tan sólo el tiempo absolutamente indispensable, no debiendo, en ningún caso, concederse por un término mayor de seis (6) meses.
Sin embargo, podrá prorrogarse por igual término, y por una sola vez, por causa debidamente justificada”
En la mayoría de los casos, estas ocupaciones, han durado más de seis meses y no han tenido ninguna intención de ejecutar estudios preparativos, para luego restituirlo a su propietario, sino lo han hecho con la intención de ocuparlos permanentemente.
LEY DE EXPROPIACIÓN POR
CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA O SOCIAL
Objeto de la Ley
Artículo 1. La presente Ley regula la expropiación forzosa por causa de utilidad pública o de interés social, de los bienes que pertenezcan a la propiedad privada, necesarios para lograr la satisfacción del bien común.
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGANICA DE SEGURIDAD Y SOBERANIA AGROALIMENTARIA
Objeto
Artículo 1º. El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica tiene por objeto garantizar la seguridad y soberanía agroalimentaria, en concordancia con los lineamientos, principios y fines constitucionales y legales en materia de seguridad y defensa integral de la Nación, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en la ley que regula las tierras y el desarrollo agrario.
La expropiación forzosa tiene gran importancia en el marco general de un ordenamiento jurídico positivo, significación que reviste un reconocimiento formal expreso desde la Revolución francesa.
El Estado venezolano en los últimos años se ha venido enfocando constantemente en adquirir o tomar forzosamente bienes de propiedad privada, en todas sus características, pero especialmente sobre medios de producción.
A este tránsito de lo privado a lo público, llevado abiertamente por el ejecutivo nacional con la finalidad de consolidar un proyecto político y económico denominado “socialismo del siglo XXI”, no solo pone en duda la correcta utilización de la expropiación, que ha perdido su condición esencial de garantía del derecho fundamental a la propiedad si no que inquieta enormemente, saber que sin propiedad
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