Prevencion
Enviado por kallipam • 11 de Julio de 2013 • 809 Palabras (4 Páginas) • 273 Visitas
Informe Preventivo Es el estudio que se realiza sobre obras o actividades que se llevan a cabo en zonas, con un ordenamiento ecológico para prevenir daños al ambiente. Para diferenciar el informe preventivo con otro servicio es necesario tomar en cuenta lo siguiente:
Existen obras y actividades con procedimientos estandarizados y que presentan impactos genéricos.
Existen ambientes ya alterados que no son modificados por ciertos proyectos.
Existen obras y actividades que se realizarán en sitios que cuentan con una evaluación ambiental, bajo el marco de un programa, ordenamiento o parque.
Estos proyectos no requieren de una manifestación pues se supone que los impactos que originará ya están regulados, o bien, los sitios ya cuentan con un instrumento de política ambiental.
SEMARNAT-04-001
En qué casos se debe presentar:
Cuando pretendan llevar a cabo alguna obra o actividad señalada en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y cuando éstas se encuentren en algunos de los supuestos del artículo 31 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 29 del Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental cuando: I.- Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades; II. Las obras o actividades estén expresamente previstas por un plan parcial o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que cuente con previa autorización en materia de impacto ambiental, o III. Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales previamente autorizados por la Secretaría, en los términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
Nota:
Por un uso responsable del papel, podrá presentar:
1 original del Informe Preventivo y 3 copias en CD, incluyendo el CD con la leyenda “Consulta al Público”.
RECEPCION, EVALUACION Y RESOLUCION DEL INFORME PREVENTIVO
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¿Quién lo presenta y en qué casos?
Cualquier Personas física o moral
Que pretendan llevar a cabo alguna obra o actividad señalada en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y cuando éstas se encuentren en algunos de los supuestos del artículo 31 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 29 del REIA cuando: I.- Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades; II. Las obras o actividades estén expresamente previstas por un plan parcial o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que cuente con previa autorización en materia de impacto ambiental , o III. Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales previamente autorizados por la Secretaría, en los términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
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