ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Principios Legales


Enviado por   •  25 de Octubre de 2011  •  594 Palabras (3 Páginas)  •  738 Visitas

Página 1 de 3

PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA. El principio de confidencialidad garantiza los derechos a mantener en reserva, determinados datos personales, según dispone el artículo siete del la ley sobre el Sistema Nacional de Datos Públicos, aprobado por la Asamblea y que han provocado opiniones contrarias.

La asambleísta Betty Amores señala que no serán públicos ni de gratuita difusión, los datos de carácter personal, los sujetos a la reserva y sigilo bancario y bursátil.

La norma además señala que la información constante en los registros de datos públicos de carácter personal, como: etnia, estado de salud, orientación sexual, religión, condición migratoria y otras atinentes a la intimidad personal.

En especial aquella información cuyo uso público atentare contra los derechos humanos, es confidencial y solo se accederá a ella con autorización expresa del titular, por mandato de la ley o por orden judicial.

En el caso de la información sobre el patrimonio, solo podrá conocerse cuando el solicitante motive su requerimiento, mediante solicitud, y declare el uso que dará a la misma.

La ley rige para las instituciones del sector público y privado que actualmente o en el futuro administren bases o registros de datos públicos, las que serán responsables de la integridad, protección y control de los registros y bases de datos a su cargo; responderán por la veracidad, autenticidad, custodia y la debida conservación de los registros.

PRINCIPIO DE INFORMACIÓN ORIGINAL. Es responsabilidad de las instituciones públicas, personas jurídicas de derecho público y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, crear y mantener registros públicos de manera profesional, para que el derecho a la información se pueda ejercer a plenitud, por lo que, en ningún caso se justificará la ausencia de normas técnicas en el manejo y archivo de la información y documentación para impedir u obstaculizar el ejercicio de acceso a la información pública, peor aún su destrucción. Quienes administren, manejen, archiven o conserven información pública, serán personalmente responsables, solidariamente con la autoridad de la dependencia a la que pertenece dicha información y/o documentación, por las consecuencias civiles, administrativas o penales a que pudiera haber lugar, por sus acciones u omisiones, en la ocultación, alteración, pérdida y/o desmembración de documentación e información pública. Los documentos originales deberán permanecer en las dependencias a las que pertenezcan, hasta que sean transferidas a los archivos generales o Archivo Nacional.

Información original, cuando la ley requiera u obligue que la información sea presentada o conservada en su forma original, este requisito quedará cumplido con un mensaje de datos, si siendo requerido conforme a la ley, puede comprobarse que ha conservado la integridad de la información a partir del momento

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com