Protocolos Y Convenios Sobre El Medio
Enviado por mayeshams • 3 de Diciembre de 2013 • 1.924 Palabras (8 Páginas) • 248 Visitas
La política internacional para el cuidado del medio ambiente tiene origen en la asociación de dos movimientos, uno que procuraba la preservación de los sitios culturales, y otro que demandaba la conservación de la naturaleza.
La preocupación por proteger el patrimonio cultural de los países surgió después de la Primera Guerra Mundial, pero fue hasta después de la Segunda Guerra cuando la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) elaboró un proyecto para la protección del patrimonio cultural. Como resultado de estos holocaustos, el desarrollo de los países requirió de considerables cantidades de recursos naturales cuya escasez y agotamiento se fue haciendo evidente. Fue entonces cuando hombres de ciencia y medios de comunicación masiva difundieron ampliamente información sobre el deterioro del ambiente, situación que provocó en todo el mundo una gran agitación ambiental durante la década de 1960, en 1972, con la firma de los documentos de Estocolmo y de París, es el punto de partida de la protección y el mejoramiento del medio ambiente, aunque en el ámbito del derecho internacional, la relación entre los derechos del hombre y la protección del ambiente se estableció en la Cumbre de Estocolmo.
Las convenciones ambientales son regularmente objeto de críticas: Rigidez y verticalidad - Son demasiado descriptivas, homogéneas y con un enfoque de arriba a abajo, lo cual no refleja la diversidad y la complejidad de los temas ambientales. Los países firmantes sufren muchas dificultades para concretar los objetivos de las convenciones e integrarlos coherentemente en todos los sectores y escalas. Jamás se discute el armamentismo. Estructuras paralelas y concurrencia - La formulación sectorial de las convenciones ha dado lugar a estructuras y procedimientos paralelos entre los países, y también entre los organismos de desarrollo, que compiten entre ellos por fondos e influencia. La cooperación entre los ministerios de un Estado, necesarios y urgentes, permanece bloqueada. Contradicciones e incompatibilidad - la proximidad temática de las convenciones les causa perjuicio mutuo. Ejemplo: las reforestaciones llevadas a cabo para reducir el CO2 pueden perjudicar la biodiversidad si favorecen los monocultivos exóticos (mientras que la regeneración natural puede reforzar la biodiversidad y las condiciones de existencia. Hace falta pues a la hora de gestionar, tener en cuenta los objetivos de las diferentes convenciones y compararlos regularmente, una tarea difícil, especialmente para los países pobres con tensiones entre necesidades económicas urgentes y conservación ecológica a largo plazo.
"En diferentes sentidos, la legislación ambiental internacional actual no conduce al desarrollo de resoluciones colectivas de problemas ambientales ni de desarrollo sustentable, que sean coordenadas o sinérgicas. Los acuerdos internacionales concretos se negocian a menudo mediante regímenes "específicos" producidos en relativo aislamiento. Cada acuerdo es tratado, más o menos, mediante la descomposición artificial de las complejidades causales que lo componen en pos de una "gestionabilidad" práctica. Los acuerdos los negocian ministerios especializados o organizaciones funcionales dentro de foros que se desprenden de los espacios de negociación de otros acuerdos internacionales.
El proceso de construcción de los tratados es, también, excesivamente largo. Ha sido preciso una década para avanza desde la etapa de construcción de agendas, mediante un acuerdo marco, a la negociación del primer protocolo operativo para la acción colectiva. Incluso después del acuerdo de protocolo, la ratificación de éste depende de hasta qué punto los gobiernos son capaces de crear consenso a escala estatal, o se echan atrás y hacen reaparecer la cuestión de la incerteza científica por razones políticas, lo cual hace retrogradar el proceso y consumir más tiempo para completarlo.
Hasta la fecha la formulación de políticas ambientales a escala internacional ha estado fragmentada por tema, sector o territorio. El resultado es la negociación de tratados que se sobreponen o entran en conflicto entre ellos. Esto genera complicaciones innecesarias a escala estatal pues los firmantes tratan de cumplir sus obligaciones relativas a múltiples acuerdos. A escala internacional, existen algunos intentos de coordinación entre instituciones ambientales como el Comité de Coordinación Inter-Agencias y la Comisión para el Desarrollo Sustentable, pero estas instituciones son demasiados débiles para integrar de forma eficiente las tres dimensiones del desarrollo sustentable"
Acuerdos Ambientales Multilaterales. Se trata de acuerdos entre varios países que se desarrollan a nivel internacional o regional, y conciernen los más diversos temas ambientales en torno a la atmósfera, la materia viva, la vida marina, la desertificación, la protección de ecosistemas, el vertido de sustancias peligrosas, la contaminación marina y otros. La mayoría de reconocer que la mejor vía para lograr la regulación ambiental es a través de acuerdos multilaterales más que a través de muchos acuerdos bilaterales
Los acuerdos o tratados, convenciones y convenios se celebran en distintos países y tienen temas variados pero los que a continuación se mencionan son en temas ambientales.
1971. Convenio de Ramsar –Iràn. Este Convenio fue suscrito en la ciudad de Ramsar el 2 de febrero de 1971 y entró en vigencia en 1975. Su finalidad es la de proteger los humedales o zonas húmedas del planeta y las especies de aves acuáticas en peligro de extinción.
1973. Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora
Silvestres (CITES). Esta Convención fue celebrada en Washington el 3 de marzo de 1973 con el propósito de evitar que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres constituya una amenaza para su supervivencia
1985. Convención de Viena para la protección de la capa de Ozono.Este Convenio fue acordado en las Naciones Unidas, en marzo de 1985. con la finalidad de: “adoptar medidas apropiadas…para proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos resultantes o que puedan resultar de las actividades humanas que modifiquen o puedan modificar la
Capa de Ozono” . Entró en
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