RESUMEN DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Enviado por nesty • 13 de Agosto de 2012 • Monografía • 2.680 Palabras (11 Páginas) • 653 Visitas
RESUMEN DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES
“De los derechos sociales”
Las instituciones jurídicas del matrimonio y la familia están bajo la protección del estado por lo que se garantizaran los deberes y los derechos de los ciudadanos para con el estado como del estado para con los ciudadanos, tomando así como válida únicamente la unión del hombre y de la mujer, los contrayentes deben estar en plenas condiciones mentales, así como en el goce de sus derechos civiles , los hijos procreados dentro y fuera del matrimonio son legítimos y gozan de los mismos derechos y deberes que los nacidos bajo el matrimonio, en caso de paternidades dudosas el estado da plena potestad para que se proceda a la aclaración de la misma , es legal la adopción de niños (más) dando así derecho a las personas que no puedan procrear hijos legítimos de sangre la opción a adoptar uno estas regulaciones la ara la ley para determinar si la familia que solicite la adopción del infante este en plena condición económica y social , para acobijar en su hogar al menor, los niños dados en adopción nunca podrán ser adoptados por parejas del mismo sexo ya que vendría en contra de la norma que dicta esta constitución , el estado de honduras está comprometido a albergar al adulto mayor por lo que tendrá que dotar de centros para convertirlos en hogares de aquellos que no gozan de uno al igual velara por los bienes que este posea para que por actos de lucidez mental no sean mal invertidos o trasladados a quienes no podrán manejar el recurso.
“De los derechos del niño”
Con el fin de proteger al niño el estado de honduras ha dictado normas especiales que garantizan los derechos de él, formando también parte de los tratados y convenciones de los derechos del menor, y para aqueos que tienen impedimentos físicos al igual que problemas mentales sus derechos están garantizados en nuestra constitución al igual que el código de la niñez y , La adolescencia que es el que rige de manera más especifica el trato del menor, los padres están obligados a alimentar y a educar a sus hijos pero en caso de que el jefe de familia o quien tenga la tutela del infante no puedo cumplir con este deber el estado proveerá los medios necesarios para que puedan cumplir con la obligación dándoles así preferencia para desempeñarse en las instituciones públicas, los infantes que cometiesen actos ilícitos no podrán ser juzgados en los tribunales comunes ya que para ellos existe un trato especial y no podrán ser enviados a las cárceles o presidios ya que existen los centros de rehabilitación y sus sanciones son dictadas por un juzgado de la niñez ,el estado está obligado a proporcionar los centros de recreación para que los menores puedan disfrutar de plena libertad de sus actividades deportivas y sociales por lo que se construirán juegos y canchas deportivas en sus kínder y escuelas , dotando también a los centros de salud de medicamentos para que las madres puedan nutrirlos durante el embarazo y una vez nacidos el estado proveerá todas las vacunas que necesite durante el desarrollo de la niñez , En caso de que el menor sea abandonado por sus padres el estado asumirá la responsabilidad de él para que no sea víctima de abuso ni mal trato de ninguna índole y así pueda gozar de una niñez plena, los medios de comunicación servirán también como instructores de l el menor por medio de
Programas que contribuyan a la educación y desarrollo del niño y cuando ocurran catástrofes naturales y epidemias los primeros en adquirir auxilio serán los menores.
“Del trabajo”
El estado de honduras se compromete a generar las fuentes de empleos y cada ciudadano puede escoger su oficio de acuerdo al factor de su conveniencia, y nadie puede obligar a otro a realizar una labor que este no quiere desempeñar, para erradicar la sobre explotación laboral el estado no permitirá leyes de orden privado que pongan en condiciones precarias la integridad física y la salud del trabajador , ningún empleador podrá exigirle a su trabajador que labore más del tiempo que por ya se establece y en caso de que su jornada de trabajo se exceda de lo normal tendrá que retribuirle con el pago de tiempo extraordinario, y ninguna jornada excederá de más de 12 horas diarias , de conformidad con las escalas salariales todas aquellas personas que realicen la misma labor no importando raza, color, ni religión tendrán derecho al mismo salario ,ningún trabajador será privado de sus beneficios que adquirió durante la prestación de su servicio estos derechos son de carácter irrenunciables.
el salario que el trabajador devenga por sus servicios no podrá ser embargado por ninguna persona natural ni jurídica salvo disposición fundada en ley dictada por el juez competente, ningún empleador podrá obligar a su trabajador o a sus trabajadores por medio de intimidación obligarlos a desarrollar labores que pongan en condiciones precarias su salud y la de su familia.
y con el fin de proteger al menor no le es permitido al patrono emplearles , y en caso de que un menor sea empleado solo podrá bajo autorización de las autoridades del trabajo y se podrán únicamente desempeñar en la jornada diurna con el fin de no entorpecer su aprendizaje, el derecho del trabajador a gozar de sus vacaciones es inviolable nadie podrá privarlo de tal derecho y de igual forma gozara de una remuneración por el tiempo que goza de sus vacaciones, ningún patrono podrá deducir del salario del trabajador los días que por ley sean feriados, toda mujer que conciba durante el tiempo que este laborando para una empresa no podrá ser separada de sus labores por le echo sino que tendrá descanso antes y después del parto y su salario será no podrá ser dejado de percibir de igual forma conservara su empleo, en caso de que un trabajador sufra un accidente de trabajo en las instalaciones de donde se desempeñe el patrono incurrirá en los gastos médicos y por razones adversas el quede imposibilitado de realizar sus actividades o con impedimentos físicos el patrono tendrá queda obligado a indemnizare y pensionar al trabajador.
No serán causas o atenuantes para despedir al trabajador en caso de que este quiera realizar asociaciones sindicales o cualquier otra de índole social, cuando el trabajador sea despedido de manera injustificada nadie puede cohibirlo de que pueda acudir a los tribunales para que pueda interponer una demanda para la restitución de su cargo y los salarios y demás colaterales que dejo durante su suspensión de percibir, las resoluciones favorables al trabajador dictadas por los jueces son de carácter obligatorio y el empleado que se restituya lo hará en iguales condiciones que las que anterior mente tenia, las empresas
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